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30 de agosto de 2023

SENADO DESCONGELA PROYECTO DE PROTECCIÓN DE GLACIARES

Iniciativa establece que los glaciares son considerados bienes nacionales de uso público, inapropiables y no concesionables. Asimismo, se crean legalmente las categorías de glaciar, entorno glaciar y permafrost, identificándose sus funciones y servicios ecosistémicos, y respecto de los cuales se […]

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Iniciativa establece que los glaciares son considerados bienes nacionales de uso público, inapropiables y no concesionables. Asimismo, se crean legalmente las categorías de glaciar, entorno glaciar y permafrost, identificándose sus funciones y servicios ecosistémicos, y respecto de los cuales se determinan distintos niveles de protección.

Tras un año y medio de paralización, la Comisión de Hacienda del Senado definitivamente dio su visto bueno al proyecto de ley que busca proteger los glaciares del país despachándolo para su votación por parte del pleno.  La iniciativa fue ingresada en julio de 2018 y ya fue revisada por las comisiones de Minería y Medio Ambiente, en primer trámite constitucional.  Esto, luego de fallidos intentos que desde 2006 buscan contar con una normativa específica pero que fueron siendo desestimadas por la oposición de sectores mineros.  En 2018 el proyecto que a esa fecha estaba más avanzado sucumbió luego que el segundo gobierno de Sebastián Piñera le retirara su patrocinio

Durante la sesión del 22 de agosto, la comisión analizó la iniciativa que incluye 8 artículos permanentes y 2 transitorios, avanzando en establecer definiciones, la naturaleza jurídica de los glaciares, y determinando qué actividades están prohibidas completamente en éstos y cuáles deben someterse a evaluación ambiental.

Además, cataloga los glaciares como bienes nacionales de uso público, inapropiables y no concesionables. Asimismo, se crean legalmente las categorías de glaciar, entorno glaciar y permafrost, identificándose sus funciones y servicios ecosistémicos, y respecto de los cuales se determinan distintos niveles de protección.

Comisión de Hacienda

En marzo de 2022 la Comisión de Hacienda recibió el proyecto desde las Comisión de Medio Ambiente y recién hace algunos días lo retomó, procediendo a aprobar las normas de su competencia.

Entre éstos, el artículo cuarto sobre el Inventario Público Glaciológico, a cargo de la Dirección General de Aguas y que incluirá el Inventario Público de Glaciares, el Inventario Público del Entorno Glaciar y el Inventario Público del Permafrost.  Su operación en detalle será establecida por un reglamento dictado por el Ministerio de Obras Públicas en un plazo de seis meses, desde la fecha en que se publique la ley.

En el artículo séptimo se establece que las actividades desarrolladas en áreas de permafrost deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.  La Comisión de Hacienda aprobó, además, que estas acciones deberán contar con un permiso especial de la DGA certificando que no afectarán «significativamente la escorrentía actual y potencial a la cuenca inmediata a la que el glaciar aporta recursos hídricos, ni tampoco su estabilidad mecánica o cuando verifique que se han mitigado, reparado o compensado debidamente dichos impactos«.

El artículo más discutido fue el octavo, sobre sanciones.  Éste se aprobó con el voto favorable de Daniel Núñez (PC, presidente de la comisión) y José Miguel Insulza (PS), en contra de Juan Antonio Coloma (UDI) y las abstenciones de Pedro García (RN) y Rojo Edwards (ind. de derecha).  El texto zanjado autoriza «a la Dirección General de Aguas para fiscalizar y sancionar las infracciones a esta ley en todas aquellas materias e instrumentos que no sean de competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, pudiendo imponer multas a beneficio fiscal de acuerdo con lo establecido en los parágrafos segundo y tercero, del título primero, del libro segundo del Código de Aguas«.

Asimismo, se acordó el siguiente inciso: «Para el caso que el infractor no interponga reclamo de ilegalidad ante el tribunal ambiental en contra de las resoluciones de la Dirección que impongan sanciones pecuniarias y pague la respectiva multa dentro del plazo de cinco días hábiles, contado desde la notificación de la resolución, se le reducirá a un 25% del valor de la multa. El pago deberá ser acreditado en el plazo señalado, presentando copia de la consignación del valor de la multa reducida efectuada en la Tesorería General de la República«.

Tras este trámite, el proyecto fue despachado al pleno de la Cámara Alta para su votación (a esta fecha aún no ha sido puesto en tabla para las próximas semanas), luego de lo cual pasará a la Cámara de Diputados para su segundo trámite constitucional.

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