La Mesa del Senado expresó sus condolencias a Carabineros de Chile por el fallecimiento del cabo primero Marcos Javier Cosme Barquero, funcionario del Grupo de Operaciones Policiales Especiales (GOPE) de La Araucanía, quien murió tras permanecer internado en estado crítico en el Hospital Base de Valdivia luego de resultar gravemente herido durante un procedimiento policial. En una declaración pública, la Mesa del Senado destacó que el funcionario participaba en un operativo destinado a detener a uno de los imputados por el homicidio del suboficial mayor Eugenio Naín Caniumil, ocurrido en 2020, labor que, según indicó, desarrolló con vocación de servicio y compromiso con la seguridad de la ciudadanía. La instancia legislativa extendió sus condolencias a la familia del cabo primero, a sus seres queridos, compañeros de trabajo y a toda la institución de Carabineros de Chile, manifestando su solidaridad ante la pérdida del funcionario. Asimismo, la Mesa del Senado reiteró su condena a los actos de violencia contra quienes desempeñan labores de resguardo del orden público y la seguridad, reafirmando su compromiso con el Estado de Derecho y la búsqueda de la justicia.
El Gobierno decretó este sábado tres días de duelo nacional por el fallecimiento del cabo primero de Carabineros Marcos Javier Cosme Barquero, quien murió tras permanecer hospitalizado en el Hospital Base de Valdivia debido a la gravedad de las heridas sufridas durante un procedimiento policial. El funcionario había resultado gravemente herido por un impacto balístico en el rostro mientras participaba en un operativo para dar cumplimiento a una orden judicial vinculada a la investigación por el homicidio del suboficial mayor Eugenio Naín Caniumil, ocurrido en octubre de 2020. El procedimiento permitió la detención de un imputado conocido como El Rana, sindicado como presunto autor del homicidio del suboficial mayor Naín. Tras permanecer internado desde el miércoles, el cabo primero falleció este sábado producto de la gravedad de sus lesiones. Con el decreto de duelo nacional, el Ejecutivo dispuso tres días de homenaje oficial en memoria del funcionario de Carabineros, quien perdió la vida mientras participaba en un procedimiento policial.
Carabineros de Chile informó el fallecimiento del cabo primero Marcos Javier Cosme Barquero, de 32 años, quien resultó gravemente herido mientras participaba en el cumplimiento de una orden judicial en el marco de la investigación por el homicidio del suboficial mayor Eugenio Naín Caniumil. La institución expresó sus condolencias a la familia, amigos y compañeros del funcionario. Según detalló Carabineros, Cosme Barquero ingresó a la institución el 16 de enero de 2013 y acumulaba 13 años y cinco meses de servicio. Tras egresar del Grupo de Formación Valdivia, fue destinado al Retén Pampa Alegre, dependiente de la Tercera Comisaría de Osorno. En 2019 se especializó en el Grupo de Operaciones Policiales Especiales (GOPE) y, al año siguiente, fue destinado al GOPE Araucanía, unidad en la que permanecía hasta su fallecimiento. La institución destacó que el cabo primero registraba diez felicitaciones en su hoja de vida, entre ellas por su participación en la captura de los responsables del homicidio de los denominados Héroes de Arauco, además de rescates en alta montaña y en ríos, y por representar a Carabineros en competencias de triatlón. Carabineros informó además que el funcionario era casado con una integrante de la institución y señaló que su fallecimiento enluta a la policía uniformada. En su declaración pública, la institución destacó que Marcos Javier Cosme Barquero perdió la vida en cumplimiento del deber durante un procedimiento policial.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó de manera unánime el recurso de protección presentado por el Sargento Primero Jaime Huichalaf en contra del Ejército de Chile. La acción judicial buscaba dejar sin efecto la resolución que ordenó su llamado a retiro temporal de la institución bajo la causal de “necesidades del servicio”. Esta desvinculación se da en el marco de la investigación por la trágica muerte del cabo segundo Carlos Palacios Muñoz, ocurrida durante una serie de ejercicios al interior del regimiento en la región de Magallanes. El fatal ejercicio y la defensa institucional El trágico incidente que originó esta medida administrativa ocurrió el pasado miércoles, cuando el cabo Palacios, de 27 años, falleció por asfixia por sumersión tras no poder ser rescatado desde una laguna en el recinto militar. Por estos hechos, el sargento recurrente se encuentra sometido a proceso por la Fiscalía Militar por los presuntos delitos de cuasidelito de homicidio y desobediencia impropia, existiendo además una querella en la justicia ordinaria. Frente al recurso presentado por la defensa del suboficial —que acusaba una “sanción anticipada” que vulneraba su presunción de inocencia—, el Ejército argumentó que la decisión de apartarlo se basó en salvaguardar la imagen institucional y la moral de la tropa. Según la institución, el sargento se ofreció voluntariamente para realizar pruebas no autorizadas por el mando, lo que evidenció una falta de disciplina no tolerada. Además, el caso adquirió rápida notoriedad nacional, sumado a las revelaciones de mensajes previos donde la víctima advertía a su familia que el ambiente no era bueno y que lo estaban tratando mal. Medida administrativa y no un castigo anticipado En su fallo, la Primera Sala del tribunal de alzada magallánico determinó que no existió vulneración a los derechos constitucionales del sargento. La Corte concluyó que el llamado a retiro temporal es una medida administrativa de carácter discrecional que la autoridad ejerce cuando la permanencia de un funcionario se considera perjudicial para el servicio. Los magistrados fueron enfáticos en aclarar que esta decisión no es homologable a una sanción disciplinaria ni penal. Por el contrario, se trata de una medida independiente orientada a proteger el funcionamiento de la institución castrense mientras se aclaran las responsabilidades, determinando que la conducta del involucrado constituyó una desobediencia a principios y valores éticos y morales exigibles en la carrera militar. Al estar debidamente fundamentada en los hechos investigados, la Corte descartó que la resolución haya sido ilegal o arbitraria. Fuente: adnradio.cl
Este viernes, el Juzgado de Garantía de Punta Arenas determinó que la investigación de la muerte del cabo del Ejército Carlos Palacios sea investigada por el Ministerio Público y no por la Fiscalía Militar. Actualmente, los sargentos Leonardo Vallejo y Jaime Huichalaf, el capitán Felipe Oliva y el alférez Alexis Farias están siendo investigados por cuasidelito de homicidio. Aunque en un principio fueron dejados los tres primeros en prisión preventiva, en abril fueron dejados en libertad con firma mensual mientras continúa la investigación Durante la audiencia, tanto la defensa del capitán Felipe Oliva, el Instituto Nacional de Derechos Humanos, la Fiscalía y la representación de la madre del cabo fallecido habrían argumentado que el caso sea investigado por el Ministerio Público y no la Fiscalía Militar. Según señaló la defensa de Silva, la situación en la que habría fallecido Palacios no habría sido por una instrucción expresa de alguna institución del Ejército, sino que fue finalmente una orden directa de los sargentos involucrados en la investigación. Así, argumentaron que la investigación por la Fiscalía Militar se justificaría si el hecho hubiera ocurrido durante una actividad directa del Ejército. Por su parte, el INDH argumentó que “ la justicia militar tiene un carácter excepcionalísimo y, por lo tanto, solo los casos que afecten bienes jurídicos de carácter militar, por ejemplo, la seguridad nacional, serían hechos que deben ser conocidos por la justicia militar, pero no así hechos que son delitos comunes o delitos que debieran estar en esta jurisdicción, como es un cuasi-delito de homicidio”. Con ello, la magistrada Mónica Mansilla determinó que “ la competencia que se ha arrogado la Fiscalía Militar excede el Artículo 3 del Código de Justicia Militar. En ese sentido, corresponde que este asunto, este hecho, sea investigado por la Fiscalía Local. En ese sentido, que supervigile el transcurso de esta investigación este juzgado de garantía”. “En razón de lo anterior, y teniendo presente lo dispuesto en las normas citadas, se declara que este tribunal es el competente para conocer de la causa que se sigue en contra de los imputados Felipe Oliva Osorio, Leonardo Vallejos González y Alexis Ángel Farias ”, añadió. Para finalizar: “ Se solicita a la Fiscalía Militar de Punta Arenas que se inhiba de continuar conociendo de la presente investigación y sean remitidos todos los antecedentes recabados a la Fiscalía Local de Punta Arenas ”. En caso que la Fiscalía Militar insista en su competencia, los antecedentes los deberá discutir en la Corte Suprema, para así resolver la contienda de competencia de tribunales. El caso investigado La muerte de Palacios, un cabo segundo del Ejército perteneciente a la Cuarta Brigada Acorazada “Chorrillos”, se produjo el pasado 4 de marzo en Punta Arenas. De manera preliminar, el hecho se habría producido durante el desarrollo de un entrenamiento militar en preparación para un curso militar en Santiago. Aparentemente, dos de los sargentos hicieron al joven de 25 años realizar una prueba de nado de 200 metros en el sector de La Laguna, al interior de dependencias de la Cuarta Brigada Acorazada “Chorrillos”. Aunque en un principio habría concretado adecuadamente la prueba, posteriormente tuvo que repetir la acción con su tenida de combate y un fusil. En esta circunstancia habría tenido dificultades para avanzar, hasta que finalmente se perdió en el cauce de las aguas. Habría fallecido de asfixia por sumersión. Tras conocerse la situación, la Fiscalía Militar detuvo al sargento Leonardo Vallejos y al capitán Felipe Oliva en el contexto de esta investigación. Posteriormente también capturó al sargento Jaime Huichalaf. Posteriormente, la representación de la madre del cabo fallecido también se querelló contra el alférez Alexis Ángel Farias. Fuente: latercera.com
La Mesa del Senado expresó sus condolencias a Carabineros de Chile por el fallecimiento del cabo primero Marcos Javier Cosme Barquero, funcionario del Grupo de Operaciones Policiales Especiales (GOPE) de La Araucanía, quien murió tras permanecer internado en estado crítico en el Hospital Base de Valdivia luego de resultar gravemente herido durante un procedimiento policial. En una declaración pública, la Mesa del Senado destacó que el funcionario participaba en un operativo destinado a detener a uno de los imputados por el homicidio del suboficial mayor Eugenio Naín Caniumil, ocurrido en 2020, labor que, según indicó, desarrolló con vocación de servicio y compromiso con la seguridad de la ciudadanía. La instancia legislativa extendió sus condolencias a la familia del cabo primero, a sus seres queridos, compañeros de trabajo y a toda la institución de Carabineros de Chile, manifestando su solidaridad ante la pérdida del funcionario. Asimismo, la Mesa del Senado reiteró su condena a los actos de violencia contra quienes desempeñan labores de resguardo del orden público y la seguridad, reafirmando su compromiso con el Estado de Derecho y la búsqueda de la justicia.
El Gobierno decretó este sábado tres días de duelo nacional por el fallecimiento del cabo primero de Carabineros Marcos Javier Cosme Barquero, quien murió tras permanecer hospitalizado en el Hospital Base de Valdivia debido a la gravedad de las heridas sufridas durante un procedimiento policial. El funcionario había resultado gravemente herido por un impacto balístico en el rostro mientras participaba en un operativo para dar cumplimiento a una orden judicial vinculada a la investigación por el homicidio del suboficial mayor Eugenio Naín Caniumil, ocurrido en octubre de 2020. El procedimiento permitió la detención de un imputado conocido como El Rana, sindicado como presunto autor del homicidio del suboficial mayor Naín. Tras permanecer internado desde el miércoles, el cabo primero falleció este sábado producto de la gravedad de sus lesiones. Con el decreto de duelo nacional, el Ejecutivo dispuso tres días de homenaje oficial en memoria del funcionario de Carabineros, quien perdió la vida mientras participaba en un procedimiento policial.
Carabineros de Chile informó el fallecimiento del cabo primero Marcos Javier Cosme Barquero, de 32 años, quien resultó gravemente herido mientras participaba en el cumplimiento de una orden judicial en el marco de la investigación por el homicidio del suboficial mayor Eugenio Naín Caniumil. La institución expresó sus condolencias a la familia, amigos y compañeros del funcionario. Según detalló Carabineros, Cosme Barquero ingresó a la institución el 16 de enero de 2013 y acumulaba 13 años y cinco meses de servicio. Tras egresar del Grupo de Formación Valdivia, fue destinado al Retén Pampa Alegre, dependiente de la Tercera Comisaría de Osorno. En 2019 se especializó en el Grupo de Operaciones Policiales Especiales (GOPE) y, al año siguiente, fue destinado al GOPE Araucanía, unidad en la que permanecía hasta su fallecimiento. La institución destacó que el cabo primero registraba diez felicitaciones en su hoja de vida, entre ellas por su participación en la captura de los responsables del homicidio de los denominados Héroes de Arauco, además de rescates en alta montaña y en ríos, y por representar a Carabineros en competencias de triatlón. Carabineros informó además que el funcionario era casado con una integrante de la institución y señaló que su fallecimiento enluta a la policía uniformada. En su declaración pública, la institución destacó que Marcos Javier Cosme Barquero perdió la vida en cumplimiento del deber durante un procedimiento policial.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó de manera unánime el recurso de protección presentado por el Sargento Primero Jaime Huichalaf en contra del Ejército de Chile. La acción judicial buscaba dejar sin efecto la resolución que ordenó su llamado a retiro temporal de la institución bajo la causal de “necesidades del servicio”. Esta desvinculación se da en el marco de la investigación por la trágica muerte del cabo segundo Carlos Palacios Muñoz, ocurrida durante una serie de ejercicios al interior del regimiento en la región de Magallanes. El fatal ejercicio y la defensa institucional El trágico incidente que originó esta medida administrativa ocurrió el pasado miércoles, cuando el cabo Palacios, de 27 años, falleció por asfixia por sumersión tras no poder ser rescatado desde una laguna en el recinto militar. Por estos hechos, el sargento recurrente se encuentra sometido a proceso por la Fiscalía Militar por los presuntos delitos de cuasidelito de homicidio y desobediencia impropia, existiendo además una querella en la justicia ordinaria. Frente al recurso presentado por la defensa del suboficial —que acusaba una “sanción anticipada” que vulneraba su presunción de inocencia—, el Ejército argumentó que la decisión de apartarlo se basó en salvaguardar la imagen institucional y la moral de la tropa. Según la institución, el sargento se ofreció voluntariamente para realizar pruebas no autorizadas por el mando, lo que evidenció una falta de disciplina no tolerada. Además, el caso adquirió rápida notoriedad nacional, sumado a las revelaciones de mensajes previos donde la víctima advertía a su familia que el ambiente no era bueno y que lo estaban tratando mal. Medida administrativa y no un castigo anticipado En su fallo, la Primera Sala del tribunal de alzada magallánico determinó que no existió vulneración a los derechos constitucionales del sargento. La Corte concluyó que el llamado a retiro temporal es una medida administrativa de carácter discrecional que la autoridad ejerce cuando la permanencia de un funcionario se considera perjudicial para el servicio. Los magistrados fueron enfáticos en aclarar que esta decisión no es homologable a una sanción disciplinaria ni penal. Por el contrario, se trata de una medida independiente orientada a proteger el funcionamiento de la institución castrense mientras se aclaran las responsabilidades, determinando que la conducta del involucrado constituyó una desobediencia a principios y valores éticos y morales exigibles en la carrera militar. Al estar debidamente fundamentada en los hechos investigados, la Corte descartó que la resolución haya sido ilegal o arbitraria. Fuente: adnradio.cl
Este viernes, el Juzgado de Garantía de Punta Arenas determinó que la investigación de la muerte del cabo del Ejército Carlos Palacios sea investigada por el Ministerio Público y no por la Fiscalía Militar. Actualmente, los sargentos Leonardo Vallejo y Jaime Huichalaf, el capitán Felipe Oliva y el alférez Alexis Farias están siendo investigados por cuasidelito de homicidio. Aunque en un principio fueron dejados los tres primeros en prisión preventiva, en abril fueron dejados en libertad con firma mensual mientras continúa la investigación Durante la audiencia, tanto la defensa del capitán Felipe Oliva, el Instituto Nacional de Derechos Humanos, la Fiscalía y la representación de la madre del cabo fallecido habrían argumentado que el caso sea investigado por el Ministerio Público y no la Fiscalía Militar. Según señaló la defensa de Silva, la situación en la que habría fallecido Palacios no habría sido por una instrucción expresa de alguna institución del Ejército, sino que fue finalmente una orden directa de los sargentos involucrados en la investigación. Así, argumentaron que la investigación por la Fiscalía Militar se justificaría si el hecho hubiera ocurrido durante una actividad directa del Ejército. Por su parte, el INDH argumentó que “ la justicia militar tiene un carácter excepcionalísimo y, por lo tanto, solo los casos que afecten bienes jurídicos de carácter militar, por ejemplo, la seguridad nacional, serían hechos que deben ser conocidos por la justicia militar, pero no así hechos que son delitos comunes o delitos que debieran estar en esta jurisdicción, como es un cuasi-delito de homicidio”. Con ello, la magistrada Mónica Mansilla determinó que “ la competencia que se ha arrogado la Fiscalía Militar excede el Artículo 3 del Código de Justicia Militar. En ese sentido, corresponde que este asunto, este hecho, sea investigado por la Fiscalía Local. En ese sentido, que supervigile el transcurso de esta investigación este juzgado de garantía”. “En razón de lo anterior, y teniendo presente lo dispuesto en las normas citadas, se declara que este tribunal es el competente para conocer de la causa que se sigue en contra de los imputados Felipe Oliva Osorio, Leonardo Vallejos González y Alexis Ángel Farias ”, añadió. Para finalizar: “ Se solicita a la Fiscalía Militar de Punta Arenas que se inhiba de continuar conociendo de la presente investigación y sean remitidos todos los antecedentes recabados a la Fiscalía Local de Punta Arenas ”. En caso que la Fiscalía Militar insista en su competencia, los antecedentes los deberá discutir en la Corte Suprema, para así resolver la contienda de competencia de tribunales. El caso investigado La muerte de Palacios, un cabo segundo del Ejército perteneciente a la Cuarta Brigada Acorazada “Chorrillos”, se produjo el pasado 4 de marzo en Punta Arenas. De manera preliminar, el hecho se habría producido durante el desarrollo de un entrenamiento militar en preparación para un curso militar en Santiago. Aparentemente, dos de los sargentos hicieron al joven de 25 años realizar una prueba de nado de 200 metros en el sector de La Laguna, al interior de dependencias de la Cuarta Brigada Acorazada “Chorrillos”. Aunque en un principio habría concretado adecuadamente la prueba, posteriormente tuvo que repetir la acción con su tenida de combate y un fusil. En esta circunstancia habría tenido dificultades para avanzar, hasta que finalmente se perdió en el cauce de las aguas. Habría fallecido de asfixia por sumersión. Tras conocerse la situación, la Fiscalía Militar detuvo al sargento Leonardo Vallejos y al capitán Felipe Oliva en el contexto de esta investigación. Posteriormente también capturó al sargento Jaime Huichalaf. Posteriormente, la representación de la madre del cabo fallecido también se querelló contra el alférez Alexis Ángel Farias. Fuente: latercera.com