Punta Arenas,
0d48ec9d-a119-4787-8781-70de66845b73-medium-standard-q100.png

SALFA-1024X439-700x300-1
Proyecto nuevo (1)
Arca Hogar General
AGUAS MAGALLANES INVIERNO
1080x1080-Promociones-anuales-de-SPA---Junio
Banner EPAUSTRAL - 250x250 - 2026
BANNER DICKIES
SUPER-G-GIF
ANDES SALUD
COVEPA BOTAS_336X336PX
PAX
Tabsa-250_Tabsa24
RECASUR CONGELADOS BATERIA RUEDAS REFRIGERANTES
publicite
BANNER-MAGALLANES-ANGIOGRAFOS-250X250
PUBLICITEAQUI336X336
PUBLICITEAQUI336X336
publicite aqui
3f97b5c0-2f70-4010-9e4d-64b713a9021a-small-standard-q100
BANNER-PESCACHILE336X336
CASINO
14HOME-Logo-Jordan
Banner Punta Arenas (336 x 336 px) (1)
PUBLICITE AQUI 250x250
BANNERS SANCHEZ 336X336-07
RECASUR CONGELADOS BATERIA RUEDAS REFRIGERANTES
banner-dap_250x250
RED SALUD JUNIO 2026
publicite aqui

1 de marzo de 2026

CIRCULAR FIJA CRITERIOS SOBRE USO DE DISPOSITIVOS MÓVILES EN EDUCACIÓN PARVULARIA, BÁSICA Y MEDIA

Superintendencia de Educación publicó la Circular N° 181. ​

sala de clases

El documento establece lineamientos generales y excepciones específicas para la aplicación de la Ley N° 21.801, sobre el uso de dispositivos móviles en recintos de educación parvularia, básica y media, resguardando la dignidad y privacidad de las y los estudiantes.

Las disposiciones de la nueva normativa rigen desde el inicio del año escolar, mientras que los reglamentos internos deben actualizarse antes del 30 de junio de 202C, con participación de las comunidades educativas y apoyo de la Superintendencia de Educación.

La Superintendencia de Educación publicó la Circular N° 181, que imparte instrucciones para la implementación de la Ley N° 21.801, que regula el uso de dispositivos móviles y electrónicos de comunicación personal en establecimientos educacionales. La medida busca equilibrar el acceso a la tecnología con la protección de los procesos de enseñanza y convivencia escolar.

Las disposiciones son obligatorias para todos los establecimientos con Reconocimiento Oficial del Estado que impartan educación parvularia, básica y media, así como para aquellos con Autorización de Funcionamiento o en período de adecuación.

Es importante recalcar que la normativa aclara que la prohibición legal recae sobre el uso de los dispositivos, no sobre su porte. Se consideran dentro de esta categoría los teléfonos celulares, tablets y relojes inteligentes, mientras que las herramientas tecnológicas de propiedad del establecimiento destinadas a fines pedagógicos o administrativos no están sujetas a restricción.


La ley establece una prohibición general del uso de dispositivos móviles personales durante las actividades curriculares, extendida a toda la infraestructura del establecimiento. Sin embargo, admite excepciones expresamente reguladas, como el uso en casos de emergencia, fines pedagógicos o necesidades de salud.

La superintendenta de Educación, Loreto Orellana Zarricueta, señala al respecto que “estas instrucciones buscan orientar a las comunidades educativas para que ellas y ellos construyan acuerdos claros, que favorezcan la sana convivencia y el desarrollo integral del estudiantado”.

La Circular distingue dos dimensiones para materializar la prohibición: una formativa, que promueve actividades de interacción social y educación sobre el uso responsable de la tecnología; y otra práctica, que regula métodos de restricción y canales oficiales de comunicación entre familias y establecimientos.

Los reglamentos internos deberán definir conductas esperadas, faltas asociadas al uso indebido y medidas formativas o disciplinarias, siempre aplicadas con debido proceso y respeto irrestricto a la dignidad y privacidad de las y los estudiantes.

En el caso de las y los trabajadores de la educación, cada establecimiento deberá regular las condiciones de uso de dispositivos en función de sus labores, distinguiendo entre docencia de aula, horarios no lectivos y recreos. El incumplimiento de estas medidas será materia laboral, regulada en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.

La superintendenta Orellana subraya que “la regulación busca que la comunidad educativa aprenda a convivir con la tecnología de manera responsable, entendiendo que su uso debe estar en armonía con el derecho a estudiar en un ambiente seguro y respetuoso”.

La Circular, al igual que la ley promulgada el pasado 11 de febrero,entra en vigencia al inicio del año escolar 2026. Los establecimientos, además, tendrán plazo hasta el 30 de junio de este año para adecuar sus reglamentos internos, en procesos participativos que incluyan a las comunidades educativas. La Supereduc acompañará este proceso y velará por su cumplimiento mediante una fiscalización progresiva y proporcional.

Finalmente, el Ministerio de Educación inició el miércoles 18 de febrero la campaña #ModoAula, habilitando también el sitio modoaula.mineduc.gob.cl, con orientaciones para la aplicación de la ley y recursos de apoyo para las comunidades educativas.


goreseremoeduc
Noticias
Relacionadas
Imprimir
AGUAS MAGALLANES INVIERNO

Con la presencia de 34 de los 40 integrantes, la sesión tuvo por objeto revisar cinco solicitudes de concesión de uso marítimo.

Con la presencia de 34 de los 40 integrantes, la sesión tuvo por objeto revisar cinco solicitudes de concesión de uso marítimo.

core25062026
nuestrospodcast
titulodominio
Arca Hogar General
Noticias
Destacadas

Imagen fondo elecciones
letras servel
icono servel
1080x1080-Promociones-anuales-de-SPA---Junio
COVEPA BOTAS_336X336PX
ANDES SALUD
BANNER-PESCACHILE336X336
BRITANICO GIF (1)
AQUA CHILE 336x336 (1)
Tabsa 250_Tabsa24


escuela pedro sarmiento de gamboa
BANNER-MAGALLANES-ANGIOGRAFOS-250X250
Banner EPAUSTRAL - 250x250 - 2026
BLUMAR 336x336 GIF
GASCO
BANNER AREAS VERDES
Tabsa-250_Tabsa24
BLUMAR 336x336 GIF
Arca Hogar General
publicite
7HOME-BANNER-HORARIO-MERCADO-336
ANDES SALUD
banner-edelmag-2-1
banner-edelmag-2-1
26HOMED-banner-dap_336x336
COVEPA BOTAS_336X336PX
BANNERS SANCHEZ 336X336-07
SUPER-G-GIF
AGUAS MAGALLANES INVIERNO


pdicuentapublica
BANNER AREAS VERDES
BANNER CORCORANEXPRES_336X336PX
SANTO TOMAS 250X250
PESCA CHILE 250X250
BANNER Jordan-250x250- copia
COVEPA BOTAS_336X336PX
PAX
BRITANICO GIF (1)
BANNER CASINO
RECASUR CONGELADOS BATERIA RUEDAS REFRIGERANTES
publicite
PUBLICITEAQUI336X336
BANNER AREAS VERDES
Banner Australis - 250 x 250_Mesa de trabajo 1 (1)
f9afdf29-5748-4b40-98fa-d5252121a78f-small-standard-q100 (1)
BANNER-MAGALLANES-ANGIOGRAFOS-250X250
Banner Punta Arenas (336 x 336 px) (1)
PUBLICITEAQUI336X336
publicite aqui
GASCO
AquaChile banner
BANNERS SANCHEZ 336X336-07
CASINO HYDRA SPA
publiciteaqui250x250
publicite
publiciteaqui250x250


cormagmagallanes
publicite aquí
publicite aquí
publicite aqui
PUBLICITEAQUI336X336
PUBLICITEAQUI336X336
PUBLICITE AQUI 250x250
logobn (1)
Bories #871 Piso 2, Punta Arenas - Chile [email protected] / [email protected] +56 61 2241417 / +56 61 2241909
logopolartv
960 AM Para toda la region 96.5 FM Punta Arenas y Porvenir 98.5 FM Puerto Natales
radiow (1)
Canal 2 Tv Abierta Analoga. Canal 38.1 - 38.2 Tv Digital Canal 28 Tv Red, Punta Arenas Canal 77 Tv Red, Puerto Natales Canal 41 Claro, Puenta Arenas
© Copyright 2022 RadioPolar.com Todos los derechos reservados.