8 de octubre de 2014
LLAMADOS DE COBRANZA
Sr. Director Presente Con fecha 01 de octubre de 2014, la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, confirmó una sentencia de la I. Corte de Apelaciones de esta ciudad, en la que el Tribunal de Alzada Regional condenó a la Empresa […]

Sr. Director
Presente
Con fecha 01 de octubre de 2014, la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, confirmó una sentencia de la I. Corte de Apelaciones de esta ciudad, en la que el Tribunal de Alzada Regional condenó a la Empresa Socofín, dependiente del Banco Chile, para que se abstengan de continuar con las llamadas telefónicas que constantemente realizaban a un deudor, calificándolas a este tipo de reiteradas llamadas como atentatorios a los derechos fundamentales que ampara nuestra Constitución Política. En su fallo, la I. Corte de Punta Arenas, y en lo pertinente señaló: Que la existencia de la deuda de la recurrente con la recurrida fue planteada en la sede judicial respectiva, bajo el procedimiento que la ley prevé para dichos casos. De allí que la reiterada insistencia en cobrar en forma extrajudicial la misma por la vía telefónica, constituye el ejercicio abusivo de una facultad.
En efecto, si el objetivo de los llamados telefónicos es poner en noticias al deudor de su morosidad, ésta se logra con una de dichas comunicaciones, pero insistir reiteradamente en el mismo lenguaje resulta desproporcionado e intimidatorio, máxime si se ha contactado a la hija de la recurrente, como expone éste en su libelo.
Este ejercicio es el que resulta arbitrario y debe cesar, puesto que afecta la garantía de la integridad psíquica de la recurrente, por lo que el recurso será acogido, en razón de resultar vulnerada la garantía contemplada en el N° 1 del artículo 19 de la Carta Fundamental, tal como lo ha resuelto la Excma. Corte Suprema en fallo dictado en causa Rol N°4767-2013 de uno de Octubre de dos mil trece.
Para el mismo efecto se tiene presente que el recurrido ha reconocido las llamadas efectuadas al recurrente y su grupo familiar, específicamente a su hija mayor, según consta en el informe de fojas 25.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de los recursos de protección de veinticuatro de Junio de mil novecientos noventa y dos, y sus modificaciones, SE ACOGE el recurso de protección interpuesto a fojas 3, en contra de SOCOFIN S.A., y se ordena, para restablecer el imperio del Derecho, que la recurrida se abstenga de efectuar llamadas telefónicas al favorecido y a su grupo familiar, tanto al hogar, como a sus teléfonos personales o a su lugar de trabajo, con costas del recurso.
Como se señaló, el fallo antedicho fue ratificado por la Excma. Corte Suprema, de forma unánime por los ministros del máximo tribunal del país, caso que fue ampliamente difundido por los medios de prensa nacionales, y replicado en portales especializados en derecho.
Lamentablemente para los clientes de empresas bancarias, no ha sido el único caso que ha conocido nuestra I. Corte de Apelaciones local, recientemente fueron acogidos sendos recursos de protección, uno contra COPEUCH y otro contra SERBANC oportunidad en la cual los Ministros del Máximo tribunal de la región han señalado que, esas actuaciones de las empresas de cobranzas, entiéndase, llamar reiteradamente a un deudor, a su domicilio particular, a su lugar de trabajo o a familiares constituye una vulneración a los derechos y garantías que ampara nuestra constitución, ordenando que esas actuaciones ilegales y arbitrarias deben cesar.
Entendemos que el fallo de la I. Corte de esta ciudad, confirmado por la Excma. Corte Suprema asienta derechos respecto de los consumidores clientes deudores- quienes pueden recurrir de protección ante las Cortes de Apelaciones de nuestro País, evitando de esta forma un problema que atendida la situación económica de nuestro país viene lamentablemente incrementándose.
Saludos cordiales,
Robinson Quelin Álvarez
Abogado

La empresa tuvo representantes en “Magallanes 360”, donde fueron abordados temas claves para el futuro de la región austral. Además, la estatal continúa generando espacios de intercambio de experiencias laborales con estudiantes.
La empresa tuvo representantes en “Magallanes 360”, donde fueron abordados temas claves para el futuro de la región austral. Además, la estatal continúa generando espacios de intercambio de experiencias laborales con estudiantes.


