3 de septiembre de 2024
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Jaime Álvarez Astete (presidente), Rosana Vidal Ojeda (redactora) y José Octavio Flores Vásquez– condenó al pago de las costas del juicio al Ministerio Público y a la querellante Instituto Nacional de Derechos Humanos, por resultar totalmente vencidos.
“En conclusión, del cúmulo de probanzas allegadas a juicio, no fue posible asentar, de acuerdo al estándar exigido por el legislador, la concurrencia de los presupuestos fácticos que permitieran estimar que el procedimiento policial realizado por los acusados derivó en agresiones o apremios ilegítimos que hubiesen afectado la integridad física y psíquica de C.A.V.G., lo que impidió al tribunal alcanzar la convicción necesaria para condenar. De manera que el ente persecutor y la querellante no pudieron desvirtuar la presunción de inocencia que ampara a los acusados, contemplada en el artículo 4° del Código Procesal Penal”, consigna el fallo.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 17:40 horas del 20 de octubre de 2019, “(…) mientras se desarrollaban manifestaciones en el contexto de la crisis social en Chile, en el centro de la ciudad de Punta Arenas, en las proximidades de las calles Carlos Bories con Waldo Seguel, sector Plaza de Armas, se encontraba el menor de edad, de iniciales C.A.V.G., de 11 años de edad, sin compañía de un adulto responsable, junto a su primo Nicolás y un amigo llamado Ricardo, instantes en los que los carros lanza aguas dispersaban a la multitud a la vez que arrojaban bombas lacrimógenas, momento en que el menor C.A.V.G. queda solo, siendo observado por los funcionarios de Carabineros Humberto Barría Soto y Alonso Zúñiga Vergara, quienes a fin de resguardar su integridad física, lo tomaron de ambos brazos y lo llevaron a la Prefectura de Carabineros ubicada en calle Waldo Seguel esquina Plaza de Armas de esta ciudad, donde lo dejan a cargo del personal policial que allí se encontraba, a fin de continuar con el correspondiente procedimiento por vulneración de derechos y seguir ellos con sus labores de control de orden y seguridad que se veían amenazados en ese momento.
Posteriormente, C.A.V.G. fue trasladado por funcionarios policiales a la Primera Comisaría de Punta Arenas, ubicada en la población 18 de Septiembre, desde donde lo llevaron a constatar lesiones al CESFAM 18 de Septiembre, recinto de salud en el cual fue revisado por un médico, quien consignó en el correspondiente Dato de Atención de Urgencia que el niño no presentaba lesiones. Luego de aquello, regresa a la Primera Comisaría de Punta Arenas, donde permanece en la sala especial de familia, en compañía de la funcionaria Valentina Henríquez, hasta que fue entregado a su madre a las 21.30 horas, quien recibió conforme y sin observaciones”.
El gremio de la construcción regional manifestó preocupación por los altos requisitos de experiencia exigidos y los retrasos en pagos que afectan especialmente a las empresas constructoras de Magallanes. El Jefe nacional del Registro se comprometió a trabajar en mejoras que consideren las particularidades de la región.
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