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2 de julio de 2013

MUNICIPALIDAD DE NATALES INFORMA SOBRE LA NUEVA LEY DEL MONO Y REGULARIZACIÓN DE AMPLIACIONES DE VIVIENDAS

La Ilustre Municipalidad de Natales, está informando a todos los vecinos de la comuna, quienes han manifestado su inquietud para la regularización de sus viviendas, principalmente de autoconstrucción, que con fecha de 8 de Junio del presente año fue publicada […]

La Ilustre Municipalidad de Natales, está informando a todos los vecinos de la comuna, quienes han manifestado su inquietud para la regularización de sus viviendas, principalmente de autoconstrucción, que con fecha de 8 de Junio del presente año fue publicada en el diario oficial la promulgación de una nueva Ley del Mono, que se decretó bajo el nombre de Ley N°20.671, y cuyo propósito es renovar y modificar los beneficios existentes en la anterior normativa de este tipo, la ley N°21.251.

Luego de que la anterior normativa de este tipo terminara su vigencia en Marzo del 2011, desde el pasado 8 de Junio del año en curso, se reactiva una nueva modalidad de la denominada “Ley del Mono”. La iniciativa fue aprobada luego de casi 2 años de tramitación en la Cámara de Diputado y del Senado, la que considera como principal características la exigencia de distintos requisitos para la regularización de ampliaciones realizadas en Viviendas Sociales, dependiendo de la superficie ampliada y en qué nivel sean construidos, según lo siguiente:

Ampliación hasta 25 m2, en primer piso.-
Para edificaciones en Primer Piso y menores a 25 m2 de superficie ampliada sólo le serán exigibles los siguientes requisitos normativos:
– No estar emplazado en zonas de riesgo o protección, en franjas declaradas de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público.
– No tener reclamaciones pendientes por incumplimiento de normativa en la Dirección de Obras o en el Juzgado de Policía Local respectivo.
– Cumplir con las condiciones de habitabilidad, seguridad, estabilidad y de las instalaciones interiores establecidas en la normativa vigente.

Los requisitos para estas ampliaciones menores a 25 m2 son:
– Solicitud de Permiso y Recepción simultánea.
– Declaración Simple del propietario, señalando ser el propietario del inmueble y que la ampliación cumple con las condiciones de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores.
– Especificaciones Técnicas resumidas de la ampliación.
– Plano esquemático de la ampliación, que grafique la planta y el perfil de la construcción, indicando las medidas y la superficie a regularizar. Para ampliaciones menores a 25 m2 no se requiere de arquitecto.

Ampliaciones en Segundo Piso o mayores a 25 m2.
Los requisitos para este tipo de ampliaciones, que sean edificadas en pisos superiores o que cuenten con una superficie mayor a los 25 m2, serán los mismos indicados anteriormente, pero los planos deberán contar con el patrocinio de un Arquitecto o contar con un Informe favorable de inspección emitido por la Dirección de Obras respectiva.

Plazos de Revisión:
La municipalidad tendrá 90 días para revisar los expedientes y la documentación entregada, en cuyo plazo deberá otorgar la respectiva autorización, mediante la emisión de un Certificado de Permiso y Recepción Simultánea.

Pago de Derechos Municipales:
Las ampliaciones que se regularicen bajo esta ley quedan exentas de todo pago referido a derechos municipales.

Vigencia de la Ley:
La Ley 20.671 tendrá una vigencia de 2 años desde su promulgación, es decir, se mantendrá vigente hasta el 8 de Junio de 2015.

Ante la preocupación y lo que significa este importante beneficio para los vecinos de la comuna, que en reiteradas ocasiones les fueron manifestadas al Alcalde de la comuna, Fernando Paredes Mansilla, hace un llamado para que aprovechen la instancia y beneficio que dicha Ley les entrega, para más información los interesados pueden acercarse hasta el Departamento de Obras ubicado en el edificio público ubicado en Señoret 361, ubicado en el tercer piso.
Juan Ojeda.

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