Punta Arenas,
0d48ec9d-a119-4787-8781-70de66845b73-medium-standard-q100.png

SALFA-1024X439-700x300-1
HIF_1920x1080 nuevo
HIF_250x250 nuevo
AGUAS MAGALLANES_336X336
AQUACHILE-336x336-NEGRO
EPA 336x336
Banner Punta Arenas (336 x 336 px)
SUPER-G-GIF
BANNER-PESCACHILE336X336
COVEPA 336X336PX
336x336 CONCREMAG
Tabsa-250_Tabsa24
PUBLICITEAQUI336X336
publicite aqui
RED SALUD 336x336
Banner Australis - 250 x 250_Mesa de trabajo 1 (1)
PUBLICITEAQUI336X336
CROSUR 250
3f97b5c0-2f70-4010-9e4d-64b713a9021a-small-standard-q100
BANNER-PESCACHILE336X336
CASINO-gif
14HOME-Logo-Jordan
publicite aqui
PUBLICITE AQUI 250x250
SANCHEZ MAMA
8HOME-BANNER-RECASUR-336X336
banner-dap_250x250
PUBLICITEAQUI336X336
publiciteaqui250x250

5 de febrero de 2025

CORTE DE PUNTA ARENAS RECHAZA RECURSOS DE PROTECCIÓN DE TRABAJADORES A CONTRATA DESVINCULADOS POR UNIVERSIDAD

Cuatro profesionales y dos auxiliares, a quienes la Universidad de Magallanes no les renovó las contratas para el presente año académico 2025. ​

corte

En fallos unánimes (causas roles 633-2024, 634-2024, 635-2024, 636-2024, 637-2024 y 638-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Caroline Turner González, la fiscal judicial Paula Stange Kahler y la abogada (i) Gustava Aguilar Moraga– desestimó la procedencia de los recursos al no contar los trabajadores con 5 años de antigüedad, para estar cubierto por el principio de confianza legítima. 

“Que, asentado lo anterior, se ha de indicar que, de lo referido por las partes, como de los antecedentes allegados por aquellas, se observa que el núcleo central del conflicto se traduce en la decisión de no renovar la contrata del actor para el año 2025, en esta orden de ideas, es preciso asentar que su cargo es a contrata y por tanto uno de naturaleza temporal la que es esencialmente transitoria, y que la actora no estaría cubierta por el principio de confianza legítima, no contando, por tanto, con los 5 años que se requieren para que opere el principio de acuerdo a la jurisprudencia y lo señalado por la Contraloría General de la República, atendida la fecha de incorporación mediante aquella modalidad en el año 2023”, consignan los fallos.

Las resoluciones agregan: “Que, de lo anteriormente expuesto, no se observa que, en el conflicto suscitado entre las partes, conste la existencia de un derecho indubitado, sino que se trata de una cuestión que requiere un pronunciamiento declarativo previo, en otra sede, ya sea ante la judicatura del Trabajo o de la Contraloría General de la República, por lo que actualmente no existen medidas o providencias necesarias y urgentes que adoptar por esta Corte en orden a reestablecer el imperio del derecho, sin que estén previamente determinados los derechos que asisten a las partes y que permitan analizar y establecer la existencia de una acción u omisión ilegal y/o arbitraria de la parte recurrida”.

“A mayor abundamiento, tampoco se observa la vulneración de derechos reclamada por el actor, desde que estuvo en conocimiento desde el momento de su contratación de la naturaleza del vínculo que lo unía con la recurrida y que, de conformidad a los artículos 3 y 10 de la ley 18.834 aquel vínculo llegaría irremediablemente a su fin salvo hayan operado las excepciones que contempla la misma norma y aquellas asentadas por la jurisprudencia, circunstancias que no ocurrieron en la especie”, concluyen.


salas-de-clases-scaled-800x483
Noticias
Relacionadas
Imprimir
AGUAS MAGALLANES_336X336

​Las dudas de los representantes comunales estuvieron centradas en las formas de financiamiento de la Política

​Las dudas de los representantes comunales estuvieron centradas en las formas de financiamiento de la Política

gorealcaldesmagallanes
nuestrospodcast
convenioslepmagallanes
336x336 CONCREMAG
Noticias
Destacadas

CROSUR 250
COVEPA MAYO_250x250PX
VILLA-AVERDE250-x-250-px
BANNER-PESCACHILE336X336
BLUMAR 336x336 GIF
Tabsa 250_Tabsa24
publicite aqui


documentalpuntaarenazo
CROSUR 336
Banner Punta Arenas (336 x 336 px)
RED SALUD 336x336
HIF_250x250 nuevo
AQUA-CHILE-250x250-1
Tabsa-250_Tabsa24
BLUMAR 336x336 GIF
HIF_250x250 nuevo
Banner Punta Arenas  (250 x 250 px)
7HOME-BANNER-HORARIO-MERCADO-336
VILA VERDE
banner-edelmag-2-1
banner-edelmag-2-1
26HOMED-banner-dap_336x336
COVEPA MAYO_250x250PX
SANCHEZ MAMA
SUPER-G-GIF
AGUAS MAGALLANES 336X336


Inauguración Panuelo
COVEPA MAYO_336X336PX
BANNER CORCORANEXPRES_336X336PX
EPA 336x336
santo tomas
13HOME-BANNER-PESCACHILE336X336
14HOME-Logo-Jordan
CASINO-gif
BLUMAR 336x336 GIF
publicite aqui
publicite aqui
publicite aquí
publicite aqui
PUBLICITE AQUI 250x250
Banner Australis - 250 x 250_Mesa de trabajo 1 (1)
f9afdf29-5748-4b40-98fa-d5252121a78f-small-standard-q100 (1)
RED SALUD 250x250
publiciteaqui250x250
PUBLICITEAQUI336X336
publicite aqui
publiciteaqui250x250
AQUA CHILE 336x336 (1)
SANCHEZ MAMA
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250


WhatsApp Image 2025-05-06 at 5
publicite aquí
publicite aquí
publicite aqui
PUBLICITEAQUI336X336
PUBLICITEAQUI336X336
logobn (1)
Bories #871 Piso 2, Punta Arenas - Chile [email protected] / [email protected] +56 61 2241417 / +56 61 2241909
logopolartv
960 AM Para toda la region 96.5 FM Punta Arenas y Porvenir 98.5 FM Puerto Natales
radiow (1)
Canal 2 Tv Abierta Analoga. Canal 38.1 - 38.2 Tv Digital Canal 28 Tv Red, Punta Arenas Canal 77 Tv Red, Puerto Natales Canal 41 Claro, Puenta Arenas
© Copyright 2022 RadioPolar.com Todos los derechos reservados.