2 de junio de 2010
Por unanimidad, este martes se absolvió a una joven estudiante universitaria de nuestra ciudad, de la acusación formulada en su contra en cuanto a ser la eventual autora del delito de aborto, decisión adoptada en atención a que en concepto del Tribunal, el Ministerio Público con los señalados medios de prueba incorporados, no logró formar convicción, más allá de toda duda razonable, acerca de la efectividad de los presupuestos fácticos de su acusación, en particular de la circunstancia que las tabletas o píldoras que ingirió la imputada, vía vaginal y oral, previo a concurrir para ser atendida en la Clínica de Magallanes, constituya un medicamento de reconocidas consecuencias abortivas.
En efecto, sin que exista certeza acerca de la composición y naturaleza de las pastillas que fueran encontradas en la cavidad vaginal de la imputada, el día de los hechos, no resultó posible establecer en los términos señalados, el carácter abortivo de las mismas.
La audiencia de comunicación de fallo se llevará a cabo el día viernes 4 de junio de 2010, a las 16:00 horas.
En fallo unánime (causa rol 72-2025), el tribunal condenó, además, Hernández Estefó a las penas de 819 y 301 días de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de violación de morada violenta y daños simples, respectivamente.
En fallo unánime (causa rol 72-2025), el tribunal condenó, además, Hernández Estefó a las penas de 819 y 301 días de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de violación de morada violenta y daños simples, respectivamente.