26 de abril de 2021
La abogada Tatiana Vásquez Barrientos, señaló que el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, declaró admisible la querella interpuesta contra los 83 electores que fueron excluidos del Padrón Electoral de la comuna de Río Verde, con fecha 25 de Abril, por sentencia inapelable del Tribunal Electoral de Elecciones, remitiéndose los antecedentes al Ministerio Público.
Dentro de las diligencias que se solicitan en la querella es que se cite a declarar a la candidata a Alcaldesa por esa Comuna Ljubica Drpic Ivelich y al candidato fallido del Partido Socialista Juan Chandia Barra para que expliquen cual fue el objetivo de crear una Organización no Gubernamental, con domicilio en Estancia El Salto y/o ruta Y 500 (esa ruta no existe).
Agrega, la abogada que deberán declarar 83 personas en calidad de querellados, se aportaron antecedentes que estas personas tienen vínculos con ex trabajadores de Mina Invierno y familiares y fijaron los domicilios indicados cuando estaban desvinculados.
Lo que pretende la abogada, es que se acredite el delito previsto en el artículo 54 N°2 de la Ley N° 18.556, cuya pena es reclusión menor en su grado mínimo y una multa que fluctúa entre $ 500.000 a $ 5.000.000, el que al declarar o actualizar su domicilio electoral proporcione datos falsos o inexistentes o diferentes al que establece la Ley, es decir, no estudian, no trabajan, no residen.
Tiene la certeza que se ha acreditará el ilícito electoral.
Punta Arenas, 26 de Abril de 2021.
La nueva intervención municipal sobre la prolongación de Ignacio Carrera Pinto abarca 1.200 metros e incorpora 31 dispositivos para mejorar la seguridad e iluminación para los desplazamientos diarios.
La nueva intervención municipal sobre la prolongación de Ignacio Carrera Pinto abarca 1.200 metros e incorpora 31 dispositivos para mejorar la seguridad e iluminación para los desplazamientos diarios.