Una investigación desarrollada por personal especializado de la Sección OS-7 Punta Arenas de Carabineros, bajo la dirección de la Fiscalía Local de Punta Arenas, culminó con la detención de tres personas de nacionalidad colombiana, vinculadas al delito de tráfico ilícito de drogas, contemplado en el artículo 3° de la Ley N° 20.000. El trabajo investigativo permitió establecer el modus operandi de los principales involucrados, determinándose que desarrollaban actividades asociadas a la distribución de sustancias ilícitas mediante la modalidad de delivery, principalmente en las inmediaciones de la Escuela La Milagrosa, en la comuna de Punta Arenas. A partir de los antecedentes recopilados mediante diversas técnicas especiales de investigación contempladas en la Ley N° 20.000, se logró establecer la dinámica de funcionamiento de esta organización criminal, permitiendo al Ministerio Público gestionar las respectivas órdenes judiciales. De esta manera, durante la jornada de ayer se concretó un operativo antidroga, dando cumplimiento a una Orden de Entrada y Registro para un inmueble ubicado en la comuna de Punta Arenas. El procedimiento contó con el apoyo especializado de personal del G.O.P.E. Magallanes, Control de Orden Público (COP), Sección Centauro y Sección RPAS, quienes participaron en las distintas labores operativas desplegadas durante la intervención. Como resultado, fueron detenidas tres personas —dos mujeres y un hombre—, todas de nacionalidad colombiana. De ellas, dos mantenían situación migratoria irregular, mientras que la tercera registraba situación migratoria regular. Durante el procedimiento fueron incautados: Ø 1 kilo 55 gramos de marihuana, correspondiente a aproximadamente 1.055 dosis, avaluadas en $11.000.000. Ø 185 gramos de clorhidrato de cocaína, correspondientes a aproximadamente 185 dosis, avaluadas en $4.000.000. Ø $5.150.500 en dinero en efectivo. Ø 6 teléfonos celulares. De acuerdo con los antecedentes establecidos durante la investigación, parte importante de las sustancias ilícitas incautadas tendría como destino el abastecimiento de consumidores de la Región de Magallanes durante el período de Fiestas Patrias, evitando con ello que estas drogas fueran distribuidas y comercializadas en la comunidad. El procedimiento permitió además desarticular una asociación criminal que operaba en la Región de Magallanes, interrumpiendo una estructura destinada a la distribución de sustancias ilícitas mediante un sistema de entrega directa a consumidores.
En fallo unánime (causa rol 216-2026), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marcos Kusanovic, Caroline Turner y la abogada (i) Sintia Orellana– acogió el recurso, tras establecer que la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, no aplicó correctamente la lógica y las máximas de la experiencia al, por un lado, dar por acreditado la existencia de una organización dedicada al tráfico ilícito de drogas en la ciudad y, por otro, que no se probó que los condenados formaban parte de ella. “Que del estudio de los antecedentes se infiere que la sentencia examina los elementos de convicción ponderados a través de una exposición clara y completa, más no lógica y claramente obviando las máximas de la experiencia, ya que tal como se señala en el considerando precedente, se estableció la existencia de una agrupación dedicada al tráfico ilícito de drogas más no se logró inferir que los acusados formaran parte de esta, aunque se señala que en el caso de la condenada Loncomilla Rodríguez actúo ‘siguiendo en todo momento las órdenes de un sujeto llamado Jeremy en Santiago, y de uno llamado Dylan en Punta Arenas’”, consigna el fallo. La resolución agrega que: “Del mismo modo con respecto al acusado Ramos Fajardo, no hay explicación lógica del razonamiento de los jueces a quo relativos a su participación en el retiro de la droga y el porte de $1.600.000 en dinero en efectivo, hechos y circunstancias que se dieron por establecidos tanto en el considerando noveno como en el duodécimo del fallo recurrido, y que, conforme a lo dispuesto en el ya citado artículo 297 del Código Procesal Penal, se divisa una infracción a los principios de la lógica, de acuerdo a lo ya razonado”. “Que, consecuentemente, en mérito de lo precedentemente reflexionado, se hace ineludible concluir que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, cuya sentencia se impugna, ha incurrido, por ende, en la alegada supuesta infracción al artículo art 374 letra e) en relación con el art. 342 letra c) y 297 del Código Procesal Penal”, concluye. Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE el recurso de nulidad total interpuesto por el Ministerio Público en contra de la sentencia de fecha quince de junio de dos mil veinticinco, que condenó a Javiera Ignacia Loncomilla Rodríguez y Jorge Alberto Ramos Fajardo, como autores del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3°, en relación con el artículo 1° de la Ley N°20.000, acaecido el 18 de mayo de 2025, en la comuna de Punta Arenas sin considerar la agravante especial del artículo 19 letra a) de la Ley N°20.000, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, en causa RIT 45-2026, RUC 2500681900-4, la cual se invalida, conjuntamente con el juicio oral que le antecedió, retrotrayéndose los antecedentes al estado de realizarse un nuevo juicio oral, ante tribunal no inhabilitado”.
Una mujer de nacionalidad colombiana quedó en prisión preventiva luego de ser detenida por detectives de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado (Brianco) de la Policía de Investigaciones (PDI) de Punta Arenas, tras retirar una encomienda que contenía cerca de 3,8 kilos de clorhidrato de cocaína. La imputada, identificada como Lauren Borja Asprilla, de 28 años, fue aprehendida durante la tarde del lunes cuando acudió a una empresa de courier de la capital regional para retirar una caja enviada desde la Región Metropolitana. En el interior del paquete, los detectives encontraron cuatro envases que ocultaban la sustancia ilícita. Posteriormente, la droga fue sometida a pesaje, estableciéndose que correspondía a 3,8 kilos de clorhidrato de cocaína. De acuerdo con los antecedentes de la investigación, la sustancia tendría un valor comercial superior a los 76 millones de pesos, evitando así que fuera distribuida en la comuna de Punta Arenas. Durante la jornada de este martes, la mujer fue formalizada en el Juzgado de Garantía de Punta Arenas por el delito de tráfico ilícito de drogas. El fiscal Fernando Dobson explicó que el tribunal acogió la solicitud del Ministerio Público y decretó la medida cautelar de prisión preventiva debido a la gravedad de los hechos y al peligro que la imputada representa para la seguridad de la sociedad. “Fue formalizada por delito de tráfico ilícito de estupefacientes y se dispuso la medida cautelar de prisión preventiva dada precisamente la gravedad de los hechos y la gran cantidad de droga incautada. Estamos hablando de más de 70 millones de pesos en relación al valor comercial que podría tener esta sustancia puesta en circulación en la comuna”, señaló el persecutor. Asimismo, el fiscal indicó que las diligencias investigativas continúan para determinar si existen más personas involucradas en la operación. En ese contexto, explicó que este tipo de envíos requiere necesariamente coordinación entre distintos participantes. “Este tipo de hechos necesariamente implica la participación de dos o más personas. Por ello, el trabajo investigativo asociado a la incautación de teléfonos celulares y otros elementos tecnológicos busca establecer la dinámica de los hechos y detectar la posible existencia de otros integrantes de esta organización”, agregó. Según los antecedentes reunidos por la Fiscalía y la PDI, la droga había sido enviada desde la Región Metropolitana oculta al interior de una encomienda, modalidad que ha sido detectada en diversas oportunidades como mecanismo para intentar ingresar sustancias ilícitas a la Región de Magallanes. El tribunal fijó un plazo de 60 días para el desarrollo de la investigación. Por otra parte, desde el Gobierno se informó que los antecedentes del caso serán remitidos al Servicio Nacional de Migraciones con el objetivo de revisar la situación migratoria de la imputada y analizar los antecedentes vinculados a la obtención de su residencia en Chile, considerando que mantenía permanencia regular en el país desde el año 2024. Con esta incautación, la Fiscalía y la PDI destacaron que se evitó la comercialización de una importante cantidad de droga en Punta Arenas, reforzando las acciones de persecución penal y combate al narcotráfico en la Región de Magallanes.
Detectives del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de la PDI Punta Arenas concretaron la expulsión administrativa de una ciudadana colombiana de 36 años, quien cumplió condena en la región por infracción a la Ley de Drogas. El comisario Leonardo Alegría, jefe de la unidad, informó que la medida se ejecutó en virtud de una resolución emanada por el Servicio Nacional de Migraciones, luego de la condena dictada por el delito de tráfico ilícito de drogas, caso investigado por la Brigada Antinarcóticos de Punta Arenas. Los hechos se remontan a noviembre de 2019, cuando detectives antinarcóticos, junto a un ejemplar canino, detectaron a la mujer transportando sustancias ilícitas ocultas tras arribar en un vuelo comercial al aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas. En el procedimiento policial se incautaron 310 comprimidos de MDMA, conocida como “éxtasis”, además de 10 gramos de la droga sintética denominada “tusi”, siendo detenida por el delito flagrante de tráfico ilícito de drogas. La PDI informó que la expulsión se concretó mediante un vuelo chárter, en el marco del Plan de Control Migratorio, operativo que permitió además la expulsión de 80 ciudadanos de nacionalidad colombiana y boliviana.
Una investigación desarrollada por personal especializado de la Sección OS-7 Punta Arenas de Carabineros, bajo la dirección de la Fiscalía Local de Punta Arenas, culminó con la detención de tres personas de nacionalidad colombiana, vinculadas al delito de tráfico ilícito de drogas, contemplado en el artículo 3° de la Ley N° 20.000. El trabajo investigativo permitió establecer el modus operandi de los principales involucrados, determinándose que desarrollaban actividades asociadas a la distribución de sustancias ilícitas mediante la modalidad de delivery, principalmente en las inmediaciones de la Escuela La Milagrosa, en la comuna de Punta Arenas. A partir de los antecedentes recopilados mediante diversas técnicas especiales de investigación contempladas en la Ley N° 20.000, se logró establecer la dinámica de funcionamiento de esta organización criminal, permitiendo al Ministerio Público gestionar las respectivas órdenes judiciales. De esta manera, durante la jornada de ayer se concretó un operativo antidroga, dando cumplimiento a una Orden de Entrada y Registro para un inmueble ubicado en la comuna de Punta Arenas. El procedimiento contó con el apoyo especializado de personal del G.O.P.E. Magallanes, Control de Orden Público (COP), Sección Centauro y Sección RPAS, quienes participaron en las distintas labores operativas desplegadas durante la intervención. Como resultado, fueron detenidas tres personas —dos mujeres y un hombre—, todas de nacionalidad colombiana. De ellas, dos mantenían situación migratoria irregular, mientras que la tercera registraba situación migratoria regular. Durante el procedimiento fueron incautados: Ø 1 kilo 55 gramos de marihuana, correspondiente a aproximadamente 1.055 dosis, avaluadas en $11.000.000. Ø 185 gramos de clorhidrato de cocaína, correspondientes a aproximadamente 185 dosis, avaluadas en $4.000.000. Ø $5.150.500 en dinero en efectivo. Ø 6 teléfonos celulares. De acuerdo con los antecedentes establecidos durante la investigación, parte importante de las sustancias ilícitas incautadas tendría como destino el abastecimiento de consumidores de la Región de Magallanes durante el período de Fiestas Patrias, evitando con ello que estas drogas fueran distribuidas y comercializadas en la comunidad. El procedimiento permitió además desarticular una asociación criminal que operaba en la Región de Magallanes, interrumpiendo una estructura destinada a la distribución de sustancias ilícitas mediante un sistema de entrega directa a consumidores.
En fallo unánime (causa rol 216-2026), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marcos Kusanovic, Caroline Turner y la abogada (i) Sintia Orellana– acogió el recurso, tras establecer que la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, no aplicó correctamente la lógica y las máximas de la experiencia al, por un lado, dar por acreditado la existencia de una organización dedicada al tráfico ilícito de drogas en la ciudad y, por otro, que no se probó que los condenados formaban parte de ella. “Que del estudio de los antecedentes se infiere que la sentencia examina los elementos de convicción ponderados a través de una exposición clara y completa, más no lógica y claramente obviando las máximas de la experiencia, ya que tal como se señala en el considerando precedente, se estableció la existencia de una agrupación dedicada al tráfico ilícito de drogas más no se logró inferir que los acusados formaran parte de esta, aunque se señala que en el caso de la condenada Loncomilla Rodríguez actúo ‘siguiendo en todo momento las órdenes de un sujeto llamado Jeremy en Santiago, y de uno llamado Dylan en Punta Arenas’”, consigna el fallo. La resolución agrega que: “Del mismo modo con respecto al acusado Ramos Fajardo, no hay explicación lógica del razonamiento de los jueces a quo relativos a su participación en el retiro de la droga y el porte de $1.600.000 en dinero en efectivo, hechos y circunstancias que se dieron por establecidos tanto en el considerando noveno como en el duodécimo del fallo recurrido, y que, conforme a lo dispuesto en el ya citado artículo 297 del Código Procesal Penal, se divisa una infracción a los principios de la lógica, de acuerdo a lo ya razonado”. “Que, consecuentemente, en mérito de lo precedentemente reflexionado, se hace ineludible concluir que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, cuya sentencia se impugna, ha incurrido, por ende, en la alegada supuesta infracción al artículo art 374 letra e) en relación con el art. 342 letra c) y 297 del Código Procesal Penal”, concluye. Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE el recurso de nulidad total interpuesto por el Ministerio Público en contra de la sentencia de fecha quince de junio de dos mil veinticinco, que condenó a Javiera Ignacia Loncomilla Rodríguez y Jorge Alberto Ramos Fajardo, como autores del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3°, en relación con el artículo 1° de la Ley N°20.000, acaecido el 18 de mayo de 2025, en la comuna de Punta Arenas sin considerar la agravante especial del artículo 19 letra a) de la Ley N°20.000, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, en causa RIT 45-2026, RUC 2500681900-4, la cual se invalida, conjuntamente con el juicio oral que le antecedió, retrotrayéndose los antecedentes al estado de realizarse un nuevo juicio oral, ante tribunal no inhabilitado”.
Una mujer de nacionalidad colombiana quedó en prisión preventiva luego de ser detenida por detectives de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado (Brianco) de la Policía de Investigaciones (PDI) de Punta Arenas, tras retirar una encomienda que contenía cerca de 3,8 kilos de clorhidrato de cocaína. La imputada, identificada como Lauren Borja Asprilla, de 28 años, fue aprehendida durante la tarde del lunes cuando acudió a una empresa de courier de la capital regional para retirar una caja enviada desde la Región Metropolitana. En el interior del paquete, los detectives encontraron cuatro envases que ocultaban la sustancia ilícita. Posteriormente, la droga fue sometida a pesaje, estableciéndose que correspondía a 3,8 kilos de clorhidrato de cocaína. De acuerdo con los antecedentes de la investigación, la sustancia tendría un valor comercial superior a los 76 millones de pesos, evitando así que fuera distribuida en la comuna de Punta Arenas. Durante la jornada de este martes, la mujer fue formalizada en el Juzgado de Garantía de Punta Arenas por el delito de tráfico ilícito de drogas. El fiscal Fernando Dobson explicó que el tribunal acogió la solicitud del Ministerio Público y decretó la medida cautelar de prisión preventiva debido a la gravedad de los hechos y al peligro que la imputada representa para la seguridad de la sociedad. “Fue formalizada por delito de tráfico ilícito de estupefacientes y se dispuso la medida cautelar de prisión preventiva dada precisamente la gravedad de los hechos y la gran cantidad de droga incautada. Estamos hablando de más de 70 millones de pesos en relación al valor comercial que podría tener esta sustancia puesta en circulación en la comuna”, señaló el persecutor. Asimismo, el fiscal indicó que las diligencias investigativas continúan para determinar si existen más personas involucradas en la operación. En ese contexto, explicó que este tipo de envíos requiere necesariamente coordinación entre distintos participantes. “Este tipo de hechos necesariamente implica la participación de dos o más personas. Por ello, el trabajo investigativo asociado a la incautación de teléfonos celulares y otros elementos tecnológicos busca establecer la dinámica de los hechos y detectar la posible existencia de otros integrantes de esta organización”, agregó. Según los antecedentes reunidos por la Fiscalía y la PDI, la droga había sido enviada desde la Región Metropolitana oculta al interior de una encomienda, modalidad que ha sido detectada en diversas oportunidades como mecanismo para intentar ingresar sustancias ilícitas a la Región de Magallanes. El tribunal fijó un plazo de 60 días para el desarrollo de la investigación. Por otra parte, desde el Gobierno se informó que los antecedentes del caso serán remitidos al Servicio Nacional de Migraciones con el objetivo de revisar la situación migratoria de la imputada y analizar los antecedentes vinculados a la obtención de su residencia en Chile, considerando que mantenía permanencia regular en el país desde el año 2024. Con esta incautación, la Fiscalía y la PDI destacaron que se evitó la comercialización de una importante cantidad de droga en Punta Arenas, reforzando las acciones de persecución penal y combate al narcotráfico en la Región de Magallanes.
Detectives del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de la PDI Punta Arenas concretaron la expulsión administrativa de una ciudadana colombiana de 36 años, quien cumplió condena en la región por infracción a la Ley de Drogas. El comisario Leonardo Alegría, jefe de la unidad, informó que la medida se ejecutó en virtud de una resolución emanada por el Servicio Nacional de Migraciones, luego de la condena dictada por el delito de tráfico ilícito de drogas, caso investigado por la Brigada Antinarcóticos de Punta Arenas. Los hechos se remontan a noviembre de 2019, cuando detectives antinarcóticos, junto a un ejemplar canino, detectaron a la mujer transportando sustancias ilícitas ocultas tras arribar en un vuelo comercial al aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas. En el procedimiento policial se incautaron 310 comprimidos de MDMA, conocida como “éxtasis”, además de 10 gramos de la droga sintética denominada “tusi”, siendo detenida por el delito flagrante de tráfico ilícito de drogas. La PDI informó que la expulsión se concretó mediante un vuelo chárter, en el marco del Plan de Control Migratorio, operativo que permitió además la expulsión de 80 ciudadanos de nacionalidad colombiana y boliviana.