Punta Arenas,
0d48ec9d-a119-4787-8781-70de66845b73-medium-standard-q100.png

SALFA-1024X439-700x300-1
HIF_1920x1080 nuevo
HIF_250x250 nuevo
Aguas Magallanes
ACHS 336x336
EPA 336x336
Banner Punta Arenas (336 x 336 px)
SUPER-G-GIF
BANNER INACAP 336x336-01
COVEPA
PAX
Tabsa-250_Tabsa24
PUBLICITEAQUI336X336
publicite aqui
RED SALUD 336x336
Banner Australis - 250 x 250_Mesa de trabajo 1 (1)
PUBLICITEAQUI336X336
CROSUR
3f97b5c0-2f70-4010-9e4d-64b713a9021a-small-standard-q100
BANNER-PESCACHILE336X336
CASINO
14HOME-Logo-Jordan
INE 250
PUBLICITE AQUI 250x250
BANNER RADIO POLAR1 (2)
8HOME-BANNER-RECASUR-336X336
banner-dap_250x250
BANNER TARAGUI GIF
publiciteaqui250x250

8 de octubre de 2014

LLAMADOS DE COBRANZA

Sr. Director Presente Con fecha 01 de octubre de 2014, la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, confirmó una sentencia de la I. Corte de Apelaciones de esta ciudad, en la que el Tribunal de Alzada Regional condenó a la Empresa […]

LLAMADOS DE COBRANZA

Sr. Director
Presente

Con fecha 01 de octubre de 2014, la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, confirmó una sentencia de la I. Corte de Apelaciones de esta ciudad, en la que el Tribunal de Alzada Regional condenó a la Empresa Socofín, dependiente del Banco Chile, para que se abstengan de continuar con las llamadas telefónicas que constantemente realizaban a un deudor, calificándolas a este tipo de reiteradas llamadas como atentatorios a los derechos fundamentales que ampara nuestra Constitución Política. En su fallo, la I. Corte de Punta Arenas, y en lo pertinente señaló: Que la existencia de la deuda de la recurrente con la recurrida fue planteada en la sede judicial respectiva, bajo el procedimiento que la ley prevé para dichos casos. De allí que la reiterada insistencia en cobrar en forma extrajudicial la misma por la vía telefónica, constituye el ejercicio abusivo de una facultad.
En efecto, si el objetivo de los llamados telefónicos es poner en noticias al deudor de su morosidad, ésta se logra con una de dichas comunicaciones, pero insistir reiteradamente en el mismo lenguaje resulta desproporcionado e intimidatorio, máxime si se ha contactado a la hija de la recurrente, como expone éste en su libelo.
Este ejercicio es el que resulta arbitrario y debe cesar, puesto que afecta la garantía de la integridad psíquica de la recurrente, por lo que el recurso será acogido, en razón de resultar vulnerada la garantía contemplada en el N° 1 del artículo 19 de la Carta Fundamental, tal como lo ha resuelto la Excma. Corte Suprema en fallo dictado en causa Rol N°4767-2013 de uno de Octubre de dos mil trece.
Para el mismo efecto se tiene presente que el recurrido ha reconocido las llamadas efectuadas al recurrente y su grupo familiar, específicamente a su hija mayor, según consta en el informe de fojas 25.
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de los recursos de protección de veinticuatro de Junio de mil novecientos noventa y dos, y sus modificaciones, SE ACOGE el recurso de protección interpuesto a fojas 3, en contra de SOCOFIN S.A., y se ordena, para restablecer el imperio del Derecho, que la recurrida se abstenga de efectuar llamadas telefónicas al favorecido y a su grupo familiar, tanto al hogar, como a sus teléfonos personales o a su lugar de trabajo, con costas del recurso.
Como se señaló, el fallo antedicho fue ratificado por la Excma. Corte Suprema, de forma unánime por los ministros del máximo tribunal del país, caso que fue ampliamente difundido por los medios de prensa nacionales, y replicado en portales especializados en derecho.
Lamentablemente para los clientes de empresas bancarias, no ha sido el único caso que ha conocido nuestra I. Corte de Apelaciones local, recientemente fueron acogidos sendos recursos de protección, uno contra COPEUCH y otro contra SERBANC oportunidad en la cual los Ministros del Máximo tribunal de la región han señalado que, esas actuaciones de las empresas de cobranzas, entiéndase, llamar reiteradamente a un deudor, a su domicilio particular, a su lugar de trabajo o a familiares constituye una vulneración a los derechos y garantías que ampara nuestra constitución, ordenando que esas actuaciones ilegales y arbitrarias deben cesar.
Entendemos que el fallo de la I. Corte de esta ciudad, confirmado por la Excma. Corte Suprema asienta derechos respecto de los consumidores –clientes deudores- quienes pueden recurrir de protección ante las Cortes de Apelaciones de nuestro País, evitando de esta forma un problema que atendida la situación económica de nuestro país viene lamentablemente incrementándose.

Saludos cordiales,

Robinson Quelin Álvarez
Abogado

Forjadores Ambientales San José 1
Noticias
Relacionadas
Imprimir
Aguas Magallanes

​La empresa tuvo representantes en “Magallanes 360”, donde fueron abordados temas claves para el futuro de la región austral. Además, la estatal continúa generando espacios de intercambio de experiencias laborales con estudiantes.

​La empresa tuvo representantes en “Magallanes 360”, donde fueron abordados temas claves para el futuro de la región austral. Además, la estatal continúa generando espacios de intercambio de experiencias laborales con estudiantes.

En seminario empresarial, Enap expone principales desafíos energéticos
nuestrospodcast
CONCIERTO DE FIESTAS PATRIAS (1)
INE 336
Noticias
Destacadas

CROSUR
COVEPA
VILLA-AVERDE250-x-250-px
BANNER-PESCACHILE336X336
BLUMAR 336x336 GIF
BANNER TARAGUI GIF
ACHS 336x336


Seminario 2024 - Magallanes Puerto Sostenible (2)
CROSUR
Banner Punta Arenas (336 x 336 px)
RED SALUD 336x336
PAX
AQUA-CHILE-250x250-1
Tabsa-250_Tabsa24
BLUMAR 336x336 GIF
HIF_250x250 nuevo
Banner Punta Arenas  (250 x 250 px)
7HOME-BANNER-HORARIO-MERCADO-336
VILA VERDE
banner-edelmag-2-1
banner-edelmag-2-1
26HOMED-banner-dap_336x336
COVEPA
BANNER RADIO POLAR1 (2)
SUPER-G-GIF
Aguas Magallanes


karatejiyukan
BANNER INACAP 336x336-01
BANNER CORCORANEXPRES_336X336PX
EPA 336x336
santo tomas
13HOME-BANNER-PESCACHILE336X336
14HOME-Logo-Jordan
CASINO
BLUMAR 336x336 GIF
AQUA CHILE 336x336 (1)
publicite aqui
publicite aquí
publicite aqui
BANNER TARAGUI GIF
Banner Australis - 250 x 250_Mesa de trabajo 1 (1)
f9afdf29-5748-4b40-98fa-d5252121a78f-small-standard-q100 (1)
RED SALUD 250x250
BANNER INACAP 336x336-01
PUBLICITEAQUI336X336
publicite aqui
INE 250
PUBLICITE AQUI 250x250
BANNER RADIO POLAR1 (2)
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250
publiciteaqui250x250


Afiche Economías Creativas
publicite aquí
publicite aquí
publicite aqui
PUBLICITEAQUI336X336
PUBLICITEAQUI336X336
PUBLICITE AQUI 250x250
logobn (1)
Bories #871 Piso 2, Punta Arenas - Chile [email protected] / [email protected] +56 61 2241417 / +56 61 2241909
logopolartv
960 AM Para toda la region 96.5 FM Punta Arenas y Porvenir 98.5 FM Puerto Natales
radiow (1)
Canal 2 Tv Abierta Analoga. Canal 38.1 - 38.2 Tv Digital Canal 28 Tv Red, Punta Arenas Canal 77 Tv Red, Puerto Natales Canal 41 Claro, Puenta Arenas
© Copyright 2022 RadioPolar.com Todos los derechos reservados.