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12 de febrero de 2023

IVA A LOS SERVICIOS: ¿PODRÁ SEGUIR AUMENTANDO EL COSTO PARA LOS CLIENTES?

Pablo Peña, docente de la Escuela de Ciencias Sociales de la Universidad de O’Higgins (UOH), se refiere a los ruidos que generaría, a mediano plazo, la implementación de esta reforma. Desde el 1 de enero de 2023, con la entrada […]

IVA A LOS SERVICIOS: ¿PODRÁ SEGUIR AUMENTANDO EL COSTO PARA LOS CLIENTES?

Pablo Peña, docente de la Escuela de Ciencias Sociales de la Universidad de O’Higgins (UOH), se refiere a los ruidos que generaría, a mediano plazo, la implementación de esta reforma.

Desde el 1 de enero de 2023, con la entrada en vigencia de la Ley 21.420, todos los servicios se encuentran afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Chile. Así, las prestaciones de servicios, que hasta antes de la Ley no debían pagar IVA, quedaron afectas al impuesto, debiendo cumplir con la obligación de agregar un 19% a su valor y emitir la documentación tributaria correspondiente, entre otros temas.

La eliminación de la exención del IVA a los servicios se determinó como una de las fuentes de financiamiento para la Pensión Garantizada Universal (PGU), aporte económico que llega a los adultos mayores.

Para el economista y docente de la Escuela de Ciencias Sociales de la UOH, Pablo Peña, desde el punto de vista tributario, lo que pretende esta reforma es básicamente recaudar más. “Desde lo económico, va a generar varios impactos, como el encarecimiento de varios servicios. El diseño de la reforma, tal como se ha planteado por parte del SII, va a permitir una transición, donde algunos servicios van a mantener la exención tributaria, como servicios de salud, educación y transporte, pero en el resto aumentará el costo y afectará a las personas».

Entre los servicios que ahora pagan el IVA están algunas actividades de producción audiovisual, servicios informáticos, portales web, servicios veterinarios y actividades de organizaciones religiosas, sólo por nombrar algunas.

El SII remarcó que la Ley mantuvo vigentes las exenciones que ya existían para las personas naturales que emiten boletas de honorarios, quienes no tendrán ningún cambio en su operación, y para los demás servicios, ya exentos en la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios, por ejemplo, el transporte de pasajeros (urbano, interurbano, interprovincial y rural, entre otros) y educación (colegios, jardines, universidades, entre otros).

Adicionalmente, la nueva Ley exime de IVA a los servicios ambulatorios de salud (consultas médicas, odontológicas, psicólogos, psiquiatras, kinesiólogos, imagenología, entre otros) y los ingresos de las sociedades de profesionales.

«Es probable que más adelante existan otros ajustes y veremos cómo seguirán cambiando los precios. Es probable que los costos aumenten, no sabemos en qué medida, pero es muy probable que sea en el mediano plazo para todos los servicios. Además, como habrá servicios que no puedan atenerse a la exención, también hay un aumento en la informalidad en los servicios de menor valor agregado, lo que sería otro efecto a generarse», agregó Peña.

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