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Cámara de Diputado
HASTA CINCO AÑOS DE CÁRCEL PARA QUIENES HURTEN CABLES ELÉCTRICOS O CAÑERÍAS DE SUMINISTROS BÁSICOS
24-10-2007 - 07:50:00

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La iniciativa que modifica el Código Penal estableciendo penas de presidio menor para quienes sustraigan esos elementos, quedó en condiciones de ser analizada y votada en la Sala.

Entre 541 días y 5 años de cárcel podrían arriesgar quienes hurten tapas de alcantarillado o elementos que formen parte de las redes de suministros básicos, según lo establece el proyecto, en segundo trámite, que modifica el Código Penal en lo relativo a los delitos relacionados con el hurto agravado y receptación de cables de cobre y metales del mobiliario urbano.

La iniciativa, originada en dos mociones de diputados que fueron refundidas, fue aprobada por la Comisión de Constitución y quedó en condiciones de ser discutida y votada en la Sala del Senado.

En lo fundamental, propone penas de presidio entre 541 días y tres años, y desde tres años y un día a 5 años, para quienes se apropien de elementos constitutivos de redes de servicios de suministro público o domiciliario, tales como electricidad, gas, agua, alcantarillado, telefonía o cualquier otro.

Con esas mismas penas se castigará el hurto de cosas de propiedad pública o privada, cuando éstas se encuentren en bienes nacionales de uso público o en sitios no destinados a la habitación, si el autor hace uso de llaves falsas, ganzúas o si se procede mediante fractura de vidrios, cierros, candados u otros dispositivos de protección.

Además, si a raíz del hurto de tales elementos se produce la interrupción o interferencia del servicio, la pena se aplicará en su grado máximo, es decir desde los 3 años y un día a los 5 años.

CÓMPLICES

Pero el proyecto no sólo busca sancionar a quienes se apropien de tales elementos, sino que también a quienes los reciben y reducen para su posterior venta.

Por ello, también se aplicarán las penas de presidio menor en su grado medio a máximo a aquellas personas que conociendo el origen de los elementos robados o no pudiendo menos que conocerlo, transporten cualquiera de las especies sustraídas.

La iniciativa establece que se decomisarán los instrumentos, herramientas o medios empleados para cometer el hurto, y si éstos se encuentran almacenados en algún establecimiento de comercio con conocimiento del dueño o administrador, se podrá decretar, además, su clausura definitiva.

Las empresas se suministro público o domiciliario, tales como de electricidad, gas, agua, alcantarillado, telefonía o cualquier otro deberán reponer el servicio al usuario y no podrán cobrar el suministro del respectivo servicio, mientras éste se halle interrumpido por razón de la comisión de este tipo de delitos.

Departamento de Prensa






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