El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) aprobó un nuevo dictamen interpretativo sobre fraude en medios de pago, con el objetivo de reforzar la protección de los derechos de las y los consumidores frente a operaciones no reconocidas en tarjetas y transacciones electrónicas en el marco de la Ley 20.009 y la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPDC). La interpretación del SERNAC complementa a otros productos que ha desarrollado bajo su Agenda Antifraude, iniciativa que busca fortalecer la vigilancia y elevar los estándares de protección en el mercado financiero. El marco legal chileno reconoce como derechos de todo consumidor no solo aquellos enunciados en la ley general, sino también todos los contenidos en leyes y normativas especiales que protejan sus intereses. Cabe mencionar que el régimen de limitación de responsabilidad por operaciones no autorizadas forma parte del catálogo de derechos que el Servicio debe resguardar y supervisar. De esta manera, el dictamen otorga certeza jurídica sobre el cumplimiento de las obligaciones de los proveedores, asegurando que la protección legal sea efectiva y oportuna frente a las vulnerabilidades del sistema, estableciendo criterios claros sobre la operatividad de los reclamos. En este sentido, el Dictamen determina que, si una persona consumidora cumple con los requisitos legales para reclamar por un fraude, la entidad financiera no puede, de manera unilateral, descartar la aplicación de la normativa ni negarse a iniciar el procedimiento correspondiente. En caso de que el proveedor estime que existió dolo o culpa grave por parte del consumidor, deberá acudir al tribunal competente, siendo el juez quien determine si procede o no la restitución de los fondos. Asimismo, el Servicio recalca que corresponde al emisor probar que una operación fue autorizada por el titular, no siendo suficiente el mero registro de la transacción. Además, las instituciones financieras tienen la obligación de disponer de canales gratuitos y permanentes para recibir avisos de extravíos, hurtos, robos o fraudes, y de informar de manera clara, veraz y oportuna sobre el procedimiento, requisitos y plazos asociados al reclamo. En caso de que una entidad financiera no respete estas obligaciones, las personas consumidoras pueden reclamar ante SERNAC o ejercer acciones ante los juzgados de policía local competente, incluso solicitando indemnización de perjuicios cuando corresponda. El SERNAC, en tanto, podrá ejercer todas las facultades que le otorga las facultades que le otorga la ley, incluyendo requerir información, denunciar infracciones, iniciar Procedimientos Voluntarios Colectivos (PVC) o demandar colectivamente en defensa del interés general de las y los consumidores. En caso de querer ingresar un reclamo, se puede hacer directamente en SERNAC.cl, llamando gratuitamente al 800 700 100 o de manera presencial en las oficinas ubicadas en cada región del país. Es importante señalar que los dictámenes interpretativos de SERNAC se emiten a solicitud, en el ejercicio de sus facultades legales, con el objetivo de otorgar certeza jurídica y orientar tanto a las personas consumidoras como a los proveedores respecto de la correcta aplicación de la normativa vigente.
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por 102 votos a favor y uno en contra la Solicitud de Resolución N°1573, presentada por la diputada Javiera Morales Alvarado, que pide al Presidente de la República adoptar medidas urgentes para asegurar la ejecución efectiva del Plan de Zonas Rezagadas de Puerto Edén, ante su baja ejecución y serios problemas de implementación. La resolución pide al Ejecutivo adelantar la evaluación de medio término del plan por parte de la Subdere, introducir las modificaciones necesarias a su diseño y gobernanza, y asegurar íntegramente los recursos comprometidos, que alcanzan cerca de 22 mil millones de pesos destinados a obras fundamentales para esta localidad aislada de la comuna de Natales. Puerto Edén, comunidad mayoritariamente kawésqar y una de las localidades más aisladas del país, fue incorporada al Plan de Zonas Rezagadas tras años de demanda de sus habitantes. Sin embargo, según información entregada por la propia Subdere en la Comisión de Zonas Extremas, a cuatro años de iniciado el plan solo se ha ejecutado un 4%, poniendo en riesgo proyectos clave como electrificación, alcantarillado, conectividad digital y servicios básicos. Al respecto, la diputada Javiera Morales señaló que la aprobación de esta resolución “es una señal política clara: el Estado no puede seguir fallándole a Puerto Edén. Estamos hablando de derechos básicos, de justicia territorial y de una deuda histórica con una comunidad indígena que ha esperado demasiado”. La parlamentaria enfatizó además que la resolución cobra especial relevancia tras los cuestionamientos de probidad conocidos recientemente en torno a proyectos en la localidad, lo que ha profundizado la desconfianza de la comunidad y retrasado aún más la inversión comprometida. Con esta aprobación, la Cámara solicita formalmente al Presidente de la República instruir a la Subdere a corregir las fallas del plan, permitir mayor participación de actores con presencia territorial —como el municipio de Natales— y extender excepcionalmente los plazos de ejecución, evitando que los recursos se pierdan por razones administrativas. La diputada Morales recalcó que continuará fiscalizando el cumplimiento de esta resolución: “Puerto Edén no necesita más diagnósticos, necesita que el Estado cumpla. Vamos a seguir presionando hasta que las obras lleguen y el bienestar de las familias también”.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) aprobó un nuevo dictamen interpretativo sobre fraude en medios de pago, con el objetivo de reforzar la protección de los derechos de las y los consumidores frente a operaciones no reconocidas en tarjetas y transacciones electrónicas en el marco de la Ley 20.009 y la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPDC). La interpretación del SERNAC complementa a otros productos que ha desarrollado bajo su Agenda Antifraude, iniciativa que busca fortalecer la vigilancia y elevar los estándares de protección en el mercado financiero. El marco legal chileno reconoce como derechos de todo consumidor no solo aquellos enunciados en la ley general, sino también todos los contenidos en leyes y normativas especiales que protejan sus intereses. Cabe mencionar que el régimen de limitación de responsabilidad por operaciones no autorizadas forma parte del catálogo de derechos que el Servicio debe resguardar y supervisar. De esta manera, el dictamen otorga certeza jurídica sobre el cumplimiento de las obligaciones de los proveedores, asegurando que la protección legal sea efectiva y oportuna frente a las vulnerabilidades del sistema, estableciendo criterios claros sobre la operatividad de los reclamos. En este sentido, el Dictamen determina que, si una persona consumidora cumple con los requisitos legales para reclamar por un fraude, la entidad financiera no puede, de manera unilateral, descartar la aplicación de la normativa ni negarse a iniciar el procedimiento correspondiente. En caso de que el proveedor estime que existió dolo o culpa grave por parte del consumidor, deberá acudir al tribunal competente, siendo el juez quien determine si procede o no la restitución de los fondos. Asimismo, el Servicio recalca que corresponde al emisor probar que una operación fue autorizada por el titular, no siendo suficiente el mero registro de la transacción. Además, las instituciones financieras tienen la obligación de disponer de canales gratuitos y permanentes para recibir avisos de extravíos, hurtos, robos o fraudes, y de informar de manera clara, veraz y oportuna sobre el procedimiento, requisitos y plazos asociados al reclamo. En caso de que una entidad financiera no respete estas obligaciones, las personas consumidoras pueden reclamar ante SERNAC o ejercer acciones ante los juzgados de policía local competente, incluso solicitando indemnización de perjuicios cuando corresponda. El SERNAC, en tanto, podrá ejercer todas las facultades que le otorga las facultades que le otorga la ley, incluyendo requerir información, denunciar infracciones, iniciar Procedimientos Voluntarios Colectivos (PVC) o demandar colectivamente en defensa del interés general de las y los consumidores. En caso de querer ingresar un reclamo, se puede hacer directamente en SERNAC.cl, llamando gratuitamente al 800 700 100 o de manera presencial en las oficinas ubicadas en cada región del país. Es importante señalar que los dictámenes interpretativos de SERNAC se emiten a solicitud, en el ejercicio de sus facultades legales, con el objetivo de otorgar certeza jurídica y orientar tanto a las personas consumidoras como a los proveedores respecto de la correcta aplicación de la normativa vigente.
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por 102 votos a favor y uno en contra la Solicitud de Resolución N°1573, presentada por la diputada Javiera Morales Alvarado, que pide al Presidente de la República adoptar medidas urgentes para asegurar la ejecución efectiva del Plan de Zonas Rezagadas de Puerto Edén, ante su baja ejecución y serios problemas de implementación. La resolución pide al Ejecutivo adelantar la evaluación de medio término del plan por parte de la Subdere, introducir las modificaciones necesarias a su diseño y gobernanza, y asegurar íntegramente los recursos comprometidos, que alcanzan cerca de 22 mil millones de pesos destinados a obras fundamentales para esta localidad aislada de la comuna de Natales. Puerto Edén, comunidad mayoritariamente kawésqar y una de las localidades más aisladas del país, fue incorporada al Plan de Zonas Rezagadas tras años de demanda de sus habitantes. Sin embargo, según información entregada por la propia Subdere en la Comisión de Zonas Extremas, a cuatro años de iniciado el plan solo se ha ejecutado un 4%, poniendo en riesgo proyectos clave como electrificación, alcantarillado, conectividad digital y servicios básicos. Al respecto, la diputada Javiera Morales señaló que la aprobación de esta resolución “es una señal política clara: el Estado no puede seguir fallándole a Puerto Edén. Estamos hablando de derechos básicos, de justicia territorial y de una deuda histórica con una comunidad indígena que ha esperado demasiado”. La parlamentaria enfatizó además que la resolución cobra especial relevancia tras los cuestionamientos de probidad conocidos recientemente en torno a proyectos en la localidad, lo que ha profundizado la desconfianza de la comunidad y retrasado aún más la inversión comprometida. Con esta aprobación, la Cámara solicita formalmente al Presidente de la República instruir a la Subdere a corregir las fallas del plan, permitir mayor participación de actores con presencia territorial —como el municipio de Natales— y extender excepcionalmente los plazos de ejecución, evitando que los recursos se pierdan por razones administrativas. La diputada Morales recalcó que continuará fiscalizando el cumplimiento de esta resolución: “Puerto Edén no necesita más diagnósticos, necesita que el Estado cumpla. Vamos a seguir presionando hasta que las obras lleguen y el bienestar de las familias también”.