El próximo domingo 26 de abril se cumple un segundo hito de la ley que reduce la jornada laboral a 40 horas. Ese día las empresas deberán ajustar su jornada de 44 a 42 horas semanales. Esta es la segunda reducción establecida en la Ley de 40 horas que comenzó a regir el 26 de abril de 2024. En esa ocasión, la jornada se redujo de 45 a 44 horas. Con ello se dio el puntapié inicial al cuerpo legal que impulsó la administración de Gabriel Boric, y cuya aplicación es gradual en cinco años, con disminuciones cada dos años. Así, en 2028 la jornada quedará en 40 horas semanales. Una de las primeras definiciones que tomó el actual gobierno fue que iba a revisar los dictámenes para introducirle algún grado de mayor flexibilidad, manteniendo los plazos de implementación. Esos cambios se concretaron este jueves, puesto que la Dirección del Trabajo (DT) publicó dos dictámenes que apuntan en esa dirección. El primero se refiere a la proporcionalidad de la reducción de la jornada. “Un análisis del marco normativo aplicable permite concluir que dichos pronunciamientos incorporaron exigencias que no se encuentran previstas en la ley, particularmente al establecer una forma específica y obligatoria de distribución proporcional diaria de la rebaja de jornada, lo que importó, en los hechos, una restricción adicional no contemplada por el legislador”, precisó la DT. El texto señala que para el caso en que no ha existido acuerdo en ninguna etapa, “en jornadas distribuidas en cinco días la rebaja de dos horas semanales del hito de 44 a 42 horas deberá implementarse mediante la disminución de una hora al término de la jornada en dos días distintos; y en jornadas distribuidas en seis días deberá implementarse mediante la disminución de cincuenta minutos al término de la jornada en dos días distintos y la fracción de veinte minutos en un tercer día, conforme a la unidad de tiempo establecida en la Ley Nº21.755”. La exdirectora del Trabajo y socia de GNP Canales, Lilia Jerez, afirmó al respecto que “lo que hace la DT es entregar una declaración de intenciones, de hasta dónde llegan los dictámenes, en orden a explicitar hasta dónde llegan las facultades interpretativas de la DT y que por lo mismo no puede excederse de su marco legal”. En este dictamen, explicó que el principal cambio es que se “hace cargo correctamente a de los trabajadores que tienen jornada de seis días, puesto que en la ley no se pronuncia sobre este tipo de jornada. Acá se establece que lo mínimo que se puede rebajar al día es de 50 minutos. Se hace esto para poder distribuir uniformemente las cinco horas de rebaja dentro de los seis días de la semana que contempla la jornada de trabajo de ese tipo de trabajadores”. El segundo dictamen apunta a reformular la interpretación de quienes pueden estar sujetos a la exclusión de la jornada laboral regulada en el artículo 22 inciso 2º. La exclusión de la limitación de jornada prevista en el artículo 22 inciso 2º del Código del Trabajo se funda en la naturaleza de las funciones desempeñadas y en el grado de autonomía efectiva con que estas se ejecutan. “La calificación de la exclusión de jornada es casuística y debe efectuarse caso a caso, considerando la naturaleza real de las funciones desempeñadas, el grado de autonomía del trabajador y la existencia efectiva de supervisión directa sobre la ejecución del trabajo, con primacía de la realidad”, dice el dictamen. En esa línea añade que “la Ley Nº21.561 modificó el catálogo de causales de exclusión del artículo 22 inciso 2º, suprimiendo hipótesis de carácter geográfico, pero no modificó el estándar sustantivo de la fiscalización superior inmediata ni estableció que la disponibilidad tecnológica de supervisión sea equivalente a su ejercicio efectivo”. Marcelo Albornoz, exdirector del Trabajo comentó que “hay una reformulación de la interpretación, pues actualiza la aplicación de la norma bajo criterios más objetivos y realistas en cuanto a que la exclusión de jornada obedece a la naturaleza o a la esencia del servicio y no solo al medio de comunicación entre el trabajador y su jefe. Los medios de comunicación como una llamada, el uso de celular de la empresa, un GPS, un correo, no siempre son mecanismos de supervisión, sino que de comunicación”. Fuente: latercera.com
Esta mañana, en el programa Buenos Días Región, el Seremi de Trabajo y Previsión Social, José Miguel Salas, conversó con la ciudadanía sobre diversas iniciativas laborales, destacando la implementación de la Ley de 40 Horas, el plan de reconstrucción nacional en materia de empleo, y la situación del desempleo tanto a nivel nacional como regional. En relación con la reducción de la jornada laboral, la autoridad explicó que “desde el 26 de abril se baja a 42hrs semanales, esa medida se mantiene”, subrayando además que “la aplicabilidad de esta reforma se haga conformo a criterios mas flexibles”. Asimismo, enfatizó que el éxito de esta política depende del contexto económico: “lo que va de la mano para que esta iniciativa funcione es el crecimiento económico, al haber crecimiento económico van a haber mas empleos”. Respecto al plan de reconstrucción nacional en el ámbito laboral, Salas indicó que este contempla medidas orientadas a impulsar el crecimiento y fortalecer a las pequeñas y medianas empresas. En ese sentido, destacó que “vemos medidas que van relacionadas a generar un crecimiento y también toma de decisiones que van para mejorar las condiciones de las pequeñas y medianas empresas”. También abordó la informalidad laboral, señalando que “tenemos un 26,8% del empleo en chile que es informal, necesitamos que la gente tenga acceso a la seguridad social”, agregando que “el empleo informal es el vicio que tiene el trabajo en todos los países del mundo”. El Seremi advirtió además sobre las cifras de desempleo a nivel país: “tenemos una cifra que va en los 8.3 puntos de desempleo a nivel país, llevamos 38 meses sobre el 8% de desempleo es una suma muy alta”. Frente a este escenario, explicó que el plan contempla incentivos concretos, como “un crédito tributario por contratación hasta un 15% del sueldo”, aplicable a remuneraciones entre 7,8 y 12 UTM, lo que “va a reducir los costos de contratación, beneficia a las pymes y grandes empresas y además alcanza a mas de 4.2 millones de trabajadores”. En esa línea, recalcó que “contratar y formalizar va a ser mas fácil”. En materia tributaria, la autoridad señaló que se avanza en una “reforma tributaria procrecimiento”, indicando que “se va a rebajar el impuesto corporativo porque tenemos que sacarnos esa idea de que mientras mas impuestos se cobre mas crecimiento hay esa es una idea que no tiene que apoyarse”. Detalló que la tasa bajará “de un 27% a 23% lo que será gradual”, con el objetivo de incentivar la inversión. Sobre la Ley Karin y su implementación, Salas afirmó que “la agenda del gobierno tiene enfoque en un gobierno de emergencia” y que “por el momento no estamos con intenciones de modificar esas iniciativas”, aunque precisó que “el rol de la dirección del trabajo tenga la facultad de interpretar la normativa, deben revisarse los dictámenes”. No obstante, aseguró que “la protección de los derechos fundamentales que se vinieron reforzar con esta ley se van a mantener”. Finalmente, al referirse a la realidad regional, destacó que “magallanes tenemos un 6% de desempleo”, cifra inferior al promedio nacional, pero que igualmente implica desafíos. “Hay rubros de suma importancia como la salmonicultura, turismo, portuario, existe una preocupación de ir mejorando estas cifras y combatir el aumento del desempleo”, concluyó.
A partir de abril de este año habrá un nuevo avance en la Ley de 40 Horas . Fue en abril de 2024 cuando comenzó a regir la ley 21.561, iniciando un proceso de reducción de la jornada laboral de 45 a 44 horas semanales. Y este 2026 la jornada laboral de trabajo disminuirá a 42 horas semanales, según lo planificado en la normativa. Reducción de la jornada laboral desde abril de 2026 Esta nueva reducción de la jornada laboral será a partir del 26 de abril, cuando se pase de 44 a 42 horas semanales. En tanto, la tercera y última disminución del horario será en abril de 2028, cuando se llegue a las 40 horas. De todos modos, hay empresas que pueden acortar la jornada semanal de trabajo antes de las fechas indicadas por la ley. Fuente: cnnchile.com
El próximo domingo 26 de abril se cumple un segundo hito de la ley que reduce la jornada laboral a 40 horas. Ese día las empresas deberán ajustar su jornada de 44 a 42 horas semanales. Esta es la segunda reducción establecida en la Ley de 40 horas que comenzó a regir el 26 de abril de 2024. En esa ocasión, la jornada se redujo de 45 a 44 horas. Con ello se dio el puntapié inicial al cuerpo legal que impulsó la administración de Gabriel Boric, y cuya aplicación es gradual en cinco años, con disminuciones cada dos años. Así, en 2028 la jornada quedará en 40 horas semanales. Una de las primeras definiciones que tomó el actual gobierno fue que iba a revisar los dictámenes para introducirle algún grado de mayor flexibilidad, manteniendo los plazos de implementación. Esos cambios se concretaron este jueves, puesto que la Dirección del Trabajo (DT) publicó dos dictámenes que apuntan en esa dirección. El primero se refiere a la proporcionalidad de la reducción de la jornada. “Un análisis del marco normativo aplicable permite concluir que dichos pronunciamientos incorporaron exigencias que no se encuentran previstas en la ley, particularmente al establecer una forma específica y obligatoria de distribución proporcional diaria de la rebaja de jornada, lo que importó, en los hechos, una restricción adicional no contemplada por el legislador”, precisó la DT. El texto señala que para el caso en que no ha existido acuerdo en ninguna etapa, “en jornadas distribuidas en cinco días la rebaja de dos horas semanales del hito de 44 a 42 horas deberá implementarse mediante la disminución de una hora al término de la jornada en dos días distintos; y en jornadas distribuidas en seis días deberá implementarse mediante la disminución de cincuenta minutos al término de la jornada en dos días distintos y la fracción de veinte minutos en un tercer día, conforme a la unidad de tiempo establecida en la Ley Nº21.755”. La exdirectora del Trabajo y socia de GNP Canales, Lilia Jerez, afirmó al respecto que “lo que hace la DT es entregar una declaración de intenciones, de hasta dónde llegan los dictámenes, en orden a explicitar hasta dónde llegan las facultades interpretativas de la DT y que por lo mismo no puede excederse de su marco legal”. En este dictamen, explicó que el principal cambio es que se “hace cargo correctamente a de los trabajadores que tienen jornada de seis días, puesto que en la ley no se pronuncia sobre este tipo de jornada. Acá se establece que lo mínimo que se puede rebajar al día es de 50 minutos. Se hace esto para poder distribuir uniformemente las cinco horas de rebaja dentro de los seis días de la semana que contempla la jornada de trabajo de ese tipo de trabajadores”. El segundo dictamen apunta a reformular la interpretación de quienes pueden estar sujetos a la exclusión de la jornada laboral regulada en el artículo 22 inciso 2º. La exclusión de la limitación de jornada prevista en el artículo 22 inciso 2º del Código del Trabajo se funda en la naturaleza de las funciones desempeñadas y en el grado de autonomía efectiva con que estas se ejecutan. “La calificación de la exclusión de jornada es casuística y debe efectuarse caso a caso, considerando la naturaleza real de las funciones desempeñadas, el grado de autonomía del trabajador y la existencia efectiva de supervisión directa sobre la ejecución del trabajo, con primacía de la realidad”, dice el dictamen. En esa línea añade que “la Ley Nº21.561 modificó el catálogo de causales de exclusión del artículo 22 inciso 2º, suprimiendo hipótesis de carácter geográfico, pero no modificó el estándar sustantivo de la fiscalización superior inmediata ni estableció que la disponibilidad tecnológica de supervisión sea equivalente a su ejercicio efectivo”. Marcelo Albornoz, exdirector del Trabajo comentó que “hay una reformulación de la interpretación, pues actualiza la aplicación de la norma bajo criterios más objetivos y realistas en cuanto a que la exclusión de jornada obedece a la naturaleza o a la esencia del servicio y no solo al medio de comunicación entre el trabajador y su jefe. Los medios de comunicación como una llamada, el uso de celular de la empresa, un GPS, un correo, no siempre son mecanismos de supervisión, sino que de comunicación”. Fuente: latercera.com
Esta mañana, en el programa Buenos Días Región, el Seremi de Trabajo y Previsión Social, José Miguel Salas, conversó con la ciudadanía sobre diversas iniciativas laborales, destacando la implementación de la Ley de 40 Horas, el plan de reconstrucción nacional en materia de empleo, y la situación del desempleo tanto a nivel nacional como regional. En relación con la reducción de la jornada laboral, la autoridad explicó que “desde el 26 de abril se baja a 42hrs semanales, esa medida se mantiene”, subrayando además que “la aplicabilidad de esta reforma se haga conformo a criterios mas flexibles”. Asimismo, enfatizó que el éxito de esta política depende del contexto económico: “lo que va de la mano para que esta iniciativa funcione es el crecimiento económico, al haber crecimiento económico van a haber mas empleos”. Respecto al plan de reconstrucción nacional en el ámbito laboral, Salas indicó que este contempla medidas orientadas a impulsar el crecimiento y fortalecer a las pequeñas y medianas empresas. En ese sentido, destacó que “vemos medidas que van relacionadas a generar un crecimiento y también toma de decisiones que van para mejorar las condiciones de las pequeñas y medianas empresas”. También abordó la informalidad laboral, señalando que “tenemos un 26,8% del empleo en chile que es informal, necesitamos que la gente tenga acceso a la seguridad social”, agregando que “el empleo informal es el vicio que tiene el trabajo en todos los países del mundo”. El Seremi advirtió además sobre las cifras de desempleo a nivel país: “tenemos una cifra que va en los 8.3 puntos de desempleo a nivel país, llevamos 38 meses sobre el 8% de desempleo es una suma muy alta”. Frente a este escenario, explicó que el plan contempla incentivos concretos, como “un crédito tributario por contratación hasta un 15% del sueldo”, aplicable a remuneraciones entre 7,8 y 12 UTM, lo que “va a reducir los costos de contratación, beneficia a las pymes y grandes empresas y además alcanza a mas de 4.2 millones de trabajadores”. En esa línea, recalcó que “contratar y formalizar va a ser mas fácil”. En materia tributaria, la autoridad señaló que se avanza en una “reforma tributaria procrecimiento”, indicando que “se va a rebajar el impuesto corporativo porque tenemos que sacarnos esa idea de que mientras mas impuestos se cobre mas crecimiento hay esa es una idea que no tiene que apoyarse”. Detalló que la tasa bajará “de un 27% a 23% lo que será gradual”, con el objetivo de incentivar la inversión. Sobre la Ley Karin y su implementación, Salas afirmó que “la agenda del gobierno tiene enfoque en un gobierno de emergencia” y que “por el momento no estamos con intenciones de modificar esas iniciativas”, aunque precisó que “el rol de la dirección del trabajo tenga la facultad de interpretar la normativa, deben revisarse los dictámenes”. No obstante, aseguró que “la protección de los derechos fundamentales que se vinieron reforzar con esta ley se van a mantener”. Finalmente, al referirse a la realidad regional, destacó que “magallanes tenemos un 6% de desempleo”, cifra inferior al promedio nacional, pero que igualmente implica desafíos. “Hay rubros de suma importancia como la salmonicultura, turismo, portuario, existe una preocupación de ir mejorando estas cifras y combatir el aumento del desempleo”, concluyó.
A partir de abril de este año habrá un nuevo avance en la Ley de 40 Horas . Fue en abril de 2024 cuando comenzó a regir la ley 21.561, iniciando un proceso de reducción de la jornada laboral de 45 a 44 horas semanales. Y este 2026 la jornada laboral de trabajo disminuirá a 42 horas semanales, según lo planificado en la normativa. Reducción de la jornada laboral desde abril de 2026 Esta nueva reducción de la jornada laboral será a partir del 26 de abril, cuando se pase de 44 a 42 horas semanales. En tanto, la tercera y última disminución del horario será en abril de 2028, cuando se llegue a las 40 horas. De todos modos, hay empresas que pueden acortar la jornada semanal de trabajo antes de las fechas indicadas por la ley. Fuente: cnnchile.com