5 de mayo de 2011
La Corte de Apelaciones ratificó ayer, el fallo de primera instancia emitido por el Juzgado del Trabajo de Punta Arenas que resolvió a favor de la Corporación Municipal en la demanda presentada por un centenar de profesores que exigían un recálculo del pago del bono SAE (Subvención Adicional Especial) de los años 2007, 2008 y 2009.
El fallo de primera instancia señaló que la exigencia del pago del bono SAE del 2007 está prescrita dado que la demanda efectuada en julio de 2010 excede los dos años contemplados en la ley para acudir a los tribunales. En cuanto al bono SAE del 2008, la misma resolución concluye que éste fue debidamente cancelado por la Corporación Municipal y que en 2009 dicha institución no obtuvo excedentes y, por lo tanto, no corresponde el pago del bono en ese año, por lo que rechaza la demanda interpuesta por los actores, que en total alcanzaba un monto aproximado de 300 millones de pesos.
El fallo de la Corte de Apelaciones otorga validez a la fórmula de cálculo usada por la Corporación Municipal de Punta Arenas para determinar el pago de la mejora en las remuneraciones de los docentes. En este escenario, los demandantes sólo tienen la oportunidad de recurrir a un recurso de unificación de jurisprudencia.
El abogado de la Corporación Municipal de Punta Arenas, Hermes Hein, informó que los antecedentes se remitieron a la Asociación de Corporaciones Municipales y se invocarán como precedente en causas semejantes.
El afectado habría intentado defender a su hermana de una agresión cuando sufrió el brutal ataque.
El afectado habría intentado defender a su hermana de una agresión cuando sufrió el brutal ataque.