14 de agosto de 2025
TOP DE PUNTA ARENAS CONDENA A 15 Y 13 AÑOS DE PRESIDIO A AUTORES DE ROBO CON VIOLENCIA EN LEÑADURA
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas condenó hoy –jueves 14 de agosto– a José Luis Hernández Pérez y Andrés Ademir Raipán Sirón a las penas de 15 y 13 años presidio efectivo, respectivamente, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua cargos, oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más el pago de las costas de la causa, como autores del delito consumado de robo con violencia.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas condenó hoy –jueves 14 de agosto– a José Luis Hernández Pérez y Andrés Ademir Raipán Sirón a las penas de 15 y 13 años presidio efectivo, respectivamente, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua cargos, oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más el pago de las costas de la causa, en calidad de autores del delito consumado de robo con violencia. Ilícito perpetrado en diciembre del año pasado, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 78-2025), el tribunal –integrado por los jueces José Octavio Flores Vásquez (presidente), Jaime Álvarez Astete (redactor) y Rossana Vidal Ojeda– condenó, además, a Raipán Sirón a 3 años y un día de presidio y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como de autor del delito de tenencia ilegal de arma.
Asimismo, Raipán Sirón deberá purgar dos penas de 541 días de reclusión como autor de los delitos de tenencia ilegal de municiones y microtráfico de drogas; y 341 días de reclusión, accesorias y al pago de una multa de 5 UTM, como autor del delito de receptación de especie.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de las especies incautadas en el procedimiento.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 00:30 horas del 2 de diciembre de 2024, “(…) en circunstancias que Iván Van Der Camp se encontraba acostado y hablando por teléfono con un tercero, al interior de su domicilio, ubicado en un sector de parcelas del Km. N°7, parcela 13-10, sector Leñadura, comuna de Punta Arenas, irrumpieron en su domicilio mediante la fractura de un ventanal del dormitorio principal, luego de haber ingresado al mismo mediante escalamiento, 3 sujetos, dos de los cuales eran los imputados José Luis Hernández Pérez y Andrés Ademir Raipán Sirón, quienes premunidos de armas de fuego y un garrote de fierro, en primera instancia procedieron a intimidarlo con dichas armas y luego golpearlo con aquel fierro en la cabeza, piernas y otras partes del cuerpo, para inmediatamente proceder a amarrarlo con alambres, además de amenazarlo con matarlo, oportunidad en que proceden a revisar y registrar las dependencias del lugar, mientras uno de ellos seguía golpeando al afectado, con lo cual sustraen diversas joyas tipo anillo de la marca ‘Georg Jensen’, una cámara fotográfica y otras especies personales, todas las cuales avaluadas por el afectado en la suma de $ 8.000.000, para darse posteriormente a la fuga del lugar, en el automóvil marca Nissan, modelo Presea, P.U.U. UL.7192. Como consecuencia de aquello, Iván Van Der Camp resultó con múltiples heridas contusas y cortantes en extremidades inferiores, extremidades superiores, las cuales fueron catalogadas de menos graves, conforme al diagnóstico médico.
Posteriormente, el mismo día 02 de diciembre del 2024, aproximadamente a las 18 horas, y luego de las diligencias investigativas por parte de funcionarios de la PDI, estos dieron con el paradero del vehículo utilizado para el traslado de los imputados como de los efectos obtenidos, en el pasaje Lagunillas N°4331 de la ciudad de Punta Arenas, domicilio del imputado Andrés Raipán Sirón, lugar donde previa autorización de aquel, se encontró en su habitación, una pistola marca Glock 17 generación 4, con su número de serie levemente alterado, 4 cartuchos de 9 mm. con punta perforada, 2 cartuchos de escopeta calibre 12, y además de 8 envoltorios de papel con una sustancia vegetal verdosa en un mueble al costado de la cama, un envoltorio de papel blanco cuadriculado con una sustancia vegetal verdosa, una bolsa de nylon transparente con una sustancia color blanco al interior del cajón de un mueble, 9 bolsas de nylon transparente con una sustancia color blanco en su interior, las cuales fueron sometidas a pruebas de campo y exámenes científicos, arrojando positivo para un total de 48,85 gramos peso neto de clorhidrato de cocaína, y un total de 9,93 gramos netos de cannabis sativa, respectivamente, además de la existencia de una pesa digital.
El arma de fuego encontrada en poder de Andrés Raipán Sirón, de propiedad de Peter Mclean Muñoz, fue denunciada como sustraída el día 03 de diciembre del 2024, no obstante haberse sustraída con anterioridad a dicha fecha, en el lugar en que ésta se encontraba, dependencias de una estancia, sector de Isla Riesco”.

Esta iniciativa forma parte del Plan de Acción de Hidrógeno Verde 2023-2030 y busca fortalecer las capacidades técnicas a nivel local y la formación de capital humano para la operación, mantención y supervisión de sistemas de hidrógeno verde en la región.
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