19 de noviembre de 2016
Alejandro Arturo Saldia Ojeda y Patricio Eduardo Chadicadi Barría, mantendrán firme la pena de veinte años de presidio mayor en su grado máximo y accesorias legales, en calidad de autores del delito de robo con homicidio e incendio, perpetrado en Punta Arenas el 2 de abril del año 2010 en contra de Sebastián Álvarez Díaz.
Así lo dio a conocer, hoy, el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, luego de una audiencia efectuada a partir de las 9 horas, en la cual se debatió la petición del Defensor Penal Penitenciario, Pablo Chandía Ayala, de rebajar el fallo dictado el 21 de diciembre de 2010 a una pena menos rigorosa de quince años y un día de presidio.
Cabe indicar que en la oportunidad, el Ministerio Público, representando por el Fiscal Regional de Magallanes , Eugenio Campos Lucero, se opuso a lo solicitado por la defensa de ambos condenados, planteando que los artículos 18 del Código Penal y 19 Nº 3 de la Constitución refieren la retroactividad de ley penal en el evento de ser la nueva ley más favorable. Asimismo, hizo presente que dicha normativa aumentó la pena al ilícito en cuestión y que el artículo 68 del Código Penal se encuentra plenamente vigente y por ende también su consideración en la pena imponer, la que se encuentra legalmente establecida.
Un particular avistamiento de fauna marina ocurrió en Punta Arenas, durante la noche del 30 de enero.
Un particular avistamiento de fauna marina ocurrió en Punta Arenas, durante la noche del 30 de enero.