La Asociación de Aseguradores de Chile (AACH) informó hoy que las compañías de seguros quedaron habilitadas para volver a comercializar el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), luego de que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) depositara la nueva póliza del seguro y esta fuera publicada en el Diario Oficial, completando así el procedimiento administrativo exigido por la ley para su entrada en vigencia, permitiendo restablecer la venta del seguro obligatorio y dar continuidad a la protección de las personas Cabe recordar que la venta del SOAP debió suspenderse de manera transitoria tras la publicación, el sábado 7 de febrero, de la Ley Jacinta, que introdujo modificaciones al seguro, entre ellas el aumento de los montos de las indemnizaciones. Mientras no se completó el procedimiento administrativo requerido para adecuar la póliza a las nuevas exigencias legales, las compañías se encontraban legalmente impedidas de comercializar el seguro, al no contar con la autorización oficial correspondiente. Desde la Asociación de Aseguradores señalaron que las compañías estarían en condiciones de retomar la venta del seguro desde el 9 de febrero bajo las nuevas condiciones y coberturas establecidas por la Ley Jacinta. Precisaron, además, en línea con lo que públicamente ha señalado la Comisión para el Mercado Financiero, que las pólizas contratadas con anterioridad mantienen plena vigencia, con las coberturas y condiciones bajo las cuales fueron suscritas.
La Asociación de Aseguradores de Chile (AACh) anunció la suspensión temporal de la venta del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), el que es indispensable para obtener el Permiso de Circulación en el país. El gremio indicó que la medida se debe al inicio de la Ley Jacinta, que fue publicada ayer sábado en el Diario Oficial, por lo que las compañías no pueden vender el SOAP hasta que se complete el procedimiento administrativo exigido por el mandato legal para su entrada en vigencia. Esto, explicó la AACh, de debe a que aún se encuentra pendiente que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) deposite la nueva póliza de dicho seguro -con las modificaciones establecidas por la Ley Jacinta- en el Depósito de Pólizas y esta sea publicada en el Diario Oficial. La nueva ley introduce mejoras al seguro obligatorio, entre ellas el aumento de los montos de las indemnizaciones. Mientras este trámite no se complete, las compañías se encuentran legalmente impedidas de comercializar el seguro, ya que deben contar con la autorización oficial correspondiente, remarcó. El gremio añadió que la medida es de carácter transitorio, y están a la espera de que la autoridad complete este trámite para poder volver a comercializar el SOAP a la brevedad bajo las nuevas condiciones. Qué dice la ley sobre el SOAP La Ley Jacinta (Ley N° 21.797), publicada el sábado, modifica las condiciones del SOAP, obligando que sus pólizas sean uniformes y cumplan con las mejoras legales antes de su comercialización. Asimismo, introduce aumentos significativos en las coberturas obligatorias: Fallecimiento: sube de 300 UF (11 millones de pesos) a 600 UF (23 millones de pesos). Incapacidad permanente total: sube de 300 UF (11 millones) a 600 UF (23 millones). Incapacidad permanente parcial: sube de 200 UF (7 millones) a 400 UF (15 millones). Gastos médicos y rehabilitación: sube de 300 UF (11 millones) a 600 UF (23 millones). Asimismo, la nueva ley reduce el plazo de pago de indemnizaciones por fallecimiento de 10 a 7 días hábiles, agilizando el apoyo a familias afectadas. FUENTE: Cooperativa.cl
La Asociación de Aseguradores de Chile (AACH) informó hoy que las compañías de seguros han debido suspender temporalmente la venta del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) desde ayer y hasta que se complete el procedimiento administrativo exigido por el mandato legal para su entrada en vigencia, dado que aún se encuentra pendiente que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) deposite la nueva póliza de dicho seguro-con las modificaciones establecidas por la Ley Jacinta- en el Depósito de Pólizas y esta sea publicada en el Diario Oficial. La situación se produce luego de la publicación, el sábado 7 de febrero, de la Ley N°21.797, conocida como Ley Jacinta, que introduce mejoras al SOAP, como el aumento de los montos de las indemnizaciones. Mientras este trámite no se complete, las compañías se encuentran legalmente impedidas de comercializar el seguro, ya que deben contar con la autorización oficial correspondiente. Desde la Asociación de Aseguradores señalaron que las compañías aseguradoras lamentan esta situación, que es de carácter transitorio, y están a la espera de que la autoridad complete este trámite para poder volver a comercializar el SOAP a la brevedad bajo las nuevas condiciones.
La Asociación de Aseguradores de Chile (AACH) informó hoy que las compañías de seguros quedaron habilitadas para volver a comercializar el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), luego de que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) depositara la nueva póliza del seguro y esta fuera publicada en el Diario Oficial, completando así el procedimiento administrativo exigido por la ley para su entrada en vigencia, permitiendo restablecer la venta del seguro obligatorio y dar continuidad a la protección de las personas Cabe recordar que la venta del SOAP debió suspenderse de manera transitoria tras la publicación, el sábado 7 de febrero, de la Ley Jacinta, que introdujo modificaciones al seguro, entre ellas el aumento de los montos de las indemnizaciones. Mientras no se completó el procedimiento administrativo requerido para adecuar la póliza a las nuevas exigencias legales, las compañías se encontraban legalmente impedidas de comercializar el seguro, al no contar con la autorización oficial correspondiente. Desde la Asociación de Aseguradores señalaron que las compañías estarían en condiciones de retomar la venta del seguro desde el 9 de febrero bajo las nuevas condiciones y coberturas establecidas por la Ley Jacinta. Precisaron, además, en línea con lo que públicamente ha señalado la Comisión para el Mercado Financiero, que las pólizas contratadas con anterioridad mantienen plena vigencia, con las coberturas y condiciones bajo las cuales fueron suscritas.
La Asociación de Aseguradores de Chile (AACh) anunció la suspensión temporal de la venta del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), el que es indispensable para obtener el Permiso de Circulación en el país. El gremio indicó que la medida se debe al inicio de la Ley Jacinta, que fue publicada ayer sábado en el Diario Oficial, por lo que las compañías no pueden vender el SOAP hasta que se complete el procedimiento administrativo exigido por el mandato legal para su entrada en vigencia. Esto, explicó la AACh, de debe a que aún se encuentra pendiente que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) deposite la nueva póliza de dicho seguro -con las modificaciones establecidas por la Ley Jacinta- en el Depósito de Pólizas y esta sea publicada en el Diario Oficial. La nueva ley introduce mejoras al seguro obligatorio, entre ellas el aumento de los montos de las indemnizaciones. Mientras este trámite no se complete, las compañías se encuentran legalmente impedidas de comercializar el seguro, ya que deben contar con la autorización oficial correspondiente, remarcó. El gremio añadió que la medida es de carácter transitorio, y están a la espera de que la autoridad complete este trámite para poder volver a comercializar el SOAP a la brevedad bajo las nuevas condiciones. Qué dice la ley sobre el SOAP La Ley Jacinta (Ley N° 21.797), publicada el sábado, modifica las condiciones del SOAP, obligando que sus pólizas sean uniformes y cumplan con las mejoras legales antes de su comercialización. Asimismo, introduce aumentos significativos en las coberturas obligatorias: Fallecimiento: sube de 300 UF (11 millones de pesos) a 600 UF (23 millones de pesos). Incapacidad permanente total: sube de 300 UF (11 millones) a 600 UF (23 millones). Incapacidad permanente parcial: sube de 200 UF (7 millones) a 400 UF (15 millones). Gastos médicos y rehabilitación: sube de 300 UF (11 millones) a 600 UF (23 millones). Asimismo, la nueva ley reduce el plazo de pago de indemnizaciones por fallecimiento de 10 a 7 días hábiles, agilizando el apoyo a familias afectadas. FUENTE: Cooperativa.cl
La Asociación de Aseguradores de Chile (AACH) informó hoy que las compañías de seguros han debido suspender temporalmente la venta del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) desde ayer y hasta que se complete el procedimiento administrativo exigido por el mandato legal para su entrada en vigencia, dado que aún se encuentra pendiente que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) deposite la nueva póliza de dicho seguro-con las modificaciones establecidas por la Ley Jacinta- en el Depósito de Pólizas y esta sea publicada en el Diario Oficial. La situación se produce luego de la publicación, el sábado 7 de febrero, de la Ley N°21.797, conocida como Ley Jacinta, que introduce mejoras al SOAP, como el aumento de los montos de las indemnizaciones. Mientras este trámite no se complete, las compañías se encuentran legalmente impedidas de comercializar el seguro, ya que deben contar con la autorización oficial correspondiente. Desde la Asociación de Aseguradores señalaron que las compañías aseguradoras lamentan esta situación, que es de carácter transitorio, y están a la espera de que la autoridad complete este trámite para poder volver a comercializar el SOAP a la brevedad bajo las nuevas condiciones.