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11 de octubre de 2009

MULTAS DE HASTA $36 MILLONES ARRIESGAN PRESTADORES DE SALUD QUE EXIJAN CHEQUES EN GARANTÍA O DINERO EN EFECTIVO

Multas que fluctúan entre los $360 mil y los $36 millones, y sanciones administrativas como la eliminación del registro de prestadores institucionales acreditados, contempla el veto enviado por la Presidenta Michelle Bachelet, al proyecto que prohíbe condicionar la atención médica […]

Multas que fluctúan entre los $360 mil y los $36 millones, y sanciones administrativas como la eliminación del registro de prestadores institucionales acreditados, contempla el veto enviado por la Presidenta Michelle Bachelet, al proyecto que prohíbe condicionar la atención médica a la entrega de un cheque en garantía o de dinero en efectivo.

Cabe recordar que el pasado 30 de julio el Congreso aprobó y despachó al Ejecutivo para su promulgación como ley, una iniciativa presentada por los senadores Guido Girardi, José Antonio Gómez, Alejandro Navarro, Carlos Ominami y Mariano Ruiz-Esquide que prohibía exigir cheque o dinero antes de prestar atención de salud.

No obstante, no se contemplaron ni sanciones ni medidas fiscalizadoras en contra de quienes no cumplieran con la ley, por lo que la Mandataria utilizó el mecanismo de vetar el proyecto a objeto de incorporar disposiciones en esa línea.

De este modo, el veto que deberá ser estudiado por la Comisión de Salud del Senado, le entrega la misión de fiscalizar el cumplimiento de esta ley a la Superintendencia de Salud, por medio de la Intendencia de Prestadores. Esto, pues se quiere evitar la judicialización de una materia que requiere de soluciones inmediatas en vez de un largo proceso judicial.

SANCIONES

Según lo expresa el veto del Ejecutivo, para facilitar el acceso a las prestaciones de salud, es necesario que las sanciones sirvan como un elemento disuasivo suficiente y, de esta manera, se termine con la exigencia de dinero en efectivo o cheque en garantía.

De este modo se establece una multa a los infractores que va desde las 10 hasta las 1.000 UTM, es decir entre $360 y $36 millones aproximadamente, dependiendo de la gravedad de la situación en que se exigió un documento o dinero en efectivo en garantía.

Pero además, y con el propósito de desincentivar la infracción de estas disposiciones, se agregan sanciones administrativas que, sin afectar directamente el patrimonio del infractor, pueden afectar su imagen o prestigio.

En tal sentido, para los prestadores institucionales, como clínicas u hospitales se establece la posibilidad de sancionarlos con la eliminación del registro de prestadores institucionales acreditados, y para las personas naturales, se dispone la posibilidad de sancionarlos con la suspensión del otorgamiento de Garantías Explícitas en Salud, hasta por 180 días a través de Fonasa o Isapres y con la suspensión para otorgar prestaciones en la modalidad de libre elección de Fonasa.

Para los casos en que se reincida en la infracción dentro de un plazo de un año, se podrán duplicar y hasta cuadriplicar la primera multa aplicada.

Asimismo, se establece como obligación para la Superintendencia de Salud, generar un sistema de atención continuo y expedito de reclamos por incumplimiento de las normas dispuestas.

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