3 de noviembre de 2026
SEREMI DE BIENES NACIONALES REFUERZA PROGRAMA “CHILE, PAÍS DE PROPIETARIOS” Y LLAMA A REGULARIZAR TÍTULOS DE DOMINIO EN MAGALLANES
Buenos días región

El proceso de regularización de la pequeña propiedad raíz, los beneficios de contar con un título de dominio inscrito y las dificultades que enfrentan algunas familias para acreditar legalmente la propiedad de sus viviendas fueron los principales temas abordados esta mañana en el programa Buenos Días Región de Polar Comunicaciones.
En el espacio participaron la seremi de Bienes Nacionales de Magallanes, Lorena Díaz Loaiza, y la abogada de la Unidad de Regularización de la cartera, Priscilla King Aguilar, quienes entregaron detalles sobre el programa “Chile, País de Propietarios”, iniciativa que busca facilitar el acceso a la regularización de inmuebles a personas que mantienen la posesión material de una propiedad, pero que no cuentan con un título de dominio inscrito a su nombre.
Durante la conversación, ambas profesionales explicaron los requisitos y las etapas del procedimiento, las situaciones que pueden impedir una regularización directa y la importancia de que las personas conozcan la situación jurídica de sus terrenos y viviendas antes de iniciar cualquier trámite.
“Chile, País de Propietarios”: seguridad jurídica y beneficios para las familias
La seremi Lorena Díaz Loaiza explicó que la regularización de la pequeña propiedad raíz constituye una de las áreas de trabajo del Ministerio de Bienes Nacionales y responde al enfoque social de la gestión institucional.
El programa está dirigido a personas y familias que habitan un inmueble, pero que por distintas circunstancias no cuentan con una inscripción de dominio a su nombre o mantienen antecedentes imperfectos respecto de la propiedad.
Obtener el título de dominio permite entregar certeza jurídica sobre el inmueble y acceder a distintos beneficios, entre ellos la posibilidad de postular a créditos y subsidios, realizar trámites de herencia, vender la propiedad o disponer legalmente de ella.
La autoridad destacó que existen familias que han permanecido durante décadas en situación de irregularidad, por lo que la obtención del documento representa un avance significativo en materia de seguridad y reconocimiento de sus derechos sobre el inmueble.
Asimismo, indicó que el trabajo de la cartera contempla atención y orientación a personas de las cuatro provincias de Magallanes, procurando llegar también a las localidades más alejadas del territorio regional.
Despliegue territorial: regularización también en Puerto Williams
Durante la entrevista, Díaz Loaiza destacó que el programa no se concentra exclusivamente en Punta Arenas, sino que contempla acciones en las distintas provincias de la región.
Como ejemplo, recordó la entrega de un título de dominio a una familia de Puerto Williams, en la provincia Antártica, gestión que permitió concretar un proceso que había requerido varios meses de tramitación.
La seremi valoró este tipo de despliegues, considerando las dificultades que pueden enfrentar los habitantes de localidades aisladas para acceder a servicios públicos y realizar procedimientos administrativos.
De esta manera, la autoridad enfatizó que el objetivo es acercar la atención institucional a las familias que necesitan regularizar sus propiedades, independientemente de la comuna o provincia en que residan.
Compraventa ante notario e inscripción en el Conservador: dos etapas fundamentales
Uno de los aspectos centrales de la conversación fue la explicación de las diferencias entre firmar un documento ante notario y completar efectivamente la inscripción de una propiedad en el Conservador de Bienes Raíces.
La abogada Priscilla King Aguilar indicó que para acreditar legalmente la propiedad de un inmueble es necesario cumplir con dos etapas fundamentales: la celebración del acto de compraventa mediante el instrumento correspondiente y su posterior inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
La profesional advirtió que existe una confusión frecuente entre quienes consideran que haber firmado un documento ante notario significa que ya son propietarios legales de un inmueble. Sin embargo, la ausencia de la inscripción correspondiente puede impedir que se acredite formalmente el dominio.
También existen situaciones en las que las personas no cuentan con una compraventa formal, debido a que adquirieron sus terrenos o viviendas mediante acuerdos verbales realizados hace varias décadas.
Estos casos se presentan especialmente en barrios antiguos, donde las transferencias de propiedades se efectuaron mediante acuerdos informales que no permitieron completar los procedimientos legales correspondientes.
Puerto Natales y el incendio del antiguo Conservador de Bienes Raíces
La abogada también explicó que Puerto Natales presenta una situación particular debido al incendio que afectó al Conservador de Bienes Raíces y Notaría durante la década de 1960, hecho que provocó la pérdida de numerosas inscripciones de dominio.
Después del siniestro se llamó a los propietarios a reinscribir sus títulos, pero muchas personas no completaron ese procedimiento. Con el paso de los años, esta situación se transmitió entre generaciones y actualmente existen familias que desconocen que sus inmuebles no cuentan con una inscripción regularizada.
De acuerdo con lo explicado durante la entrevista, los inmuebles que no fueron reinscritos quedaron a nombre del Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU), organismo que autoriza al Ministerio de Bienes Nacionales a intervenir en los casos que corresponda para avanzar en la entrega de títulos de dominio.
Esta situación ha generado una demanda específica de orientación y atención en la provincia de Última Esperanza, particularmente entre habitantes del casco antiguo de Puerto Natales.
Loteos irregulares: una situación que requiere un procedimiento previo
Otro de los problemas abordados fueron los loteos irregulares, especialmente en sectores rurales y zonas como Agua Fresca, donde existen personas que buscan regularizar terrenos adquiridos mediante documentos que no necesariamente cumplen con las exigencias legales.
King Aguilar explicó que algunos de estos casos involucran declaraciones juradas u otros documentos notariales que no constituyen una compraventa formal mediante escritura pública. Estas prácticas pueden estar relacionadas con intentos de eludir la normativa urbanística y terminan generando situaciones que dificultan la obtención de títulos de dominio.
La profesional enfatizó que el Ministerio de Bienes Nacionales no puede intervenir directamente en todos estos casos, ya que primero debe determinarse si corresponde aplicar el procedimiento de regularización del loteo.
En ese contexto, mencionó la Ley 20.234, normativa que establece un procedimiento para la regularización de loteos y que fue modificada en 2022, incorporando disposiciones sobre las condiciones en que Bienes Nacionales puede intervenir.
Por ello, se hizo hincapié en que las personas deben informarse previamente sobre la situación jurídica y urbanística del terreno, ya que no todos los casos pueden resolverse mediante el procedimiento de regularización de la pequeña propiedad raíz.
¿Cómo se realiza el procedimiento de regularización?
Durante el bloque, Priscilla King Aguilar explicó las distintas etapas que deben cumplir las personas interesadas en obtener un título de dominio a través del Ministerio de Bienes Nacionales.
El proceso comienza con la presentación de una solicitud ante la Secretaría Regional Ministerial, instancia en la que se revisan los antecedentes y se realiza un análisis jurídico para determinar si corresponde iniciar la tramitación.
Posteriormente, profesionales del área técnica, entre ellos topógrafos, concurren al terreno para efectuar el levantamiento correspondiente y elaborar los planos y minutas de deslindes.
Una vez completada esa etapa, se ordena la publicación de los antecedentes en medios de comunicación, con el propósito de informar a terceros que pudieran considerar que tienen mejores derechos sobre el inmueble y permitir que presenten eventuales oposiciones.
Cumplidos los plazos establecidos y si no existen oposiciones que impidan continuar, se puede ordenar la inscripción del inmueble en el Conservador de Bienes Raíces.
Respecto de la duración del procedimiento, la abogada indicó que el plazo estimado es de aproximadamente un año, considerando las distintas etapas administrativas, técnicas y de publicidad.
Atención personalizada y orientación en las oficinas de Bienes Nacionales
Respecto de las modalidades para iniciar el trámite, King Aguilar indicó que existe la posibilidad de realizar solicitudes de manera digital, aunque recomendó a las personas acercarse presencialmente a las oficinas regionales para recibir orientación personalizada.
Esto debido a que el procedimiento requiere reunir diversos documentos y formularios, además de antecedentes que deben solicitarse a instituciones como el Conservador de Bienes Raíces y las direcciones de obras municipales.
La atención directa permite revisar cada situación particular, orientar a los solicitantes y evitar errores en la presentación de los antecedentes.
Por este motivo, la abogada llamó a las personas que tengan dudas sobre la situación jurídica de sus viviendas o terrenos a contactar a la institución antes de iniciar el procedimiento.
Datos de contacto de la Unidad de Regularización:
Dirección: Avenida España 971, Punta Arenas.
Teléfono: 61 274 6554.
El nuevo Terminal de Pasajeros fue distinguido como el mejor Proyecto Precertificado del país, gracias a una propuesta que integra eficiencia energética, energías renovables y soluciones arquitectónicas adaptadas al clima de la Patagonia.
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