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21 de enero de 2021

ENERGÍA Y DESARROLLO SOCIAL DESTACARON NUEVA LEY QUE BENEFICIARÁ A MÁS DE 22 MIL PACIENTES ELECTRODEPENDIENTES

Luego de más de tres años de tramitación fue aprobada la llamada “Ley Lucas Riquelme”, que beneficiará a 22 mil pacientes que necesitan estar conectados a un dispositivo para vivir. Tras la reciente entrada en vigencia, el titular de Energía […]

ENERGÍA Y DESARROLLO SOCIAL DESTACARON NUEVA LEY QUE BENEFICIARÁ A MÁS DE 22 MIL PACIENTES ELECTRODEPENDIENTES

Luego de más de tres años de tramitación fue aprobada la llamada “Ley Lucas Riquelme”, que beneficiará a 22 mil pacientes que necesitan estar conectados a un dispositivo para vivir.
Tras la reciente entrada en vigencia, el titular de Energía Juan Carlos Jobet y su par de Desarrollo Social y Familia Karla Rubilar, presentaron los principales puntos que contiene la nueva legislación.
“Como Ministerio de Energía patrocinamos la moción parlamentaria que hoy ya es Ley de la República. Con esto, los pacientes que dependen de equipos eléctricos para vivir, están protegidos”, destacó el ministro del ramo.
«Muchos chilenos, por enfermedades, necesitan hospitalización domiciliaria y dependen de equipos que funcionan con electricidad. La ansiedad para ellos y sus cuidadores frente a un corte de energía es muy alta y necesitan una alternativa que les dé tranquilidad. Es su salud y calidad de vida la que está en juego”, explicó Jobet.

Por su parte, la ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar indicó que un corte de energía eléctrica “para la mayoría no pasa de ser una molestia, o un mal rato, para otros es mucho más que eso”. Es un problema de salud, pues su vida depende del buen funcionamiento de una máquina, son las llamadas personas electrodependientes. Lo que vimos fue la angustia de muchas familias y personas que sufrían día a día por estas interrupciones de energía que, por un lado, eran cada vez más prolongadas y, por otra parte, no se contaba con información precisa sobre la reposición de un suministro vital para ellos. Y como parlamentaria, en la época en que se tramitó la ley, esa situación me preocupó, y me preocupa aún más como Ministra de Desarrollo Social y Familia”.

ELECTRODEPENDIENTES EN MAGALLANES

En tanto, a nivel local, los Secretario Regionales de Energía de Magallanes, Nolberto Sáez y de Desarrollo Social y Familia, Liz Casanueva, hicieron lo propio reuniéndose para conocer en detalle los principales aspectos de los cuales se hace cargo la Ley de Electrodependientes.
En esta línea el SEREMI Sáez comentó que, a la fecha, existe a nivel país, un total de 5.196 pacientes electrodependientes inscritos y vigentes ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), mientras en el Magallanes las personas que se encuentran en esta condición son 68. De ellas 18 se registraron en la empresa EDELMAG y 50 en la SEC regional.

“Como ministerio y como Gobierno del Presidente Sebastián Piñera estamos muy contentos con este avance que viene a proteger y mejorar la calidad de vida de miles de pacientes de todo Chile que, junto a sus familias o cercanos, deben sobrellevar esta condición”, apuntó Sáez.

En este sentido, la SEREMI Casanueva junto a Sáez detallaron que las medidas que han estado informando las empresas para ir en ayuda de los hogares con este tipo de pacientes van desde un descuento en la cuenta de la luz, no corte de suministro por deuda, priorización en la reposición de suministro ante cortes de suministro hasta, la entrega en comodato, de equipos generadores o de respaldo.

Nuestro ministerio tiene un vínculo especial con esta nueva ley porque la ministra Rubilar fu diputada, junto a un grupo transversal de parlamentarios que impulsaron diversos cambios legales para proteger a estos pacientes a raíz de los frecuentes cortes de luz suscitados en el país. Este logro representa una mejor calidad de vida para más de 22 mil personas y también evidencia el compromiso de nuestros parlamentarios por el bien común”.

Finalmente, las autoridades magallánicas hicieron un llamado a todos quienes lo necesiten, a que se inscriban en la web de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles o de las empresas distribuidoras y acceder así, a importantes beneficios.

LA RUTA DE LA LEY
La historia legislativa de la ahora ley que buscaba dar protección a los electrodependientes ante cortes de luz, inició sus discusiones el año 2017.

Posteriormente, se concretó el primer acuerdo público privado –entre la agrupación, SEC y las Empresas Eléctricas- para entregar beneficios a los enfermos y sus familias.

En junio de 2018, a través de dos Decretos Supremos del Ministerio de Energía, se ampliaron los beneficios, incluyendo a las cooperativas eléctricas que atienden a personas de sectores rurales y alejados, con lo que se hace extensivo el beneficio al resto del país y ampliando el universo de personas. Se hizo público, además, el primer Registro Nacional de Pacientes Electrodependientes.

En términos generales, la nueva ley establece:

✔ “Son personas electrodependientes aquellas que para el tratamiento de la patología que padecen se encuentran en condición de hospitalización domiciliaria y necesitan permanecer conectadas físicamente, de forma continua o transitoria, a un elemento de uso médico y que requieren suministro eléctrico para su funcionamiento. Sin él, estarían en riesgo vital o de secuela funcional severa grave.
✔ Las empresas concesionarias del servicio público de distribución eléctrica deberán llevar un registro de personas electrodependientes con residencia en su respectiva zona de concesión.
✔ El incumplimiento de la obligación establecida en el inciso anterior se considerará una infracción gravísima que será sancionada de conformidad con las normas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
✔ Las empresas concesionarias ¿descontarán el consumo de energía? asociado al funcionamiento de los dispositivos de uso médico que requiera una persona electrodependiente.
✔ Para hacer efectiva la obligación establecida en el inciso anterior, las empresas concesionarias deberán incorporar entre el sistema de conexión central del domicilio y los dispositivos de uso médico, un mecanismo de medición de consumo de costo de la empresa, medición que deberá ser descontada del total mensual de consumo del domicilio”.

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