1 de enero de 2024
SUPEREDUC EMITE CIRCULAR PARA PROTEGER A ESTUDIANTES CON TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA EN EL CONTEXTO EDUCATIVO
Con la publicación de la Ley TEA, la Superintendencia de Educación lanzó una circular, dirigida a todos los establecimientos con Reconocimiento Oficial del Estado, que imparte instrucciones referidas a la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos […]

Con la publicación de la Ley TEA, la Superintendencia de Educación lanzó una circular, dirigida a todos los establecimientos con Reconocimiento Oficial del Estado, que imparte instrucciones referidas a la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de párvulos y estudiantes con Trastorno del Espectro Autista.
Este instrumento, que entrará en vigencia a partir del inicio del año escolar 2024, tiene como propósito asegurar el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes autistas, con el fin de que éstos logren los objetivos de aprendizaje, accedan a los apoyos requeridos y se desarrollen en concordancia con sus potencialidades.
“Constantemente estamos recibiendo llamados y denuncias relacionadas con el abordaje de estudiantes TEA en el contexto educativo y esta circular viene a responder las inquietudes y necesidades de los establecimientos y comunidades respecto del cumplimiento normativo en la atención y protección de derechos de personas con Trastorno del Espectro Autista”, señaló el superintendente de Educación, Mauricio Farías.
Entre los contenidos que aborda la circular, figuran dos grandes temas: derechos y bienes jurídicos que deben cumplir las entidades educativas y promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de los párvulos y estudiantes con este trastorno.
Sobre este último punto, se desprenden indicaciones sobre el diagnóstico para efectos educativos; obligaciones específicas en cuanto al acceso a la educación y al desarrollo de comunidades inclusivas; acerca de la aplicación de medidas disciplinarias; frente a situaciones de desregulación emocional y conductual e implementación de protocolo de respuesta y atención a situaciones desafiantes con niños, niñas y estudiantes en el espectro autista.
Además, se refiere a la concurrencia del padre, madre o tutor legal ante emergencias respecto de la integridad del párvulo o estudiante; sobre el deber de los establecimientos de proveer espacios educativos inclusivos sin violencia y sin discriminación; de la formación de funcionarios, profesionales, técnicos y auxiliares para actuar frente a descompensaciones emocionales y conductuales que puedan sufrir los párvulos y estudiantes; y respecto de la derivación a centros de salud para una detección temprana y oportuna del Trastorno del Espectro Autista.

Ministro: "Este año nosotros vamos a estar muy cerca del número de turistas que recibe Brasil, un país diez veces más grande que nosotros, por eso no cabe duda de que vamos más rápido que nuestros vecinos en esta materia".
Ministro: "Este año nosotros vamos a estar muy cerca del número de turistas que recibe Brasil, un país diez veces más grande que nosotros, por eso no cabe duda de que vamos más rápido que nuestros vecinos en esta materia".


