14 de noviembre de 2025
ZONA FRANCA Y MALL DEBERÁN ESTAR CERRADOS ESTE DOMINGO Y TRABAJADORES CONTARÁN CON TRES HORAS PARA VOTAR
Autoridades del Trabajo hicieron un llamado a la comunidad, recordando las normas laborales y electorales que regirán durante la próxima jornada de elecciones -este 16 de noviembre- feriado obligatorio para parte del comercio.

Un llamado a respetar la normativa que resguarda los derechos de las y los trabajadores durante las próximas elecciones presidenciales y parlamentarias de este domingo 16 de noviembre, realizaron la Seremi del Trabajo y la Dirección regional del Trabajo durante la presente jornada.
El objetivo es hacer un llamado, tanto a empleadores como a trabajadoras y trabajadores, a informarse sobre las leyes laborales y electorales que rigen durante este domingo, a fin de cumplir, por un lado, con el cierre de los establecimientos comerciales que corresponde y, por otro lado, respetar el derecho a sufragio de quienes laboran ese día, que otorga tres horas para ejercer su votación.
En cuanto a este punto, recalcaron el carácter de feriado legal para quienes, en el caso de Punta Arenas, laboran en el Mall, en Zona Franca, en strip centers y recintos administrados bajo una misma razón social, recordando que dichos recintos deberán permanecer cerrados durante toda la jornada electoral, iniciando a las 21:00 horas del sábado 15 hasta las 06:00 horas del lunes 17 de noviembre. En cambio, otros comercios -como supermercados, grandes tiendas o locales independientes- podrán operar de manera regular, siempre que se garantice el derecho a voto de sus trabajadores y trabajadoras.
Así lo indicó la Seremi del Trabajo, Jessica Bengoa, durante la jornada. “Como sabemos, nos encontramos ad-portas de una muy importante jornada, este domingo, en que tendremos un nuevo proceso de elecciones presidenciales y parlamentarias al que todas y todos estamos convocados a participar con nuestro voto. Por eso, hemos querido desarrollar esta instancia de difusión para recordar a las trabajadoras y trabajadores que deben cumplir funciones ese día, que existe por ley laboral y electoral un permiso de, a lo menos, tres horas para acudir a ejercer su derecho a sufragio, el cual no puede conllevar ningún tipo de descuento en sus remuneraciones o menoscabo en sus días de descanso”.
“Al mismo tiempo, decir que este día de elecciones constituye también un feriado irrenunciable para algunos dependientes del comercio, como son, en nuestro caso, el Mall y Zona Franca, entre otros. Por tanto, como gobierno, hacemos un fuerte llamado a dar cumplimiento a esta normativa para que tengamos una ejemplar jornada de elecciones”, subrayó la autoridad.
Por su parte, el director regional del Trabajo, Carlo Gorziglia, precisó que este feriado obligatorio aplica únicamente a trabajadores y trabajadoras del comercio que laboran en malls o strip centers administrados bajo una sola razón social, e insistió en que los empleadores deben respetar tanto este descanso como el permiso electoral para ir a votar.
“Es muy importante recordar que nuestra legislación vigente contempla, además del permiso de tres horas para acudir a votar, un permiso especial con goce de remuneraciones, para aquellas personas que hayan sido designadas como vocales de mesa, miembros de los colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral y este permiso debe ser otorgado durante todo el tiempo en que deban desarrollarse estas funciones”, señaló el director.
En cuanto a los procesos de fiscalización que lleva delante de manera habitual la Dirección del Trabajo durante las jornadas de procesos eleccionarios, se informó que el servicio estará recibiendo denuncias el domingo 16 de noviembre, desde las 9:00 a las 14:00 horas a través de su Canal de Atención Telefónica (CAT): 600 450 4000 y que aquellas materias que pueden fiscalizarse son: el no otorgamiento del feriado obligatorio a trabajadores y trabajadoras del comercio mencionados anteriormente, así como la negativa a otorgar el permiso a vocales de mesa o el incumplimiento al permiso de tres horas para votar.
Las multas, en caso de detectarse estos incumplimientos, van desde las 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) hasta las 60 UTM, vale decir, entre los $208.626 y los $4.172.520 por trabajador/a, según el tamaño de la empresa.
Con la firma, las iniciativas podrán concretarse con mayor agilidad.
Con la firma, las iniciativas podrán concretarse con mayor agilidad.
























































































































































































