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1 de noviembre de 2025

HITO REGIONAL: NUEVO PROTOCOLO REFUERZA EL DERECHO A LA SALUD DE MUJERES GESTANTES PRIVADAS DE LIBERTAD Y SUS HIJOS LACTANTES

Bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. ​

protocolo

La Organización Mundial de la Salud (OMS) consagra a la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. Tal garantía se extiende también a las personas privadas de libertad y, en especial, las mujeres en esta condición, como grupo vulnerable respecto del cual el Estado debe asumir la responsabilidad de cuidar su salud, considerando la promoción y prevención de la misma y su respectivo tratamiento.

Este imperativo de atención de salud de las personas privadas de libertad, que responde a las orientaciones y políticas emanadas de la autoridad de Salud, adquiere una nueva connotación en Magallanes, a través del trabajo que desarrolla la Mesa Regional de Seguimiento de Mujeres Privadas de Libertad Embarazadas con Hijos Lactantes. Dentro de los estándares que establece la Resolución Exenta N.º 1426 (4 de marzo de 2025), en materia de operación de los espacios materno infantiles al interior de las unidades penales, esta instancia de trabajo acaba de elaborar un Protocolo de Traslado y Asistencia Clínica Integral de Persona Gestante y/o Madre de Menor de Dos Años en Condición de Privación de Libertad.

Este jueves, en la Dirección Regional de Gendarmería, las autoridades de Justicia y Derechos Humanos y de Salud, junto al Director Regional de la institución penitenciaria, ofrecieron un hito comunicacional acerca de este nuevo Protocolo, que constituye una guía técnica para facilitar el resguardo de la salud materna, perinatal e infantil de las personas gestantes privadas de libertad, madres de menores de dos años e infantes. Para ello, el documento integra y promueve acciones coordinadas, seguras y humanizadas entre el Sistema de Salud y Gendarmería de Chile para asegurar el cumplimiento de los estándares éticos, legales y sanitarios que deben protegerlos.

Al respecto, la Seremi de Justicia y DD.HH., Michelle Peutat, remarcó que en todo lo referido a mujeres con hijos dentro de la Unidad Penal, según los principios de derechos humanos, prevalece el interés superior por el niño(a). Así también el principio de igualdad y no discriminación, derecho a la vida, supervivencia y desarrollo integral del niño/a lactante y las garantías asociadas a los derechos sexuales y reproductivos. Esto, según la normativa regulatoria ministerial para dichas actuaciones y en concordancia, con los lineamientos técnicos asociados al Programa Creciendo Juntos de Gendarmería de Chile.


En ese sentido expuso que: “Este protocolo representa un avance concreto en la reducción de la brecha de género que afecta a las mujeres privadas de libertad y un mejoramiento de sus condiciones carcelarias, al fortalecer la coordinación interinstitucional para resguardar el derecho a la salud. La gestación en contextos penitenciarios plantea desafíos relevantes para la salud pública y los derechos humanos, dada la mayor vulnerabilidad de las personas gestantes y la exposición a factores de riesgo físicos, psicosociales y estructurales que pueden incidir tanto en su bienestar como en el de quien está por nacer. Nuestra tarea como Estado es reducir esos riesgos y garantizar condiciones de cuidado y dignidad para todas las personas”.

Por su parte, el Seremi (S) de Salud, Eduardo Castillo, señaló: “Este es un protocolo respecto de las atenciones que van a recibir las mujeres gestantes y también los niños menores de 2 años. No es un trato que da privilegios, sino que da justicia, de manera que todas las mujeres privadas de libertad puedan recibir las atenciones durante el periodo del embarazo y durante los 2 años de sus hijos, así como a los controles que los niños requieren hasta esa edad. Esto lo que nos va a asegurar es que la atención se entregue de manera adecuada y cumpliendo con las necesidades de todas las mujeres”.

A grandes rasgos, el Protocolo asegurará la atención integral de salud para las personas gestantes privadas de libertad y/o madres de bebé menor de dos años de edad (control prenatal, atención de urgencia obstétrica, parto y seguimiento postnatal, neonatal e infantil de salud), respetando sus derechos y considerando sus condiciones de vulnerabilidad. Esto llevará asociado la oportuna identificación de signos y síntomas de alarma que permitan su derivación inmediata mediante traslado operativo y coordinado para los programas indicados.

Asimismo, se estandariza el procedimiento de traslado hacia los centros de salud, según nivel de atención requerido, asegurando condiciones seguras, oportunas y dignas durante todo el proceso, como parte de una atención continua y de calidad.

Esencialmente, aquí se fortalece la coordinación intersectorial entre el Sistema de Salud y Gendarmería, promoviendo una gestión eficiente, articulada y centrada en las necesidades de salud de las personas gestantes y madres de niños menores de dos años, en contexto de privación de libertad. Con ello, se busca disminuir los riesgos y complicaciones maternas y perinatales, mediante una atención oportuna, integral y especializada, que considere la derivación como una herramienta esencial en el proceso de cuidado y protección de la salud.

Los equipos de Gendarmería aplicarán esta herramienta en todos los niveles operativos y asistenciales. Del mismo modo lo harán los equipos de salud de la Red Asistencial Magallanes, que intervengan durante el proceso de atención de la persona gestante privada de libertad y/o madre de recién nacido/a o menor de dos años de edad. Para todos los efectos, la asistencia clínica de


personas privadas de libertad de este protocolo se regirá de acuerdo a las normativas y protocolos asistenciales vigentes en salud sexual, reproductiva e infantil del Ministerio de Salud.

Finalmente, el Director Regional de Gendamería, coronel Rodrigo Campusano, enfatizó que la finalidad del Protocolo es disponer de las medidas conducentes a evitar situaciones de violencia, abuso y/o discriminación de las que puedan ser víctimas las mujeres gestantes privadas de libertad, en razón de su condición. Ante la limitada disponibilidad de servicios especializados al interior del Complejo Penitenciario, indicó que se ha requerido disponer de un proceso claro, eficiente y oportuno de derivación, hacia los establecimientos de salud, desde el Complejo Penitenciario de Punta Arenas, se debe asegurar las condiciones adecuadas durante traslado y atención clínica.

Para su implementación, destacó que se incorpora el enfoque de género y de derechos humanos, orientado a resguardar la dignidad de las personas asistidas, promoviendo condiciones adecuadas de atención, respeto a la privacidad y confidencialidad, evitando toda forma de vulneración en el contexto de su privación de libertad.


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