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3 de agosto de 2023

MUNICIPALIDAD DE PORVENIR SE REFIERE A LA ELECCIÓN DE FUNDACIÓN PROCULTURA EN CONTRATACIÓN DE PROYECTO CULTURAL

La modalidad de trato directo con la cual se contrató a la Fundación Procultura fue la de servicios especializados para la etapa de diagnóstico del programa Pequeñas Localidades. Lo anterior por cuanto la municipalidad no está en condiciones de asumir […]

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La modalidad de trato directo con la cual se contrató a la Fundación Procultura fue la de servicios especializados para la etapa de diagnóstico del programa Pequeñas Localidades.

Lo anterior por cuanto la municipalidad no está en condiciones de asumir su ejecución por la siguientes razones: la Municipalidad de Porvenir no contempla, dentro de su planta de personal, el personal idóneo, con la formación profesional o experiencia necesaria para el desarrollo de lo anterior, puesto que, la planta municipal, según se fijó en el Reglamento Municipal N°01, publicado en el Diario Oficial con fecha 19 de diciembre de 2019, únicamente regula las Unidades Municipales mínimas de la Ley N°18.695, sin que se considere un perfil profesional específico que implique el desarrollo de proyectos como el que se trata, de forma tal que, las labores de qué se trata no pueden ser desarrolladas por personal propio del Municipio.

La realización de esta forma especial de contratación implicó la acreditación de las siguientes competencias de acuerdo a las necesidades del Municipio:

a) Experiencia en desarrollo de proyectos en localidades alejadas de centros urbanos o en situación de aislamiento.

b) Experiencia y conocimiento en la ejecución de proyectos de identidad local.

c) Experiencia en la ejecución de programas y proyectos de conservación y puesta en valor de patrimonio humano, cultural y local.

d) Desarrollo de iniciativas locales para mejorar las condiciones de vida y bienestar de la población.

e) Experiencia en procesos de participación ciudadana.

Una vez acreditadas dichas competencias con los antecedentes requeridos, se procedió a la contratación y posterior sanción del Concejo municipal.

Así las cosas, la resolución de este proceso está fundada y se enmarca dentro de las competencias de la administración municipal en las decisiones de administración cuya oportunidad y mérito es de nuestra competencia.

No existe ilegalidad alguna en esta contratación y en el actuar dela Municipalidad y cualquier declaración en estos términos le compete a Contraloría, entidad a la cual se puede presentar el requerimiento para que se analice por quien tiene verdaderamente la competencia para resolverlo.

Además, los recursos, no han sido transferidos a la fundación, están bajo la administración y control del municipio, se va cancelando de acuerdo al cumplimento de los productos explicitados en el convenio, previo informes y V°B° , de las respectivas unidades municipales, responsable de la ejecución del proyecto.  

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