26 de junio de 2008
Con el propósito de no excluir de la posibilidad de ser elegido como alcalde a quienes presenten un certificado de validación de estudios para fines laborales, la Comisión de Gobierno, presidida por el senador Carlos Bianchi, iniciará el próximo martes el estudio de un proyecto que modifica la exigencia de haber cursado la enseñanza media para postular a una alcaldía.
La iniciativa fue presentada hace poco más de un mes por los senadores Carlos Bianchi, José García, Antonio Horvath, Roberto Muñoz Barra y Ricardo Núñez, con el propósito de precisar una disposición aprobada el año 2004 sobre los requisitos para postular a la jefatura comunal, la que se aplicaría a partir de las elecciones de octubre de este año.
El 17 de julio de 2004, se modificó la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades para resolver imperfecciones conceptuales que se presentaban en materia de acreditación de los requisitos para ser candidato en elecciones municipales, declaraciones de candidaturas y patrocinio, y cédulas electorales separadas.
De este modo, se estableció que para ser candidato a alcalde se deberá acreditar haber cursado la enseñanza media o su equivalente y cumplir con los demás requisitos señalados en la presente ley.
Sin embargo, a juicio de los autores de esta iniciativa, el requisito incorporado se presta para confusiones por cuanto no existe claridad sobre la situación en que se encuentran quienes cuentan con certificado de validación de estudios para fines laborales.
REFORMA CONSTITUCIONAL
Cabe recordar que ese mismo año comenzó a regir la reforma constitucional que hizo obligatoria y gratuita la enseñanza media. Por ello, tanto el Ejecutivo como el Congreso estimaron que las crecientes responsabilidades sobre las complejas materias que tenían que asumir los alcaldes requerían una mayor preparación de su parte.
No obstante, los parlamentarios sostienen que existen dudas sobre la validez de los certificados de validación de estudios con fines laborales, por lo que es necesario modificar la ley para evitar exclusiones.
Agregan, que el Decreto Exento Nº 2.272, del Ministerio de Educación, de 14 de noviembre de 2007 establece que se entiende por examen de equivalencia para fines laborales: el proceso a que deben sujetarse las personas mayores de 18 años que necesiten comprobar un determinado nivel de estudios de Educación General Básica o de Educación Media Humanístico-Científica para el sólo efecto de acceder al mundo laboral.
No obstante, sostienen los autores de la iniciativa, el Ministerio de Educación ha interpretado que la enseñanza media comprobada por esta vía no habilita para postular al cargo de alcalde por cuanto no se estaría acreditando haber cursado dicho nivel de estudios.
Si el examen de equivalencia habilita a una persona para acceder al mundo laboral no parece razonable que no permita acceder al cargo de alcalde ya que se trata de un trabajo que se ejerce en el sector público, advirtieron los legisladores.
El movimiento telúrico ocurrió a las 20:48 hora local, a 44 km al noreste de la ciudad y a una profundidad de 10 km.
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