30 de mayo de 2014
OVEJA BLANCA A LA COMUNA DE PUERTO NATALES AL CUMPLIR 103 AÑOS DE EXISTENCIA
Puerto Natales está considerada como la capital del turismo, lo que la convierte en una de las comunas más importantes de la región, más aún porque es paso obligado hacia las Torres del Paine, la octava maravilla del mundo. Esta […]
Puerto Natales está considerada como la capital del turismo, lo que la convierte en una de las comunas más importantes de la región, más aún porque es paso obligado hacia las Torres del Paine, la octava maravilla del mundo.
Esta comuna está de aniversario cumpliendo 103 años de existencia y como tal, durante el mes de mayo han realizado diversas actividades para realzar este significativo hecho.
El Municipio de Natales, con su alcalde Fernando Paredes se encargó de organizar las actividades, haciendo partícipe a todos los habitantes de la región.
Con el eslogan Natales, donde se cruzan los vientos se realizaron Desfile de Modas, corrida nocturna, un show artístico masivo, fiesta popular, carnavalito para los más pequeños y un carnaval con carros alegórico para los más grandes, cerrando las actividades con un gran show artístico internacional y los infaltables fuegos artificiales.
Hoy a cada uno de los habitantes de la pujante comuna de Puerto Natales los reconocemos con la Oveja Blanca de Polar.
La Primera Sala tuvo por no presentado el requerimiento de una sociedad inmobiliaria que cuestionaba normas de la LGUC sobre afectaciones a utilidad pública y cesiones gratuitas, al advertir falta de certificado de gestión pendiente, inconsistencias en los preceptos impugnados, ausencia de antecedentes suficientes del juicio y falta de explicación clara sobre la incidencia decisiva de las normas cuestionadas.
La Primera Sala tuvo por no presentado el requerimiento de una sociedad inmobiliaria que cuestionaba normas de la LGUC sobre afectaciones a utilidad pública y cesiones gratuitas, al advertir falta de certificado de gestión pendiente, inconsistencias en los preceptos impugnados, ausencia de antecedentes suficientes del juicio y falta de explicación clara sobre la incidencia decisiva de las normas cuestionadas.





























































































































































