23 de julio de 2023
Durante el debate se aclaró que “no se están quitando obligaciones” a la ley de alcoholes, sino que se hace eco a “un tema ciudadano”, con “estándar de racionalidad”. Sin embargo, se advirtió que el tema “es subjetivo” y se llamó a “defender a los menores”.
Por 18 votos a favor, 7 en contra y 2 abstenciones, el Senado despachó a la Cámara Baja el proyecto que modifica la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, con el objeto de regular la exigencia de cédula de identidad u otro documento de identificación a las personas que deseen adquirir bebidas alcohólicas.
Con esto se establece que la cédula de identidad, u otro documento de identificación, será exigido «solo en caso de que exista duda razonable respecto de la mayoría de edad de la persona que desea adquirir bebidas alcohólicas».
La moción -que fue patrocinada por los senadores Iván Flores, Alejandra Sepúlveda, Francisco Chahuán, Juan Ignacio Latorre y Matías Walker– se hace cargo de las repercusiones que tiene la obligación legal para los trabajadores de recintos de expendio de bebidas alcohólicas, quienes, “reciben quejas y malos tratos”.
Durante el debate intervinieron los senadores Iván Flores, Francisco Chahuán, Luz Ebensperger, Matías Walker, José Miguel Duarana, Alejandra Sepúlveda y José Miguel Insulza.
Las posturas a favor manifestaron que este es un “debate ciudadano, “que corrige una ley que costó 14 años en sacar adelante”, pero “la exigencia ha generado miedo y conflicto entre los trabajadores, a la hora de pedir la documento”.
Además, se precisó que “la ley debe establecer siempre el estándar de la racionalidad”, subsanando, en este caso, aspectos “de la vida diaria”.
Con todo se aclaró que “no se está quitando la obligación de la cédula de identidad, ni flexibilizando la ley de alcoholes, sino que se aplique con sentido común”.
En otra vereda, la senadora Ebensperger argumentó su voto en contra pues, a su juicio, “el debate está equivocado” y detalló las consecuencias negativas del consumo de alcohol temprano, por lo que indicó que “es más importante defender a los menores, que facilitarles la vida a los trabajadores de botillerías”.
Además, se expuso dudas sobre la subjetividad de la medida, “¿quién determina la duda razonable?”, se preguntó.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas ordenó una indemnización de 100 millones de pesos para cada una de las once mujeres que fueron detenidas y torturadas en 1973. El fallo reconoce el daño moral causado por las violaciones a los derechos humanos sufridas durante la dictadura.
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