4 de julio de 2026
EXPERTA EXPLICA QUÉ DERECHOS TIENEN LOS CONSUMIDORES SI CAMBIAN LA FECHA O EL RECINTO DE LOS CONCIERTOS DE BTS
La especialista en Derecho del Consumidor señaló que modificaciones relevantes en las condiciones del evento pueden dar lugar a la devolución del dinero de la entrada y, dependiendo del caso, a eventuales acciones por los gastos asociados.

La posibilidad de que los conciertos de BTS programados para octubre sufran cambios de fecha o de recinto ha generado incertidumbre entre miles de fanáticos que ya adquirieron sus entradas. En ese contexto, la abogada y académica especialista en Derecho del Consumidor de la Universidad del Alba, Nicole Urzúa Morales, explicó cuáles son los derechos que asisten a los consumidores frente a eventuales modificaciones del espectáculo.
Según la especialista, cuando una persona compra una entrada lo hace considerando condiciones esenciales como la fecha, el lugar y las características del evento. Si estos elementos cambian de forma significativa y el asistente no puede concurrir, podría tener derecho a solicitar la devolución del dinero de la entrada, dependiendo de las circunstancias y de la aplicación de la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores.
La académica agregó que una eventual reubicación del concierto a otra región podría implicar costos adicionales para quienes ya planificaron su viaje, por lo que corresponde que la productora entregue información clara y oportuna, además de ofrecer alternativas razonables. Respecto de gastos como pasajes, alojamiento o permisos laborales, indicó que estos no se restituyen automáticamente, aunque podrían ser considerados en una eventual solicitud de indemnización si existe un perjuicio atribuible al organizador.
Finalmente, la especialista recomendó a quienes ya compraron entradas conservar toda la documentación relacionada con la compra, incluyendo comprobantes, reservas y comunicaciones oficiales, además de mantenerse informados únicamente a través de los canales oficiales mientras no exista una decisión definitiva sobre el desarrollo de los conciertos.
Los jueces concluyeron que no logró acreditarse que los acusados hubieran actuado con negligencia, imprudencia o infracción a los reglamentos en el ejercicio de sus funciones.
Los jueces concluyeron que no logró acreditarse que los acusados hubieran actuado con negligencia, imprudencia o infracción a los reglamentos en el ejercicio de sus funciones.














































































































































































