19 de noviembre de 2016
Alejandro Arturo Saldia Ojeda y Patricio Eduardo Chadicadi Barría, mantendrán firme la pena de veinte años de presidio mayor en su grado máximo y accesorias legales, en calidad de autores del delito de robo con homicidio e incendio, perpetrado en Punta Arenas el 2 de abril del año 2010 en contra de Sebastián Álvarez Díaz.
Así lo dio a conocer, hoy, el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, luego de una audiencia efectuada a partir de las 9 horas, en la cual se debatió la petición del Defensor Penal Penitenciario, Pablo Chandía Ayala, de rebajar el fallo dictado el 21 de diciembre de 2010 a una pena menos rigorosa de quince años y un día de presidio.
Cabe indicar que en la oportunidad, el Ministerio Público, representando por el Fiscal Regional de Magallanes , Eugenio Campos Lucero, se opuso a lo solicitado por la defensa de ambos condenados, planteando que los artículos 18 del Código Penal y 19 Nº 3 de la Constitución refieren la retroactividad de ley penal en el evento de ser la nueva ley más favorable. Asimismo, hizo presente que dicha normativa aumentó la pena al ilícito en cuestión y que el artículo 68 del Código Penal se encuentra plenamente vigente y por ende también su consideración en la pena imponer, la que se encuentra legalmente establecida.
La denuncia fue realizada a Carabineros, quienes detuvieron al imputado en flagrancia, un hombre chileno, de 40 años, con antecedentes policiales.
La denuncia fue realizada a Carabineros, quienes detuvieron al imputado en flagrancia, un hombre chileno, de 40 años, con antecedentes policiales.