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1 de octubre de 2023

CONDENADOS DOS LABORATORIOS QUE VENDÍAN AL ESTADO MEDICAMENTOS INYECTABLES DE MENOR VOLUMEN

“Esta sentencia reitera la gravedad de los carteles, especialmente cuando se trata de bienes tan sensibles para la población, como son los medicamentos, y cuando las infracciones impactan directamente en el gasto público. Por eso, la colusión seguirá siendo uno […]

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“Esta sentencia reitera la gravedad de los carteles, especialmente cuando se trata de bienes tan sensibles para la población, como son los medicamentos, y cuando las infracciones impactan directamente en el gasto público. Por eso, la colusión seguirá siendo uno de los focos de nuestro trabajo en la FNE”, señaló el Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco.

La Corte Suprema condenó a los laboratorios Fresenius Kabi Chile y a su filial Sanderson tras comprobar que, durante los años 1999 y 2013, llevaron a cabo un cartel para afectar licitaciones convocadas por la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) para adquirir medicamentos inyectables de menor volumen, también conocidos como “ampollas”.

Como consecuencia a lo anterior, la Corte Suprema, tomó la medida de condenar al laboratorio Sanderson al pago de 18 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA, equivalentes a US$ 13,5 millones).

Mientras que por otra parte, a Fresenius Kabi Chile, les impusieron una multa de 2.000 UTA (equivalentes a US$ 1,5 millones) , rebajando los montos inicialmente impuestos por el TDLC.

El Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco, destacó que “esta sentencia reitera la gravedad de los carteles, especialmente cuando se trata de bienes tan sensibles para la población, como son los medicamentos, y cuando las infracciones impactan directamente en el gasto público. Por eso, la colusión seguirá siendo uno de los focos de nuestro trabajo en la FNE”.

“En esta sentencia, la Corte Suprema sostiene que una colusión extendida en el tiempo debe ser juzgada y sancionada como tal, a pesar de que recaiga sobre licitaciones, sin que deba ser fragmentada artificialmente para reducir la multa, lo que es una muy buena noticia para la persecución y el castigo de carteles”, añadió.

“Esta sentencia reitera la gravedad de los carteles, especialmente cuando se trata de bienes tan sensibles para la población, como son los medicamentos, y cuando las infracciones impactan directamente en el gasto público. Por eso, la colusión seguirá siendo uno de los focos de nuestro trabajo en la FNE”, señaló el Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco.

La Corte Suprema condenó a los laboratorios Fresenius Kabi Chile y a su filial Sanderson tras comprobar que, durante los años 1999 y 2013, llevaron a cabo un cartel para afectar licitaciones convocadas por la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (Cenabast) para adquirir medicamentos inyectables de menor volumen, también conocidos como “ampollas”.

Como consecuencia a lo anterior, la Corte Suprema, tomó la medida de condenar al laboratorio Sanderson al pago de 18 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA, equivalentes a US$ 13,5 millones).

Mientras que por otra parte, a Fresenius Kabi Chile, les impusieron una multa de 2.000 UTA (equivalentes a US$ 1,5 millones) , rebajando los montos inicialmente impuestos por el TDLC.

El Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco, destacó que “esta sentencia reitera la gravedad de los carteles, especialmente cuando se trata de bienes tan sensibles para la población, como son los medicamentos, y cuando las infracciones impactan directamente en el gasto público. Por eso, la colusión seguirá siendo uno de los focos de nuestro trabajo en la FNE”.

“En esta sentencia, la Corte Suprema sostiene que una colusión extendida en el tiempo debe ser juzgada y sancionada como tal, a pesar de que recaiga sobre licitaciones, sin que deba ser fragmentada artificialmente para reducir la multa, lo que es una muy buena noticia para la persecución y el castigo de carteles”, añadió.

Antecedentes del caso

La Corte Suprema desestimó la defensa de las empresas condenadas, confirmando la existencia del cartel en los términos acusados por la FNE.

Es por la razón anterior que el máximo tribunal cerró confirmando de que existe múltiple evidencia contra las empresas anteriormente mencionadas, la que deja en claro la existencia de un acuerdo anticompetitivo.

«Estos antecedentes dan cuenta de reuniones permanentes y sucesivas entre los ejecutivos de las empresas, que se hacían constar en las planillas que cada uno de ellos elaboraba al efecto y cuyos acuerdos se ven efectivamente plasmados en los precios que posteriormente cada uno ofertaba en las licitaciones convocadas por Cenabast, las que en su mayoría fueron adjudicadas a la entidad que, conforme al convenio anterior, se las había atribuido por acuerdo de las partes”, expone la sentencia.

Mientras que en relación al monto de la multa, la Corte Suprema decidió que “a la luz de lo razonado hasta ahora, fluye una total congruencia entre el beneficio económico obtenido, la necesidad de fijación de un castigo pecuniario que sea superior a ese beneficio y los montos solicitados por la Fiscalía Nacional Económica en su requerimiento, de 18.000 UTA para Sanderson y 2.000 UTA para Fresenius”

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