5 de enero de 2015
GOBERNADOR JOSÉ RUIZ RESALTA FIRMA DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE ELECCIÓN DE INTENDENTES
El gobernador de la provincia de Última Esperanza, José Ruiz Santana, destaca el proyecto de reforma constitucional que establece la elección directa del órgano ejecutivo del Gobierno Regional, es decir, de los intendentes; el cual fue firmado en Puerto Montt […]

El gobernador de la provincia de Última Esperanza, José Ruiz Santana, destaca el proyecto de reforma constitucional que establece la elección directa del órgano ejecutivo del Gobierno Regional, es decir, de los intendentes; el cual fue firmado en Puerto Montt por la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, quien estuvo acompañada del ministro de Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Peñailillo; del ministro de Hacienda, Alberto Arenas; por el ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes; la ministra del Sernam, Claudia Pascual y el intendente de Los Lagos, Nofal Abud.
Para el gobernador José Ruiz, estas elecciones fortalecerán aún más la democracia, la descentralización del país y las regiones tendrán mayor poder de definición en los proyectos e iniciativas que favorezcan sus territorios.
El mecanismo empleado para la elección de las máximas autoridades regionales, sería el sufragio universal en votación directa, con posibilidad de pasar a segunda vuelta, ya que se requerirá una mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos. Respecto a la duración del mandato, éste sería de 4 años con posibilidad de reelección.
El Gobierno espera que esta ley esté operativa en 2017, de tal manera que a partir de ese año la ciudadanía escoja a sus autoridades regionales.
Comisión Evaluadora y entidad licitante actuaron conforme a las bases y la normativa aplicable. Oferta de actora fue correctamente declarada inadmisible. La actora presentó un Anexo N°5 con porcentajes variables de incentivo por ventas, lo cual era inconsistente con el formato establecido en las bases de licitación. Rechaza impugnación y valida actuación municipal en proceso de adjudicación
Comisión Evaluadora y entidad licitante actuaron conforme a las bases y la normativa aplicable. Oferta de actora fue correctamente declarada inadmisible. La actora presentó un Anexo N°5 con porcentajes variables de incentivo por ventas, lo cual era inconsistente con el formato establecido en las bases de licitación. Rechaza impugnación y valida actuación municipal en proceso de adjudicación










































































































































































