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23 de octubre de 2023

TOP DE PUNTA ARENAS ABSUELVE A ACUSADO POR CULTIVO DE MARIHUANA DESTINADA AL CONSUMO PERSONAL

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas decretó hoy –lunes 23 de octubre– la absolución de José Alberto Araya Ojeda, acusado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de plantación, cultivo y cosecha de […]

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas decretó hoy –lunes 23 de octubre– la absolución de José Alberto Araya Ojeda, acusado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de plantación, cultivo y cosecha de marihuana.

En fallo dividido (causa rol 90-2023) el tribunal –integrado por los jueces Julio Álvarez Toro (presidente), Jaime Álvarez Astete (redactor) y Paula Stange Kahler–absolvió al acusado tras establecer que las 16 plantas de cannabis sativo descubiertas, en diversas fases de crecimiento, estaban destinadas para el consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo de Araya Ojeda y, en consecuencia, ordenó que se proceda a la devolución de las especies incautadas no sujetas a destrucción.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 11:30 horas del 4 de enero de 2023, la policía contaba con antecedentes de la existencia de un cultivo ilegal de marihuana, por lo que personal de Carabineros se constituyó en una parcela ubicada en el sector de Río Seco, comuna de Punta Arenas, a la cual hicieron ingreso autorizados por el propietario.

Procedimiento que permitió hallar una dependencia (bodega) contigua al dormitorio de Araya Ojeda, acondicionada para el cultivo indoor, equipada con dos carpas que mantenían 16 plantas del género cannabis sativa en proceso de crecimiento, de entre 12 y 115 centímetros de altura, sin contar con la autorización respectiva del SAG. Asimismo, se encontró e incautó una sustancia vegetal verdosa a granel en proceso de secado, la cual al ser analizada, dio positivo a la presencia de THC y corresponder a cannabis sativa 100% pura; además de una pesa digital.

El tribunal, tras ponderar tanto los testimonios como los informes presentados en el juicio, dio por acreditado que el acusado “(…) registra un consumo crónico de cannabis sativa desde hace muchos años, con una alta adicción a dicha sustancia y encontrarse sometido actualmente a un tratamiento, tanto médico como psicológico, para paliar los efectos de la abstinencia que se le produjeron con el hallazgo de la plantación de cannabis sativa que mantenía en su domicilio”.

La resolución agrega que: “Lo anterior da cuenta de que el acusado resulta ser un claro y alto consumidor de cannabis sativa, lo que justifica la plantación de dicha droga que fue hallada en su domicilio, por lo que su conducta, si bien típica en términos penales, resulta encontrarse justificada por nuestro ordenamiento jurídico, al haberse establecido con tales probanza que el hallazgo de las mismas, estaba destinada solamente a su consumo, personal, exclusivo y próximo en el tiempo, desplazando la presunción de antijuridicidad de la misma”.

Decisión acordada con el voto en contra del juez Álvarez Astete.

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