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1 de agosto de 2023

APRUEBAN EN GENERAL PROYECTO PARA CREAR ESTATUTO DE PROTECCIÓN DE PERIODISTAS Y COMUNICADORES

La Cámara de Diputados y Diputadas aprobó en general un proyecto que busca consagrar el deber estatal de promover la seguridad de periodistas y personas trabajadoras de las comunicaciones, por medio de la creación de un estatuto de protección. La propuesta contó con […]

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La Cámara de Diputados y Diputadas aprobó en general un proyecto que busca consagrar el deber estatal de promover la seguridad de periodistas y personas trabajadoras de las comunicaciones, por medio de la creación de un estatuto de protección.

La propuesta contó con 77 votos a favor, 24 en contra y 25 abstenciones. Pero, por ser objeto de indicaciones, retornará a la Comisión de Cultura para un nuevo informe.

La iniciativa busca prevenir hechos de violencia en contra de periodistas y trabajadores de las comunicaciones, en razón de su labor comunicacional. Además, pretende proteger y garantizar su seguridad, libertad e integridad. Asimismo, promueve medidas de investigación, sanción y reparación, entre otros variados objetivos.

Entre sus lineamientos, describe lo que se entenderá por periodistas, restringiéndolas a quienes hayan obtenido un título universitario. En tanto, las/os trabajadoras/es de las comunicaciones son las personas cuya actividad principal es la recopilación, tratamiento y difusión de información al público, por cualquier medio de comunicación, tanto online como offline.

En esa línea, se incluye a reporteros/as, camarógrafos/as, fotógrafos/as, al personal de apoyo técnico, comunicadores sociales y comunitarios. También a choferes e intérpretes, revisores, traductores, editores, productores, difusores y distribuidores. Lo anterior, sin que signifique, necesariamente, que la persona cuente con un título profesional o equivalente. De igual modo, se incluye a estudiantes de periodismo en práctica profesional, como egresados de la carrera.

Por otra parte, integra una norma relacionada al Código del Trabajo, para quienes ejerzan labores, tanto con contrato o de manera independiente.

Agresiones

El concepto de agresión se define como cualquier acto que atente contra la vida, integridad física, psíquica y sexual de las y los periodistas y las personas trabajadoras de las comunicaciones en el ejercicio de su labor comunicacional.

Entre ellas, se consideran las desapariciones forzadas, los homicidios, secuestros, toma de rehenes, torturas y apremios ilegítimos. Igualmente, violencia física, intimidación, amenazas, detenciones ilegales y/o arbitrarias y ataques discriminatorios.

Además, el texto contempla la censura, violación de las comunicaciones, espionaje, vigilancia ilegal, toda forma de violencia sexual, entre otras, que puedan significar menoscabo.

En caso de que los hechos revistan carácter de delito, será competencia del Ministerio Público su investigación. En caso de haber funcionarios públicos involucrados, se iniciará una investigación sumaria o sumario administrativo.

Seguridad de periodistas y trabajadores de las comunicaciones

El texto establece el derecho a la vida, buen trato y a la protección contra las agresiones. El Estado deberá prevenir las agresiones, evaluando las amenazas surgidas en contextos sociohistóricos o en discursos que estigmaticen y criminalicen a periodistas y comunicadores.

En tanto, en situaciones de tensiones internas y/o conflicto armado no internacional, deberán crearse mecanismos de protección de la información de medios alternativos y redes sociales. También serán sancionadas las restricciones desproporcionadas en el lugar de los hechos o expulsión de este. Tampoco el Estado podrá prohibir, censurar o criminalizar las trasmisiones en directo.

Asimismo, se establecen otras obligaciones para el Estado, como prevenir la violencia contra periodistas y comunicadores. Así también respetar el derecho de sus fuentes de información y asegurar el acceso a la información estatal.

Por otra parte, se propone la protección de las familias de trabajadores en riesgo y la obligación de resguardar a comunicadores que investigan el crimen organizado u otros temas de interés público. En el contexto de conflictos armados no internacionales, los comunicadores deberán ser salvaguardados en sus derechos en calidad de civiles.

Paralelamente, se promueve la protección de trabajadores/as de las comunicaciones, mujeres, diversidades y disidencias de sexo y de género. Y, por otra parte, se fija el deber para el Estado de erradicar la violencia y actuar con diligencia para prevenirla, investigarla y sancionarla.

En otro ámbito, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) deberá registrar los hechos denunciados por periodistas y personas trabajadoras de las comunicaciones. Asimismo, deberá alertar a las instituciones que correspondan, cuando haya indicios de eventuales agresiones.

Estatuto de protección

Luego del informe de la diputada Nathalie Castillo (PC), entregado el lunes 19 de junio, intervinieron Lorena Fries (PCS), Johannes Kaiser (IND), Claudia Mix (Comunes), Daniel Lilayu (UDI) y María Candelaria Acevedo (PC). Mientras que, en sesiones posteriores participaron Flor Weisse (UDI), Viviana Delgado (IND), Andrés Giordano (IND), Matías Ramírez (PC), Leonidas Romero (IND), Daniela Serrano (PC), Gustavo Benavente (UDI), Lorena Pizarro (PC), Álvaro Carter (UDI), Luis Alberto Cuello (PC), Hernán Palma (IND) y Mauricio Ojeda (IND).

La autora de la propuesta original, la diputada Castillo, explicó que este estatuto de protección obedece a una ley modelo que promueve la Unesco. Recoge estándares internacionales respecto a la protección de las y los periodistas y comunicadores. Agregó que en la discusión del proyecto participaron diversas organizaciones, sindicatos, academia y representantes de distintos medios de comunicación.

En su mayoría, se valoró la protección estatal a periodistas y comunicadores, teniendo como fundamento la libertad de expresión como derecho humano en democracia. La idea es evitar hechos como el asesinato de José “Pepe” Carrasco, en dictadura, y de Francisca Sandoval, baleada cuando se encontraba reporteando la marcha del Día del trabajador.

También, impedir escuchas telefónicas a periodistas y agresiones y detenciones ilegales a camarógrafos que cubren manifestaciones. A su vez, se mencionó que se protege a familiares de periodistas que son víctimas de amedrentamiento.

Sin embargo, algunos diputados de oposición dijeron no estar de acuerdo con una categoría especial de protección. Sostuvieron que esta ley se aleja del derecho a emitir opiniones y establece una discriminación respecto de otros ciudadanos. Por otra parte, estimaron que no está demostrado un riesgo mayor, como ocurre, por ejemplo, con Carabineros.

Por su parte, la ministra vocera de Gobierno, Camila Vallejo, dijo que el Ejecutivo patrocinará el proyecto porque es fundamental para “profundizar la democracia”. En ese sentido, destacó el marco normativo de protección y señaló que es una medida necesaria que implementa instrumentos internacionales relevantes.

Fuente: biobiochile.cl

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