29 de mayo de 2023
CARTA AL DIRECTOR
La Ley SBAP genera a través de algunas indicaciones un impacto tremendamente debido a una modificación al artículo 158 de la Ley de Pesca y Acuicultura, que es la norma que permite los actuales centros de cultivo en reservas. Este […]

La Ley SBAP genera a través de algunas indicaciones un impacto tremendamente debido a una modificación al artículo 158 de la Ley de Pesca y Acuicultura, que es la norma que permite los actuales centros de cultivo en reservas.
Este inciso cambia la normativa vigente y por ende no sólo afecta a las futuras concesiones sino también a las actuales.
Creemos que lo correcto es que las concesiones vigentes conserven su estatus legal actual hasta que se elabore y dicte la nueva Ley de Acuicultura que ha anunciado el Ejecutivo, en la cual podrán y deberán abordarse las actuales concesiones en áreas protegidas, sus modificaciones y relocalizaciones.
Loreto Seguel King
Directora ejecutiva
Consejo del Salmón
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