19 de julio de 2024
Este miércoles, 17 de julio, se abrió la convocatoria para la recepción de antecedentes y observaciones respecto a los anteproyectos de 2 de los 12 reglamentos que formarán parte de la Ley 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP).
En ambos casos, el plazo máximo para enviar observaciones es hasta el 29 de agosto, y estas deben remitirse a través del portal: https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/ , página web en la que además ya están disponibles los documentos íntegros para que puedan ser revisados por la ciudadanía.
“La presentación de observaciones son muy importantes, ya que entregan la visión de la ciudadanía al trabajo del Ministerio, ayudando a dar sentido de pertenencia a las normas ambientales que regirán el nuevo servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas. Una vez recibidas se analizarán y se identificará su pertinencia para luego ser incorporados o no a los reglamentos”, explicó el Seremi del Medio Ambiente de Magallanes, Enrique Rebolledo Toro.
Anteproyecto de reglamento que fija las normas de conformación del Comité Científico Asesor
Uno de los reglamentos fijará las normas para la conformación de un comité científico asesor del SBAP, el cual tendrá carácter paritario y estará integrado por nueve miembros que serán representantes de instituciones académicas, científicas y de investigación, dedicadas al conocimiento y conservación de la biodiversidad.
El anteproyecto establece una serie de objetivos en línea de proporcionar asistencia al Servicio y al Ministerio del Medio Ambiente en cuanto a la entrega de antecedentes técnico-científicos ligados a la conservación de la biodiversidad.
Dentro de su conformación se establece que al menos seis de los integrantes del comité deberán desempeñarse en regiones distintas a la Metropolitana, con el objetivo de tener en consideración la representación de las distintas zonas geográficas del país, incluyendo las zonas extremas y territorios especiales. Además, se definen otros requisitos como su orgánica, obligaciones, condiciones de inhabilidad y ámbitos de acción del comité.
Anteproyecto de reglamento que regula los planes de Recuperación, Conservación y Gestión de Especies
Este reglamento establecerá el contenido y las disposiciones que regirán el procedimiento de elaboración e implementación de los Planes de Recuperación, Conservación y Gestión de Especies (Recoge), de plantas, algas, hongos y animales silvestres que hayan sido clasificadas como “En Peligro Crítico”, “En Peligro” o “Vulnerable”.
Los planes deberán ser elaborados, aprobados, implementaos y fiscalizados por el SBAP, y podrán estar dirigido a cada especie en particular o a grupos de especies cuando éstas presenten características similares.
Asimismo, el anteproyecto define, entre otros aspectos, contenidos generales con el que deberá contar cada Plan Recoge, como el diagnóstico del estado de la especie; determinación de hábitats; acciones de recuperación, conservación o gestión; metas; y estrategias de financiamiento.
El funcionario se mantiene en las filas de la Institución, pese a tener esta una política Libre de Discriminación y Acoso (LDA).
El funcionario se mantiene en las filas de la Institución, pese a tener esta una política Libre de Discriminación y Acoso (LDA).