Con el objetivo de coordinar aspectos logísticos y de seguridad para el correcto desarrollo de la actividad, la Corporación Municipal de Cultura, Turismo y Patrimonio realizó una mesa técnica de trabajo en el marco de la 34ª versión del Festival Costumbrista Chilote, tradicional encuentro cultural que se llevará a cabo los días 7 y 8 de febrero en Puerto Natales. En la instancia participaron la directiva de la Comunidad Jesús Nazareno, el Delegado Provincial Guillermo Ruiz, representantes de Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, funcionarios municipales y equipos de la Corporación, dando inicio a una planificación conjunta para el desarrollo del evento. El Director Ejecutivo de la Corporación, Jorge Vergara, destacó el carácter positivo de la coordinación interinstitucional y el enfoque preventivo del trabajo:Esta mesa técnica nos permitió dar inicio a un trabajo de planificación para esta 34ª versión del Festival Costumbrista Chilote. Pudimos coordinar todo lo que significa este evento, que convoca un gran marco de público, y esperamos que no sea la excepción. Queremos realizar este festival de la mejor manera, sobre todo en medidas de seguridad, para que podamos tener una fiesta familiar, señaló. Por su parte, el presidente de la Comunidad Jesús Nazareno, Juan Bautista Triviño Triviño, valoró el apoyo de las autoridades y extendió la invitación a la comunidad:Para mí la reunión fue buena, nos resultó bien porque tuvimos apoyo. Lo principal que queremos es el apoyo de las autoridades para poder celebrar nuestro Festival, que es el aniversario número 34. Invito a la comunidad de Puerto Natales para el 7 y 8 de febrero en nuestro recinto de calle Javiera Carrera 1487. Van a tener un buen show artístico, varios tipos de comida y una pampa bien grande para que puedan bailar y divertirse, indicó. El Festival Costumbrista Chilote es una de las actividades más significativas del calendario cultural de Puerto Natales, destacando por rescatar expresiones propias de la cultura chilota, como su gastronomía típica, música, danzas y tradiciones, reflejando el importante aporte histórico y cultural de la comunidad chilota al desarrollo de la ciudad y de la provincia de Última Esperanza. La Corporación Municipal de Cultura, Turismo y Patrimonio reiteró la invitación a la comunidad natalina y a visitantes a ser parte de esta nueva versión, una instancia que cada año convoca a familias, vecinos y turistas en torno a la identidad cultural y al patrimonio vivo de Puerto Natales.
En 2019, la Corporación Municipal de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales contrató a un supuesto ingeniero comercial que presentaba un título de la Universidad Católica del Norte, sede Coquimbo, el cual había sido otorgado en agosto de 2011. No obstante, tras una denuncia que ingresó a la Contraloría Regional de Magallanes, dicha persona habría presentado un título profesional falso. Así se señala tras una revisión de la Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, que reveló que dicho funcionario presentó una copia que figuraba como validada ante Notario Público dando fe “que la presente fotocopia es fiel al documento tenido a la vista, expedido en Punta Arenas, el 1 de diciembre de 2014”. No obstante, según la fiscalización, el funcionario denunciado no figuraría como titulado en dicha Casa de Estudios Superiores y, además, el título presentado correspondería a otra persona. También se constató que, al momento de la denuncia que derivó en la fiscalización CGR, se encontraba contratado en la Corporación Municipal de Cultura, Turismo y Patrimonio de la comuna de Puerto Natales. Por estas razones, la CGR remitió los antecedentes al Ministerio Público, para los fines que estime conveniente, atendiendo que dicha situación podría revestir carácter de delito. Igualmente, se instruyó a la Corporación Municipal de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales; a la Corporación Municipal de Cultura, Turismo y Patrimonio de Natales y a la alcaldesa, en su calidad de presidenta del Directorio de ambas corporaciones, a que informen respecto de si tomaron conocimiento de la eventual falsedad del título profesional de ingeniero comercial presentado por el denunciado, la data de aquello y las medidas adoptadas al respecto. Además, deberán informar particularmente si dicha situación fue denunciada al Ministerio Público y si se encuentran realizando algún proceso interno para efectos de indagar la eventual falta a la verdad que habría incurrido dicho trabajador. Fuente: radioagricultura.cl
El Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Natales acogió una demanda de cumplimiento de contrato colectivo interpuesta por asistentes de la educación en contra de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales (Cormunat), ordenando el pago de una indemnización convencional a todo evento por renuncia voluntaria y anticipada, conforme a lo pactado en una cláusula del contrato colectivo celebrado el 13 de septiembre de 2021. La sentencia tuvo por acreditado que la acción se funda en la exigibilidad de dicha cláusula, vigente entre las partes, y que el conflicto se enmarca en el proceso de traspaso del servicio educacional municipal al Servicio Local de Educación Pública (SLEP) Magallanes, ocurrido el 1 de enero de 2024, conforme a la Ley N° 21.040 y sus modificaciones. El tribunal analizó extensamente la normativa transitoria que regula la sucesión legal del sostenedor educacional y la oponibilidad de las condiciones laborales pactadas antes del traspaso. Los demandantes solicitaron poner término a sus contratos de trabajo y hacer efectiva la indemnización convencional por la totalidad de los años de servicio prestados para la demandada, sin tope de años ni de monto, calculada sobre la última remuneración vigente y reajustada hasta su pago. Sustentaron su pretensión en lo dispuesto en el artículo 3° transitorio de la Ley N° 21.109, argumentando que se trata de una obligación posterior al traspaso del sostenedor municipal al SLEP. La demandada alegó falta de legitimación pasiva, sosteniendo que la obligación correspondería al SLEP Magallanes, que compareció en calidad de tercero independiente. No obstante, la jueza rechazó dicha excepción, concluyendo que la Cormunat mantiene legitimación pasiva para responder por las indemnizaciones reclamadas, en atención a las normas legales aplicables y a la prueba rendida en el proceso. En su análisis, el tribunal tuvo especialmente en consideración un oficio del Ministerio de Educación de julio de 2025, así como la interpretación del artículo cuadragésimo segundo transitorio de la Ley N° 21.040, modificado por las leyes N° 21.152, 21.583 y 21.647. En particular, se destacó que las condiciones de trabajo pactadas con posterioridad al 1 de enero de 2021 y exigibles desde el traspaso no son oponibles al SLEP, debiendo ser pagadas por la municipalidad o corporación municipal respectiva mediante una planilla complementaria, con cargo a recursos deducidos del Fondo Común Municipal. La jueza estableció que la cláusula trigésimo cuarta del contrato colectivo constituye una promesa por hecho ajeno, regulada en el artículo 1450 del Código Civil, al haberse pactado una obligación condicionada a un traspaso futuro del sostenedor educacional, hecho cierto y conocido por las partes al momento de suscribir el instrumento colectivo. Asimismo, razonó que el SLEP, como institución de derecho público, no podía quedar obligado por un contrato que no celebró ni ratificó, y que cualquier pago de esa naturaleza requiere respaldo legal de iniciativa presidencial, conforme a los principios de legalidad y competencia consagrados en los artículos 6 y 7 de la Constitución. Con todo, el tribunal concluyó que corresponde a la Cormunat efectuar el pago de las indemnizaciones reclamadas a través del mecanismo de planilla complementaria previsto en la Ley N° 21.647, previa resolución exenta de la Dirección de Presupuestos que autorice el descuento de las remesas del Fondo Común Municipal de la Municipalidad de Natales. En la parte resolutiva, el juzgado declaró que los trabajadores demandantes tienen derecho a poner término a sus contratos por renuncia voluntaria y anticipada, y a percibir una indemnización convencional a todo evento por el total de los años de servicios efectivamente trabajados, sin tope de años ni de monto, calculada sobre su última remuneración vigente. Asimismo, ordenó que dicha indemnización se incremente por los años y montos que se devenguen durante la tramitación de la causa y hasta el pago íntegro y término efectivo de la relación laboral. En definitiva, el tribunal acogió la demanda, rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la demandada, sin costas. Vea sentencia Juzgado de Letras y Garantía de Natales RIT O-21-2022. Fuente: diarioconstitucional.cl
En el marco de una gestión municipal basada en la transparencia, la probidad y la responsabilidad institucional, la alcaldesa de Natales, Ana Mayorga, se trasladó a la ciudad de Punta Arenas para dar cumplimiento a un compromiso fundamental con la comunidad: poner a disposición de los organismos competentes todos los antecedentes vinculados a causas actualmente en investigación. Acompañada por los equipos jurídicos de la Municipalidad de Natales y de la Corporación Municipal de Natales (CORMUNAT), la alcaldesa concurrió al Consejo de Defensa del Estado, donde se realizó la entrega formal de información y documentación relevante, con el objetivo de contribuir activamente al esclarecimiento de los hechos y a la determinación de eventuales responsabilidades legales asociadas al uso indebido de recursos públicos en administraciones anteriores. Esta acción responde a una decisión clara de la actual administración municipal: colaborar sin reservas con las instituciones del Estado para que se investiguen y persigan las responsabilidades que correspondan, deslindando con total claridad la gestión vigente de hechos que han generado un grave perjuicio económico y una compleja carga financiera para la comuna. La alcaldesa Ana Mayorga señaló que cada recurso público mal utilizado representa oportunidades perdidas para los barrios, las familias y los servicios municipales, por lo que esta administración no será indiferente ni tolerante frente a situaciones que afecten el patrimonio de todos los natalinos y natalinas. Pese a los importantes desafíos derivados del escenario financiero heredado, el municipio ha asumido con decisión la tarea de ordenar y transparentar las cuentas públicas, con una mirada de futuro y un firme compromiso con la justicia, la honestidad y la buena administración, sentando bases sólidas y confiables para el desarrollo de Natales.
Con el objetivo de coordinar aspectos logísticos y de seguridad para el correcto desarrollo de la actividad, la Corporación Municipal de Cultura, Turismo y Patrimonio realizó una mesa técnica de trabajo en el marco de la 34ª versión del Festival Costumbrista Chilote, tradicional encuentro cultural que se llevará a cabo los días 7 y 8 de febrero en Puerto Natales. En la instancia participaron la directiva de la Comunidad Jesús Nazareno, el Delegado Provincial Guillermo Ruiz, representantes de Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, funcionarios municipales y equipos de la Corporación, dando inicio a una planificación conjunta para el desarrollo del evento. El Director Ejecutivo de la Corporación, Jorge Vergara, destacó el carácter positivo de la coordinación interinstitucional y el enfoque preventivo del trabajo:Esta mesa técnica nos permitió dar inicio a un trabajo de planificación para esta 34ª versión del Festival Costumbrista Chilote. Pudimos coordinar todo lo que significa este evento, que convoca un gran marco de público, y esperamos que no sea la excepción. Queremos realizar este festival de la mejor manera, sobre todo en medidas de seguridad, para que podamos tener una fiesta familiar, señaló. Por su parte, el presidente de la Comunidad Jesús Nazareno, Juan Bautista Triviño Triviño, valoró el apoyo de las autoridades y extendió la invitación a la comunidad:Para mí la reunión fue buena, nos resultó bien porque tuvimos apoyo. Lo principal que queremos es el apoyo de las autoridades para poder celebrar nuestro Festival, que es el aniversario número 34. Invito a la comunidad de Puerto Natales para el 7 y 8 de febrero en nuestro recinto de calle Javiera Carrera 1487. Van a tener un buen show artístico, varios tipos de comida y una pampa bien grande para que puedan bailar y divertirse, indicó. El Festival Costumbrista Chilote es una de las actividades más significativas del calendario cultural de Puerto Natales, destacando por rescatar expresiones propias de la cultura chilota, como su gastronomía típica, música, danzas y tradiciones, reflejando el importante aporte histórico y cultural de la comunidad chilota al desarrollo de la ciudad y de la provincia de Última Esperanza. La Corporación Municipal de Cultura, Turismo y Patrimonio reiteró la invitación a la comunidad natalina y a visitantes a ser parte de esta nueva versión, una instancia que cada año convoca a familias, vecinos y turistas en torno a la identidad cultural y al patrimonio vivo de Puerto Natales.
En 2019, la Corporación Municipal de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales contrató a un supuesto ingeniero comercial que presentaba un título de la Universidad Católica del Norte, sede Coquimbo, el cual había sido otorgado en agosto de 2011. No obstante, tras una denuncia que ingresó a la Contraloría Regional de Magallanes, dicha persona habría presentado un título profesional falso. Así se señala tras una revisión de la Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, que reveló que dicho funcionario presentó una copia que figuraba como validada ante Notario Público dando fe “que la presente fotocopia es fiel al documento tenido a la vista, expedido en Punta Arenas, el 1 de diciembre de 2014”. No obstante, según la fiscalización, el funcionario denunciado no figuraría como titulado en dicha Casa de Estudios Superiores y, además, el título presentado correspondería a otra persona. También se constató que, al momento de la denuncia que derivó en la fiscalización CGR, se encontraba contratado en la Corporación Municipal de Cultura, Turismo y Patrimonio de la comuna de Puerto Natales. Por estas razones, la CGR remitió los antecedentes al Ministerio Público, para los fines que estime conveniente, atendiendo que dicha situación podría revestir carácter de delito. Igualmente, se instruyó a la Corporación Municipal de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales; a la Corporación Municipal de Cultura, Turismo y Patrimonio de Natales y a la alcaldesa, en su calidad de presidenta del Directorio de ambas corporaciones, a que informen respecto de si tomaron conocimiento de la eventual falsedad del título profesional de ingeniero comercial presentado por el denunciado, la data de aquello y las medidas adoptadas al respecto. Además, deberán informar particularmente si dicha situación fue denunciada al Ministerio Público y si se encuentran realizando algún proceso interno para efectos de indagar la eventual falta a la verdad que habría incurrido dicho trabajador. Fuente: radioagricultura.cl
El Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Natales acogió una demanda de cumplimiento de contrato colectivo interpuesta por asistentes de la educación en contra de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales (Cormunat), ordenando el pago de una indemnización convencional a todo evento por renuncia voluntaria y anticipada, conforme a lo pactado en una cláusula del contrato colectivo celebrado el 13 de septiembre de 2021. La sentencia tuvo por acreditado que la acción se funda en la exigibilidad de dicha cláusula, vigente entre las partes, y que el conflicto se enmarca en el proceso de traspaso del servicio educacional municipal al Servicio Local de Educación Pública (SLEP) Magallanes, ocurrido el 1 de enero de 2024, conforme a la Ley N° 21.040 y sus modificaciones. El tribunal analizó extensamente la normativa transitoria que regula la sucesión legal del sostenedor educacional y la oponibilidad de las condiciones laborales pactadas antes del traspaso. Los demandantes solicitaron poner término a sus contratos de trabajo y hacer efectiva la indemnización convencional por la totalidad de los años de servicio prestados para la demandada, sin tope de años ni de monto, calculada sobre la última remuneración vigente y reajustada hasta su pago. Sustentaron su pretensión en lo dispuesto en el artículo 3° transitorio de la Ley N° 21.109, argumentando que se trata de una obligación posterior al traspaso del sostenedor municipal al SLEP. La demandada alegó falta de legitimación pasiva, sosteniendo que la obligación correspondería al SLEP Magallanes, que compareció en calidad de tercero independiente. No obstante, la jueza rechazó dicha excepción, concluyendo que la Cormunat mantiene legitimación pasiva para responder por las indemnizaciones reclamadas, en atención a las normas legales aplicables y a la prueba rendida en el proceso. En su análisis, el tribunal tuvo especialmente en consideración un oficio del Ministerio de Educación de julio de 2025, así como la interpretación del artículo cuadragésimo segundo transitorio de la Ley N° 21.040, modificado por las leyes N° 21.152, 21.583 y 21.647. En particular, se destacó que las condiciones de trabajo pactadas con posterioridad al 1 de enero de 2021 y exigibles desde el traspaso no son oponibles al SLEP, debiendo ser pagadas por la municipalidad o corporación municipal respectiva mediante una planilla complementaria, con cargo a recursos deducidos del Fondo Común Municipal. La jueza estableció que la cláusula trigésimo cuarta del contrato colectivo constituye una promesa por hecho ajeno, regulada en el artículo 1450 del Código Civil, al haberse pactado una obligación condicionada a un traspaso futuro del sostenedor educacional, hecho cierto y conocido por las partes al momento de suscribir el instrumento colectivo. Asimismo, razonó que el SLEP, como institución de derecho público, no podía quedar obligado por un contrato que no celebró ni ratificó, y que cualquier pago de esa naturaleza requiere respaldo legal de iniciativa presidencial, conforme a los principios de legalidad y competencia consagrados en los artículos 6 y 7 de la Constitución. Con todo, el tribunal concluyó que corresponde a la Cormunat efectuar el pago de las indemnizaciones reclamadas a través del mecanismo de planilla complementaria previsto en la Ley N° 21.647, previa resolución exenta de la Dirección de Presupuestos que autorice el descuento de las remesas del Fondo Común Municipal de la Municipalidad de Natales. En la parte resolutiva, el juzgado declaró que los trabajadores demandantes tienen derecho a poner término a sus contratos por renuncia voluntaria y anticipada, y a percibir una indemnización convencional a todo evento por el total de los años de servicios efectivamente trabajados, sin tope de años ni de monto, calculada sobre su última remuneración vigente. Asimismo, ordenó que dicha indemnización se incremente por los años y montos que se devenguen durante la tramitación de la causa y hasta el pago íntegro y término efectivo de la relación laboral. En definitiva, el tribunal acogió la demanda, rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la demandada, sin costas. Vea sentencia Juzgado de Letras y Garantía de Natales RIT O-21-2022. Fuente: diarioconstitucional.cl
En el marco de una gestión municipal basada en la transparencia, la probidad y la responsabilidad institucional, la alcaldesa de Natales, Ana Mayorga, se trasladó a la ciudad de Punta Arenas para dar cumplimiento a un compromiso fundamental con la comunidad: poner a disposición de los organismos competentes todos los antecedentes vinculados a causas actualmente en investigación. Acompañada por los equipos jurídicos de la Municipalidad de Natales y de la Corporación Municipal de Natales (CORMUNAT), la alcaldesa concurrió al Consejo de Defensa del Estado, donde se realizó la entrega formal de información y documentación relevante, con el objetivo de contribuir activamente al esclarecimiento de los hechos y a la determinación de eventuales responsabilidades legales asociadas al uso indebido de recursos públicos en administraciones anteriores. Esta acción responde a una decisión clara de la actual administración municipal: colaborar sin reservas con las instituciones del Estado para que se investiguen y persigan las responsabilidades que correspondan, deslindando con total claridad la gestión vigente de hechos que han generado un grave perjuicio económico y una compleja carga financiera para la comuna. La alcaldesa Ana Mayorga señaló que cada recurso público mal utilizado representa oportunidades perdidas para los barrios, las familias y los servicios municipales, por lo que esta administración no será indiferente ni tolerante frente a situaciones que afecten el patrimonio de todos los natalinos y natalinas. Pese a los importantes desafíos derivados del escenario financiero heredado, el municipio ha asumido con decisión la tarea de ordenar y transparentar las cuentas públicas, con una mirada de futuro y un firme compromiso con la justicia, la honestidad y la buena administración, sentando bases sólidas y confiables para el desarrollo de Natales.