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21 de junio de 2024

CORTE DE PUNTA ARENAS RECHAZA RECURSO DE PROTECCIÓN DE MUNICIPALIDAD DE PUERTO NATALES CONTRA DIPRES

​En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada desestimó la procedencia del recurso de protección intentado por no ser la vía idónea para resolver una controversia de lato conocimiento.

ICA 240619

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó hoy –viernes 21 de junio– el recurso de protección deducido por la Municipalidad de Puerto Natales, en contra de la resolución exenta, dictada por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda (Dipres) que, en lo pertinente, le ordenó a la Tesorería General de la República proceder a descontar la suma de $1.267.541.928, del fondo común municipal, correspondiente a pagos de asignación de zona de asistentes de la educación.

En fallo unánime (causa rol 300-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Marcos Kusanovic Antinopai, María Isabel San Martin Morales y Caroline Turner González– desestimó la procedencia del recurso de protección intentado por no ser la vía idónea para resolver una controversia de lato conocimiento.

“De acuerdo a la naturaleza y claro objetivo de la acción interpuesta, de emergencia y cautelar de derechos preexistentes e indubitados, lo solicitado por la actora en su libelo excede de su marco”, plantea el fallo.

La resolución agrega que: “(…) constituye un requisito fundamental que nos encontremos en presencia de un derecho indubitado, lo que no ocurre en caso de autos, en que solo existe una mera expectativa, cual es la promesa de otorgar una asignación de zona sujeta a una condición de traspaso, discutiéndose su oponibilidad o inoponibilidad por las partes, cuestión que no puede ser analizada por esta vía sino en un juicio de lato conocimiento, en la que también se resolverá la legislación aplicable y la discusión jurídica de la ultraactividad de los instrumentos colectivos contenidas en el artículo 325 del Código del Trabajo”.

Para el tribunal de alzada: “(…) tampoco el recurso de protección es pertinente para revisar los cálculos específicos y los montos que la DIPRES ordena a la Tesorería General de la República, deducir al Municipio respecto de un acto administrativo que formalmente reúne las exigencias para ser tal”.

Por tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA el presentado por la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO NATALES en contra de doña Javiera Martínez Fariña, DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN DE PRESUPUESTOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA”. Por tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA el presentado por la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO NATALES en contra de doña Javiera Martínez Fariña, DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN DE PRESUPUESTOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA”.


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