25 de noviembre de 2014
En tribunales se conoció la sustitución de la pena que se había impuesto al ciudadano argentino Pablo Andrés Gómez de 5 años de presidio por tráfico de drogas por la de Expulsión del país, lo que había solicitado la defensa del acusado Cristián Opazo Aguilera. A pesar de la oposición del fiscal Oliver Rammsy, los jueces determinaron la medida de expulsión.
Se establece en la resolución que Pablo Gómez no podrá regresar al territorio nacional en un plazo de 10 años, contados desde la fecha de la sustitución y por lo tanto en el caso que el sentenciado regrese al territorio nacional dentro del plazo señalado precedentemente, se procederá a la revocación de la expulsión debiendo cumplir el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta.
Además al imputado se le asignó una multa de 10 unidades tributarias mensuales, para lo cual tiene plazo hasta el 28 de abril del 2015 y por lo tanto es posible determinar la acción señalada de expulsión. Resultaría improcedente condicionar la pena sustitutiva de expulsión del territorio nacional al pago de la multa que como se sabe se trata de una norma excepcional.
El recinto de salud fue notificado por la empresa acreditadora sobre su reacreditación, proceso de evaluación que se realizó durante el mes de marzo y octubre del presente año.
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