Un estudio encabezado por el médico paillaquino Miguel Ángel Carrasco García analizó cómo plataformas como ChatGPT y Google están influyendo en las decisiones de salud de pacientes de atención primaria, identificando factores asociados a la ansiedad y al uso excesivo de información médica digital. La investigación, desarrollada en la Región de Los Ríos, evaluó a 400 pacientes y concluyó que cerca de uno de cada cinco participantes se encuentra en etapas donde la información obtenida mediante plataformas digitales comienza a reemplazar activamente el criterio médico profesional. Uno de los principales hallazgos del estudio apunta a que las personas con mayores niveles de ansiedad presentan un riesgo significativamente más alto de desarrollar dependencia de consultas digitales relacionadas con salud. Según los investigadores, esto puede afectar la continuidad de los tratamientos y la relación entre pacientes y equipos médicos. El estudio también detectó que, en ciertos casos, herramientas de inteligencia artificial como ChatGPT ya superan a buscadores tradicionales como Google como fuente principal de orientación médica, debido a la fluidez y rapidez de las respuestas entregadas a los usuarios. Frente a este escenario, el equipo propuso medidas orientadas a fortalecer la atención primaria y el acompañamiento de pacientes, incluyendo un sistema de tamizaje breve para detectar vulnerabilidades y estrategias diferenciadas según el perfil de cada persona. Además, plantearon la necesidad de avanzar en plataformas digitales más conscientes de los riesgos asociados al uso intensivo de inteligencia artificial en salud. Fuente: El Naveghable
Con el objetivo de convertir a nuestro país en un hub digital y a futuro en el nuevo Silicon Valley de nuestra región, el Canciller Francisco Pérez Mackenna junto a la titular de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, Ximena Lincolao, viajaron a Estados Unidos donde sostuvieron reuniones con los ejecutivos de las más grandes empresas tecnológicas del mundo. Los encuentros se dieron como parte de una gira a California para promover el proyecto Choose Chile (Elige Chile), y se iniciaron con reuniones con representantes de Nvidia y Google, esto con el objetivo de atraer inversiones, especialmente en el área tecnológica. En la primera reunión, con ejecutivos de NVIDIA -uno de los motores globales de la inteligencia artificial- se abordó la aceleración del desarrollo de esta tecnología, las capacidades para su uso en Chile y la importancia de la IA para impulsar el crecimiento, la seguridad y el desarrollo del talento y capital humano. Luego, los ministros visitaron el Cloud Space de Google y se reunieron con representantes de la compañía. Allí analizaron las oportunidades de desarrollo de la inteligencia artificial y su aplicación en beneficios directos para las personas en áreas desde la salud hasta la educación, el desarrollo de infraestructura digital y el potencial de la innovación de las empresas tecnológicas en Chile. Los ministros Pérez Mackenna y Lincolao también recorrieron las instalaciones de Apple en Cupertino, California. Reuniones con Meta, OpenAI y Salesforce Durante la última jornada de reuniones, los ministros sostuvieron una reunión con ejecutivos de Meta, en las oficinas de la compañía en Menlo Park, California. En la ocasión, las autoridades nacionales destacaron los incentivos a la inversión en Chile y los beneficios del país para el sector tecnológico, como el acceso a energía y minerales críticos. Además, se abordó el nuevo modelo Muse Spark de inteligencia artificial y sus múltiples aplicaciones para la vida de las personas. “Chile tiene enormes ventajas comparativas: contamos con energías renovables, certeza jurídica, conectividad, capacidades científicas y un ecosistema de innovación que sigue creciendo. Nuestro objetivo es que esas fortalezas se traduzcan en más inversión, transferencia tecnológica, empleos de calidad y mayores oportunidades para las futuras generaciones. Queremos que Chile se consolide como un hub tecnológico para Latinoamérica y un puente entre el talento, la ciencia y el desarrollo productivo”, Ximena Lincolao, ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. Posteriormente, los ministros sostuvieron un encuentro con representantes de dos empresas fuertemente volcadas a la inteligencia artificial: OpenAI -compañía matriz de Chat GPT- y Salesforce, que ya está presente en Chile. “Nos vamos muy contentos porque Chile se puede consolidar como un hub digital en la región, un polo de innovación que impulse cambios hacia un futuro más próspero, con una matriz productiva más sofisticada y que ello genere beneficios concretos para las personas. Es una tarea de largo aliento, pero seguiremos trabajando para que así ocurra”, señaló el ministro Pérez Mackenna. Por su parte, la titular de Ciencia, Ximena Lincolao, destacó que “estamos viviendo una transformación tecnológica profunda a nivel global, y Chile no puede quedarse atrás. Esta gira nos ha permitido abrir conversaciones estratégicas con empresas líderes en inteligencia artificial, innovación y desarrollo tecnológico, para posicionar a nuestro país como un actor relevante en la economía del conocimiento”. Fuente: gob.cl
La Corte de Apelaciones de Punta Arena rechazó un recurso de protección presentado contra Google Chile, en una causa en que el recurrente cuestionaba la aparición de contenidos en el buscador que, a su juicio, afectaban sus derechos. El tribunal, en fallo unánime, primero declaró que la acción fue presentada fuera de plazo, por lo que resultaba extemporánea. Sin embargo, igualmente analizó el fondo del caso y concluyó que no existió una actuación ilegal o arbitraria por parte de la empresa. La Corte señaló que Google Chile sí puede ser demandada en Chile, pese a que forma parte de una estructura internacional, ya que actúa como representante local del grupo y es el interlocutor en el país frente a clientes, autoridades y tribunales. Por ello, rechazó el argumento de la empresa que buscaba excluir su responsabilidad por tratarse de una filial distinta de Google LLC. No obstante, al revisar el fondo, el tribunal determinó que los contenidos cuestionados fueron creados por terceros, como medios de comunicación, y no por Google. En ese sentido, explicó que el buscador solo indexa información disponible en internet y no crea, edita ni controla las publicaciones. La Corte enfatizó que exigir a Google eliminar o verificar contenidos implicaría convertirla en un “censor previo” de la información, rol que no le corresponde. Además, recordó que la ley establece que los motores de búsqueda no están obligados a supervisar los datos que muestran. En esa línea, indicó que, si una persona considera que una publicación vulnera sus derechos, debe dirigir su acción contra quienes generaron el contenido, ya que son los únicos que pueden modificarlo o eliminarlo. Por estas razones, el tribunal concluyó que no existió una conducta ilegal atribuible a Google Chile y rechazó el recurso de protección. La decisión fue adoptada con la prevención de uno de los ministros, quien estuvo de acuerdo con el rechazo, pero únicamente por haber sido presentado fuera de plazo. Vea sentencia Corte de Punta Arenas Rol Nº76-2026. Fuente: diarioconstitucional.cl
En fallo unánime (causa rol 76-2026), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Caroline Turner González, Roxana Salgado Salamé y Claudio Jara Inostroza– desestimó la acción constitucional por extemporánea y, además, estableció que la recurrida no vulneró los derechos del recurrente, al arrojar su motor de búsqueda contenidos de terceros, especialmente de medios de comunicación. “Que, también previo a entrar al fondo, corresponde pronunciarse en cuanto a la legitimación pasiva de Google Chile Limitada. Si bien la recurrida sostiene ser una sociedad dedicada exclusivamente al marketing y publicidad digital y carecer de atribuciones para administrar el motor de búsqueda de Google LLC, lo cierto es que dicha entidad opera en Chile bajo la denominación comercial del mismo grupo corporativo, representa los intereses de la matriz en el país y es el interlocutor local de la empresa ante clientes, autoridades y tribunales”, plantea el fallo. La resolución agrega que: “La distinción entre Google Chile Limitada y Google LLC es, en la práctica, una diferencia de estructura societaria que no puede oponerse al recurrente para eximirse de toda responsabilidad ante los tribunales chilenos. A mayor abundamiento, el recurrente carece de otro interlocutor jurídicamente identificable en el territorio nacional ante quien dirigir su pretensión, por lo que admitir la excepción de falta de legitimación pasiva importaría dejar sin tutela efectiva los derechos fundamentales involucrados, lo que es incompatible con la finalidad de la acción constitucional. En consecuencia, se desestima dicha excepción”. Para el tribunal de alzada: “(…) sin perjuicio de lo consignado previamente, entrando al fondo del asunto, examinados los antecedentes, se concluye que no existe acto u omisión ilegal o arbitrario imputable a Google Chile Limitada. En efecto, las publicaciones cuestionadas fueron elaboradas y difundidas por terceras personas y medios de comunicación –como Tehuelche Noticias, Diario Regional Aysén, Biobío Chile, El Ágora, El Ciudadano, Radio Santa María, entre otros– que no han sido emplazados en este proceso y a quienes corresponde la autoría del contenido que el recurrente estima lesivo de sus derechos fundamentales”. “(…) la recurrida, por su parte, se limita a administrar un motor de búsqueda que indexa contenidos disponibles en la red, sin que le sea atribuible la creación, edición ni moderación de las publicaciones que el actor cuestiona. El motor de búsqueda de Google actúa como un intermediario que organiza la información pública disponible en internet, de la misma manera que otros buscadores similares –como Bing– arrojan resultados análogos respecto de los mismos contenidos. En esta línea, el artículo 85 letra P de la Ley N°17.336, establece expresamente que los motores de búsqueda no tendrán la obligación de supervisar los datos que transmitan, almacenen o referencien”, releva la resolución. “Que –ahonda–, lo pretendido por el recurrente importa, en el fondo, exigir que la recurrida actúe como un censor previo de la información que terceros publican en la red, verificando su exactitud, completitud y adecuación a la realidad judicial de cada persona vinculada en dichas publicaciones. Este rol no le corresponde a Google Chile Limitada, que carece de facultades para controlar el contenido creado por terceros”. “Si el recurrente estima que determinadas publicaciones resultan lesivas de sus derechos fundamentales por omitir su absolución firme, la acción debió dirigirse en contra de los autores o administradores de dichos contenidos, quienes son los únicos que pueden efectivamente modificarlos, actualizarlos o eliminarlos”, afirma el fallo. “Que, en consecuencia, no existiendo acto ilegal o arbitrario imputable a la recurrida Google Chile Limitada, la acción constitucional deducida no puede prosperar”, concluye. Decisión adoptada con la prevención que el ministro Jara Inostroza, quien concurre al rechazo del recurso compartiendo solo su extemporaneidad.
Un estudio encabezado por el médico paillaquino Miguel Ángel Carrasco García analizó cómo plataformas como ChatGPT y Google están influyendo en las decisiones de salud de pacientes de atención primaria, identificando factores asociados a la ansiedad y al uso excesivo de información médica digital. La investigación, desarrollada en la Región de Los Ríos, evaluó a 400 pacientes y concluyó que cerca de uno de cada cinco participantes se encuentra en etapas donde la información obtenida mediante plataformas digitales comienza a reemplazar activamente el criterio médico profesional. Uno de los principales hallazgos del estudio apunta a que las personas con mayores niveles de ansiedad presentan un riesgo significativamente más alto de desarrollar dependencia de consultas digitales relacionadas con salud. Según los investigadores, esto puede afectar la continuidad de los tratamientos y la relación entre pacientes y equipos médicos. El estudio también detectó que, en ciertos casos, herramientas de inteligencia artificial como ChatGPT ya superan a buscadores tradicionales como Google como fuente principal de orientación médica, debido a la fluidez y rapidez de las respuestas entregadas a los usuarios. Frente a este escenario, el equipo propuso medidas orientadas a fortalecer la atención primaria y el acompañamiento de pacientes, incluyendo un sistema de tamizaje breve para detectar vulnerabilidades y estrategias diferenciadas según el perfil de cada persona. Además, plantearon la necesidad de avanzar en plataformas digitales más conscientes de los riesgos asociados al uso intensivo de inteligencia artificial en salud. Fuente: El Naveghable
Con el objetivo de convertir a nuestro país en un hub digital y a futuro en el nuevo Silicon Valley de nuestra región, el Canciller Francisco Pérez Mackenna junto a la titular de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, Ximena Lincolao, viajaron a Estados Unidos donde sostuvieron reuniones con los ejecutivos de las más grandes empresas tecnológicas del mundo. Los encuentros se dieron como parte de una gira a California para promover el proyecto Choose Chile (Elige Chile), y se iniciaron con reuniones con representantes de Nvidia y Google, esto con el objetivo de atraer inversiones, especialmente en el área tecnológica. En la primera reunión, con ejecutivos de NVIDIA -uno de los motores globales de la inteligencia artificial- se abordó la aceleración del desarrollo de esta tecnología, las capacidades para su uso en Chile y la importancia de la IA para impulsar el crecimiento, la seguridad y el desarrollo del talento y capital humano. Luego, los ministros visitaron el Cloud Space de Google y se reunieron con representantes de la compañía. Allí analizaron las oportunidades de desarrollo de la inteligencia artificial y su aplicación en beneficios directos para las personas en áreas desde la salud hasta la educación, el desarrollo de infraestructura digital y el potencial de la innovación de las empresas tecnológicas en Chile. Los ministros Pérez Mackenna y Lincolao también recorrieron las instalaciones de Apple en Cupertino, California. Reuniones con Meta, OpenAI y Salesforce Durante la última jornada de reuniones, los ministros sostuvieron una reunión con ejecutivos de Meta, en las oficinas de la compañía en Menlo Park, California. En la ocasión, las autoridades nacionales destacaron los incentivos a la inversión en Chile y los beneficios del país para el sector tecnológico, como el acceso a energía y minerales críticos. Además, se abordó el nuevo modelo Muse Spark de inteligencia artificial y sus múltiples aplicaciones para la vida de las personas. “Chile tiene enormes ventajas comparativas: contamos con energías renovables, certeza jurídica, conectividad, capacidades científicas y un ecosistema de innovación que sigue creciendo. Nuestro objetivo es que esas fortalezas se traduzcan en más inversión, transferencia tecnológica, empleos de calidad y mayores oportunidades para las futuras generaciones. Queremos que Chile se consolide como un hub tecnológico para Latinoamérica y un puente entre el talento, la ciencia y el desarrollo productivo”, Ximena Lincolao, ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. Posteriormente, los ministros sostuvieron un encuentro con representantes de dos empresas fuertemente volcadas a la inteligencia artificial: OpenAI -compañía matriz de Chat GPT- y Salesforce, que ya está presente en Chile. “Nos vamos muy contentos porque Chile se puede consolidar como un hub digital en la región, un polo de innovación que impulse cambios hacia un futuro más próspero, con una matriz productiva más sofisticada y que ello genere beneficios concretos para las personas. Es una tarea de largo aliento, pero seguiremos trabajando para que así ocurra”, señaló el ministro Pérez Mackenna. Por su parte, la titular de Ciencia, Ximena Lincolao, destacó que “estamos viviendo una transformación tecnológica profunda a nivel global, y Chile no puede quedarse atrás. Esta gira nos ha permitido abrir conversaciones estratégicas con empresas líderes en inteligencia artificial, innovación y desarrollo tecnológico, para posicionar a nuestro país como un actor relevante en la economía del conocimiento”. Fuente: gob.cl
La Corte de Apelaciones de Punta Arena rechazó un recurso de protección presentado contra Google Chile, en una causa en que el recurrente cuestionaba la aparición de contenidos en el buscador que, a su juicio, afectaban sus derechos. El tribunal, en fallo unánime, primero declaró que la acción fue presentada fuera de plazo, por lo que resultaba extemporánea. Sin embargo, igualmente analizó el fondo del caso y concluyó que no existió una actuación ilegal o arbitraria por parte de la empresa. La Corte señaló que Google Chile sí puede ser demandada en Chile, pese a que forma parte de una estructura internacional, ya que actúa como representante local del grupo y es el interlocutor en el país frente a clientes, autoridades y tribunales. Por ello, rechazó el argumento de la empresa que buscaba excluir su responsabilidad por tratarse de una filial distinta de Google LLC. No obstante, al revisar el fondo, el tribunal determinó que los contenidos cuestionados fueron creados por terceros, como medios de comunicación, y no por Google. En ese sentido, explicó que el buscador solo indexa información disponible en internet y no crea, edita ni controla las publicaciones. La Corte enfatizó que exigir a Google eliminar o verificar contenidos implicaría convertirla en un “censor previo” de la información, rol que no le corresponde. Además, recordó que la ley establece que los motores de búsqueda no están obligados a supervisar los datos que muestran. En esa línea, indicó que, si una persona considera que una publicación vulnera sus derechos, debe dirigir su acción contra quienes generaron el contenido, ya que son los únicos que pueden modificarlo o eliminarlo. Por estas razones, el tribunal concluyó que no existió una conducta ilegal atribuible a Google Chile y rechazó el recurso de protección. La decisión fue adoptada con la prevención de uno de los ministros, quien estuvo de acuerdo con el rechazo, pero únicamente por haber sido presentado fuera de plazo. Vea sentencia Corte de Punta Arenas Rol Nº76-2026. Fuente: diarioconstitucional.cl
En fallo unánime (causa rol 76-2026), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Caroline Turner González, Roxana Salgado Salamé y Claudio Jara Inostroza– desestimó la acción constitucional por extemporánea y, además, estableció que la recurrida no vulneró los derechos del recurrente, al arrojar su motor de búsqueda contenidos de terceros, especialmente de medios de comunicación. “Que, también previo a entrar al fondo, corresponde pronunciarse en cuanto a la legitimación pasiva de Google Chile Limitada. Si bien la recurrida sostiene ser una sociedad dedicada exclusivamente al marketing y publicidad digital y carecer de atribuciones para administrar el motor de búsqueda de Google LLC, lo cierto es que dicha entidad opera en Chile bajo la denominación comercial del mismo grupo corporativo, representa los intereses de la matriz en el país y es el interlocutor local de la empresa ante clientes, autoridades y tribunales”, plantea el fallo. La resolución agrega que: “La distinción entre Google Chile Limitada y Google LLC es, en la práctica, una diferencia de estructura societaria que no puede oponerse al recurrente para eximirse de toda responsabilidad ante los tribunales chilenos. A mayor abundamiento, el recurrente carece de otro interlocutor jurídicamente identificable en el territorio nacional ante quien dirigir su pretensión, por lo que admitir la excepción de falta de legitimación pasiva importaría dejar sin tutela efectiva los derechos fundamentales involucrados, lo que es incompatible con la finalidad de la acción constitucional. En consecuencia, se desestima dicha excepción”. Para el tribunal de alzada: “(…) sin perjuicio de lo consignado previamente, entrando al fondo del asunto, examinados los antecedentes, se concluye que no existe acto u omisión ilegal o arbitrario imputable a Google Chile Limitada. En efecto, las publicaciones cuestionadas fueron elaboradas y difundidas por terceras personas y medios de comunicación –como Tehuelche Noticias, Diario Regional Aysén, Biobío Chile, El Ágora, El Ciudadano, Radio Santa María, entre otros– que no han sido emplazados en este proceso y a quienes corresponde la autoría del contenido que el recurrente estima lesivo de sus derechos fundamentales”. “(…) la recurrida, por su parte, se limita a administrar un motor de búsqueda que indexa contenidos disponibles en la red, sin que le sea atribuible la creación, edición ni moderación de las publicaciones que el actor cuestiona. El motor de búsqueda de Google actúa como un intermediario que organiza la información pública disponible en internet, de la misma manera que otros buscadores similares –como Bing– arrojan resultados análogos respecto de los mismos contenidos. En esta línea, el artículo 85 letra P de la Ley N°17.336, establece expresamente que los motores de búsqueda no tendrán la obligación de supervisar los datos que transmitan, almacenen o referencien”, releva la resolución. “Que –ahonda–, lo pretendido por el recurrente importa, en el fondo, exigir que la recurrida actúe como un censor previo de la información que terceros publican en la red, verificando su exactitud, completitud y adecuación a la realidad judicial de cada persona vinculada en dichas publicaciones. Este rol no le corresponde a Google Chile Limitada, que carece de facultades para controlar el contenido creado por terceros”. “Si el recurrente estima que determinadas publicaciones resultan lesivas de sus derechos fundamentales por omitir su absolución firme, la acción debió dirigirse en contra de los autores o administradores de dichos contenidos, quienes son los únicos que pueden efectivamente modificarlos, actualizarlos o eliminarlos”, afirma el fallo. “Que, en consecuencia, no existiendo acto ilegal o arbitrario imputable a la recurrida Google Chile Limitada, la acción constitucional deducida no puede prosperar”, concluye. Decisión adoptada con la prevención que el ministro Jara Inostroza, quien concurre al rechazo del recurso compartiendo solo su extemporaneidad.