3 de abril de 2009
AL CLIMA DE VIOLENCIA QUE AFECTA A NUESTRA CIUDAD.
Los hechos de violencia se continúan presentando en nuestra calles. Agresiones, algunas de ellas con arma blanca, son de diaria ocurrencia, lo que hace que los vecinos se alarmen y se cree un clima de inseguridad, al que no nos […]
Los hechos de violencia se continúan presentando en nuestra calles. Agresiones, algunas de ellas con arma blanca, son de diaria ocurrencia, lo que hace que los vecinos se alarmen y se cree un clima de inseguridad, al que no nos podemos acostumbrar.
Pese a ello nuestros fríos indicadores nos mantienen en un nivel que, comparativamente con otras ciudades del país, no hacen aparecer como una ciudad segura. Los datos objetivos así lo indican, pero se trata de una comparación engañosa toda vez que se hace con ciudades y comunas a las que el flagelo de la delincuencia violenta llegó hace mucho tiempo.
A los puntarenenses, no nos puede eso servir de consuelo, y necesariamente la comparación la hacemos con lo que sucedía no hace muchos años en nuestros barrios, poblaciones y sector céntrico, donde se podía caminar a distintas horas sin temor.
Hoy se ha redoblado el pesonal policial, y el Plan Cuadrante y las cámaras de tele vigilancia, han demostrado su efectividad. No obstante, un porcentaje de nuestra población persevera por el camino de la violencia, y por momentos pareciera que hacen imperar la ley de la violencia en nuestras calles.
A este clima de violencia que anhelamos desterrar de nuestras calles, damos hoy nuestra Oveja Negra de Polar.
La Primera Sala tuvo por no presentado el requerimiento de una sociedad inmobiliaria que cuestionaba normas de la LGUC sobre afectaciones a utilidad pública y cesiones gratuitas, al advertir falta de certificado de gestión pendiente, inconsistencias en los preceptos impugnados, ausencia de antecedentes suficientes del juicio y falta de explicación clara sobre la incidencia decisiva de las normas cuestionadas.
La Primera Sala tuvo por no presentado el requerimiento de una sociedad inmobiliaria que cuestionaba normas de la LGUC sobre afectaciones a utilidad pública y cesiones gratuitas, al advertir falta de certificado de gestión pendiente, inconsistencias en los preceptos impugnados, ausencia de antecedentes suficientes del juicio y falta de explicación clara sobre la incidencia decisiva de las normas cuestionadas.





























































































































































