El procedimiento se registró alrededor de las 21:45 horas, cuando funcionarios policiales detectaron un automóvil Mazda Demio de color blanco que transitaba con una de sus ruedas dañadas y cuyo conductor no respetó la luz roja de un semáforo en la intersección de avenida Eduardo Frei Montalva con calle Enrique Abello, poniendo en riesgo la seguridad de otros usuarios de la vía. Ante la infracción y el peligro generado, Carabineros inició un seguimiento que culminó con la fiscalización del vehículo en la intersección de avenida Eduardo Frei Montalva con calle Lomas del Bosque. Durante el control, los efectivos realizaron una revisión del automóvil, encontrando en el portamaletas una bolsa de color blanco que contenía una sustancia vegetal verde con características similares a la marihuana. Como resultado del procedimiento, el conductor fue detenido y trasladado hasta la Primera Comisaría de Punta Arenas para la realización de las diligencias investigativas correspondientes. Posteriormente, el análisis efectuado por personal especializado confirmó que la sustancia incautada correspondía a marihuana, alcanzando un peso total de 119 gramos. El detenido quedó a disposición de los procedimientos que determine el Ministerio Público, mientras la droga fue remitida para su respectivo peritaje e incautación.
La madrugada de este viernes, detectives de la Brigada de Homicidios de Punta Arenas concurrieron a un procedimiento por el hallazgo del cuerpo de un hombre de 66 años, por instrucción del fiscal de turno. El hecho quedó al descubierto luego de que equipos de emergencia acudieran a un sector residencial de la capital regional. De acuerdo con los antecedentes entregados por la Policía de Investigaciones, el examen externo realizado por el médico criminalista no evidenció lesiones atribuibles a la participación de terceras personas. Asimismo, se estimó una data de muerte aproximada de entre cuatro y cinco horas. Las diligencias permitieron establecer que la víctima se desempeñaba como conductor de taxi colectivo y que, al momento de los hechos, se encontraba trasladando a una pasajera. Según la investigación, durante el recorrido se desvió hasta el pasaje Retiro, donde manifestó sentirse mal de salud. En ese contexto, el conductor habría entregado su teléfono celular a la pasajera para que contactara a sus familiares. Ante la falta de respuesta inmediata, se solicitó la presencia del SAMU, cuyos funcionarios realizaron maniobras de reanimación, las que no lograron revertir la emergencia, constatándose posteriormente su fallecimiento. La PDI informó que, de manera preliminar, la muerte podría estar asociada a un evento cardiovascular. No obstante, la causa exacta será determinada por el Servicio Médico Legal mediante la autopsia de rigor.
En resolución unánime (causa rol 171-2026), la Primera Sala de la Corte de Apelaciones -integrada por los ministros Marcos Kusanovic, Claudio Jara y la abogada integrante Sintia Orellana- revocó la resolución del Juzgado de Garantía de Punta Arenas, que había modificado la medida cautelar de prisión preventiva por la de arresto domiciliario de Franco Andrés Millar Mora, y en su lugar mantuvo la medida cautelar privativa de libertad del imputado. El fallo de la Corte de Apelaciones consigna “Que el debate sometido a decisión se centra en determinar si concurren o no nuevos antecedentes, de aquellos considerados en la formalización y discusión inicial de medidas cautelares que permitan entender que se ha producido en la especie una efectiva variación de las circunstancias tenidas en vista al momento de ser decretada, en este caso, la prisión preventiva del imputado tal como lo dispone el artículo 144 del Código Procesal Penal”. “Que -prosigue- en la especie, las circunstancias que se aluden precedentemente no han tenido variación. En efecto, atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo en especial consideración que para poder modificar una resolución que impone una medida cautelar se requiere de antecedentes nuevos que justifiquen en el juzgador un cambio en la apreciación que se tuvo de los elementos expuestos al momento de imponerla en relación a los requisitos que la ley exige para ello, carácter que no cumplen los antecedentes que sostiene la petición de la defensa, pues con ellos no es posible estimar que han variado las circunstancias que justifiquen la existencia del delito por el cual se encuentra formalizado el encartado, como tampoco la fundada presunción de participación atribuida al imputado y, menos aún, la necesidad de cautela que en su oportunidad justificó la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva, tal como fue sostenido por esta Corte en las causas rol de ingreso N°7-2026 y N°83-2026 penal”. “Fundamentos por los cuales, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140 y 358 del ya citado Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de veintinueve de mayo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, en cuanto por ella se dejó sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva impuesta al imputado Franco Andrés Millar Mora, y en su lugar, se decide que se rechaza la referida solicitud de la defensa manteniéndose la prisión preventiva del imputado por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Franco Andrés Millar Mora, y en su lugar, se decide que se rechaza la referida solicitud de la defensa manteniéndose la prisión preventiva del imputado por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”, concluye. Hechos Según el Ministerio Público, pasadas las 23 horas del martes 30 de diciembre de 2025, Millar Mora condujo un vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol por calle Manantiales de Punta Arenas y, al llegar a la intersección con calle Esteban Capkovic, a gran velocidad, arrolló a la víctima, causándole lesiones graves que, posteriormente, le ocasionaron la muerte en el Hospital Regional Lautaro Navarro Avaría. Sometido al examen de alcoholemia, arrojó un resultado de 0,52 gramos de alcohol por litro de sangre y, además, el imputado no portaba licencia de conducir.
Dos personas fueron detenidas durante la madrugada de este viernes 8 de mayo en Puerto Natales, luego de un procedimiento realizado por personal de la sección Centauro de Carabineros en el marco de servicios de fiscalización y control vehicular. El hecho ocurrió pasada la medianoche en la intersección de calle San Martín con Carlos Condell, donde funcionarios policiales controlaron un automóvil desde cuyo interior emanaba un fuerte olor a precursores químicos. Al efectuar una inspección al vehículo y a sus ocupantes, Carabineros encontró en poder del copiloto un bolso de mano que contenía diversas sustancias ilícitas distribuidas en bolsas de nylon, procediendo inmediatamente a su detención. Posteriormente, el conductor fue trasladado hasta la unidad policial para la realización de pruebas respiratorias y narcotest, las cuales arrojaron positivo al consumo de marihuana y cocaína, además de registrar 1.24 gramos de alcohol por litro de sangre. Tras las diligencias efectuadas por la SIP de la Segunda Comisaría de Puerto Natales, se logró incautar 23 gramos de marihuana, 2 gramos 700 miligramos de hongos tipo psilocibina y 3 gramos 300 miligramos de clorhidrato de cocaína. El copiloto, identificado con las iniciales J.A.O.G., de 25 años, fue detenido por el delito de microtráfico. En tanto, el conductor, identificado como J.A.D.S., de 22 años, fue detenido por conducción en estado de ebriedad y bajo sustancias psicotrópicas, además de conducir sin licencia y mantener toda la documentación del vehículo vencida.
Durante la tarde de este miércoles 22 de abril, Carabineros de la Patrulla Motorizada de la Sección Centauro de la Prefectura Magallanes intentó fiscalizar a un taxi colectivo en Punta Arenas, luego de detectar que su conductor manipulaba un teléfono celular mientras conducía. Al recibir la señal de detención, el individuo hizo caso omiso, realizando maniobras evasivas e incluso intentando impactar al personal policial, lo que dio inicio a un seguimiento controlado a distancia. Minutos más tarde, el sujeto fue interceptado en la intersección de calle Galvarino con José Victorino Lastarria, donde se comprobó que conducía sin licencia y con la revisión técnica vencida. Además, al verificar su identidad, el sistema arrojó dos órdenes de detención vigentes. Durante el procedimiento, Carabineros detectó un fuerte hálito alcohólico, por lo que el conductor fue trasladado a dependencias de la SIAT Magallanes, donde el examen respiratorio arrojó 0,86 gramos de alcohol por litro de sangre, configurando el delito de conducción en estado de ebriedad. Asimismo, el narcotest resultó positivo para cocaína. El detenido, identificado con las iniciales R.O.D.T., mantiene antecedentes penales por hechos similares. Por instrucción del Ministerio Público, pasará a control de detención este jueves 23 de abril.
El procedimiento se registró alrededor de las 21:45 horas, cuando funcionarios policiales detectaron un automóvil Mazda Demio de color blanco que transitaba con una de sus ruedas dañadas y cuyo conductor no respetó la luz roja de un semáforo en la intersección de avenida Eduardo Frei Montalva con calle Enrique Abello, poniendo en riesgo la seguridad de otros usuarios de la vía. Ante la infracción y el peligro generado, Carabineros inició un seguimiento que culminó con la fiscalización del vehículo en la intersección de avenida Eduardo Frei Montalva con calle Lomas del Bosque. Durante el control, los efectivos realizaron una revisión del automóvil, encontrando en el portamaletas una bolsa de color blanco que contenía una sustancia vegetal verde con características similares a la marihuana. Como resultado del procedimiento, el conductor fue detenido y trasladado hasta la Primera Comisaría de Punta Arenas para la realización de las diligencias investigativas correspondientes. Posteriormente, el análisis efectuado por personal especializado confirmó que la sustancia incautada correspondía a marihuana, alcanzando un peso total de 119 gramos. El detenido quedó a disposición de los procedimientos que determine el Ministerio Público, mientras la droga fue remitida para su respectivo peritaje e incautación.
La madrugada de este viernes, detectives de la Brigada de Homicidios de Punta Arenas concurrieron a un procedimiento por el hallazgo del cuerpo de un hombre de 66 años, por instrucción del fiscal de turno. El hecho quedó al descubierto luego de que equipos de emergencia acudieran a un sector residencial de la capital regional. De acuerdo con los antecedentes entregados por la Policía de Investigaciones, el examen externo realizado por el médico criminalista no evidenció lesiones atribuibles a la participación de terceras personas. Asimismo, se estimó una data de muerte aproximada de entre cuatro y cinco horas. Las diligencias permitieron establecer que la víctima se desempeñaba como conductor de taxi colectivo y que, al momento de los hechos, se encontraba trasladando a una pasajera. Según la investigación, durante el recorrido se desvió hasta el pasaje Retiro, donde manifestó sentirse mal de salud. En ese contexto, el conductor habría entregado su teléfono celular a la pasajera para que contactara a sus familiares. Ante la falta de respuesta inmediata, se solicitó la presencia del SAMU, cuyos funcionarios realizaron maniobras de reanimación, las que no lograron revertir la emergencia, constatándose posteriormente su fallecimiento. La PDI informó que, de manera preliminar, la muerte podría estar asociada a un evento cardiovascular. No obstante, la causa exacta será determinada por el Servicio Médico Legal mediante la autopsia de rigor.
En resolución unánime (causa rol 171-2026), la Primera Sala de la Corte de Apelaciones -integrada por los ministros Marcos Kusanovic, Claudio Jara y la abogada integrante Sintia Orellana- revocó la resolución del Juzgado de Garantía de Punta Arenas, que había modificado la medida cautelar de prisión preventiva por la de arresto domiciliario de Franco Andrés Millar Mora, y en su lugar mantuvo la medida cautelar privativa de libertad del imputado. El fallo de la Corte de Apelaciones consigna “Que el debate sometido a decisión se centra en determinar si concurren o no nuevos antecedentes, de aquellos considerados en la formalización y discusión inicial de medidas cautelares que permitan entender que se ha producido en la especie una efectiva variación de las circunstancias tenidas en vista al momento de ser decretada, en este caso, la prisión preventiva del imputado tal como lo dispone el artículo 144 del Código Procesal Penal”. “Que -prosigue- en la especie, las circunstancias que se aluden precedentemente no han tenido variación. En efecto, atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo en especial consideración que para poder modificar una resolución que impone una medida cautelar se requiere de antecedentes nuevos que justifiquen en el juzgador un cambio en la apreciación que se tuvo de los elementos expuestos al momento de imponerla en relación a los requisitos que la ley exige para ello, carácter que no cumplen los antecedentes que sostiene la petición de la defensa, pues con ellos no es posible estimar que han variado las circunstancias que justifiquen la existencia del delito por el cual se encuentra formalizado el encartado, como tampoco la fundada presunción de participación atribuida al imputado y, menos aún, la necesidad de cautela que en su oportunidad justificó la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva, tal como fue sostenido por esta Corte en las causas rol de ingreso N°7-2026 y N°83-2026 penal”. “Fundamentos por los cuales, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140 y 358 del ya citado Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de veintinueve de mayo de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, en cuanto por ella se dejó sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva impuesta al imputado Franco Andrés Millar Mora, y en su lugar, se decide que se rechaza la referida solicitud de la defensa manteniéndose la prisión preventiva del imputado por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Franco Andrés Millar Mora, y en su lugar, se decide que se rechaza la referida solicitud de la defensa manteniéndose la prisión preventiva del imputado por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”, concluye. Hechos Según el Ministerio Público, pasadas las 23 horas del martes 30 de diciembre de 2025, Millar Mora condujo un vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol por calle Manantiales de Punta Arenas y, al llegar a la intersección con calle Esteban Capkovic, a gran velocidad, arrolló a la víctima, causándole lesiones graves que, posteriormente, le ocasionaron la muerte en el Hospital Regional Lautaro Navarro Avaría. Sometido al examen de alcoholemia, arrojó un resultado de 0,52 gramos de alcohol por litro de sangre y, además, el imputado no portaba licencia de conducir.
Dos personas fueron detenidas durante la madrugada de este viernes 8 de mayo en Puerto Natales, luego de un procedimiento realizado por personal de la sección Centauro de Carabineros en el marco de servicios de fiscalización y control vehicular. El hecho ocurrió pasada la medianoche en la intersección de calle San Martín con Carlos Condell, donde funcionarios policiales controlaron un automóvil desde cuyo interior emanaba un fuerte olor a precursores químicos. Al efectuar una inspección al vehículo y a sus ocupantes, Carabineros encontró en poder del copiloto un bolso de mano que contenía diversas sustancias ilícitas distribuidas en bolsas de nylon, procediendo inmediatamente a su detención. Posteriormente, el conductor fue trasladado hasta la unidad policial para la realización de pruebas respiratorias y narcotest, las cuales arrojaron positivo al consumo de marihuana y cocaína, además de registrar 1.24 gramos de alcohol por litro de sangre. Tras las diligencias efectuadas por la SIP de la Segunda Comisaría de Puerto Natales, se logró incautar 23 gramos de marihuana, 2 gramos 700 miligramos de hongos tipo psilocibina y 3 gramos 300 miligramos de clorhidrato de cocaína. El copiloto, identificado con las iniciales J.A.O.G., de 25 años, fue detenido por el delito de microtráfico. En tanto, el conductor, identificado como J.A.D.S., de 22 años, fue detenido por conducción en estado de ebriedad y bajo sustancias psicotrópicas, además de conducir sin licencia y mantener toda la documentación del vehículo vencida.
Durante la tarde de este miércoles 22 de abril, Carabineros de la Patrulla Motorizada de la Sección Centauro de la Prefectura Magallanes intentó fiscalizar a un taxi colectivo en Punta Arenas, luego de detectar que su conductor manipulaba un teléfono celular mientras conducía. Al recibir la señal de detención, el individuo hizo caso omiso, realizando maniobras evasivas e incluso intentando impactar al personal policial, lo que dio inicio a un seguimiento controlado a distancia. Minutos más tarde, el sujeto fue interceptado en la intersección de calle Galvarino con José Victorino Lastarria, donde se comprobó que conducía sin licencia y con la revisión técnica vencida. Además, al verificar su identidad, el sistema arrojó dos órdenes de detención vigentes. Durante el procedimiento, Carabineros detectó un fuerte hálito alcohólico, por lo que el conductor fue trasladado a dependencias de la SIAT Magallanes, donde el examen respiratorio arrojó 0,86 gramos de alcohol por litro de sangre, configurando el delito de conducción en estado de ebriedad. Asimismo, el narcotest resultó positivo para cocaína. El detenido, identificado con las iniciales R.O.D.T., mantiene antecedentes penales por hechos similares. Por instrucción del Ministerio Público, pasará a control de detención este jueves 23 de abril.