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20 de octubre de 2025

SEREMI Y SERVIU MAGALLANES REAFIRMAN LEGALIDAD Y TRANSPARENCIA EN PROCESO DE COMPRA DE EX CLUB HÍPICO PARA PARQUE URBANO Y VIVIENDAS

​La operación, que considera una inversión pública aproximada de $21.832 millones, tiene como objetivo recuperar un terreno estratégico de 20,31 hectáreas para transformarlo en un Parque Urbano Habitable de escala regional, como parte del Plan Ciudades Justas.

CLUB HÍPICO 5

 Ante afirmaciones que cuestionan la legalidad del proceso de tasación del ex Club Hípico de Punta Arenas, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y el Serviu informan que dicho procedimiento se ha desarrollado con plena sujeción a la normativa vigente, cumpliendo cada una de las etapas establecidas en el Decreto Ley N° 2.186 sobre expropiaciones por causa de utilidad pública.

 

La operación, que considera una inversión pública aproximada de $21.832 millones, tiene como objetivo recuperar un terreno estratégico de 20,31 hectáreas para transformarlo en un Parque Urbano Habitable de escala regional, como parte del Plan Ciudades Justas. El proyecto contempla espacios públicos, áreas verdes, equipamiento deportivo y cultural, así como viviendas tuteladas, enfocadas principalmente en personas mayores.

 

El Serviu detalló que la tasación la realizó una comisión de peritos independientes, inscritos en el registro oficial del Ministerio de Obras Públicas. Estos profesionales, externos tanto al Estado como al propietario, elaboraron un informe técnico que fija un monto provisional de indemnización. Este monto fue calculado de manera autónoma, mediante metodologías profesionales y en los plazos establecidos por la ley de expropiaciones.

 

“El proceso se rige por un marco legal claro y transparente. La tasación es una etapa técnica, a cargo de profesionales idóneos, y cualquier discrepancia en precio puede ser representada ante los tribunales de justicia en la etapa que viene”, señaló Omar González Asenjo, director (s) del Serviu Magallanes.

 

Cabe destacar que este procedimiento no concluye con la determinación del monto provisional. Una vez depositado este valor en el tribunal correspondiente, se abre la etapa judicial en la que tanto el expropiado como el Estado pueden presentar antecedentes, peritajes adicionales y ejercer su derecho a reclamar, conforme al principio del debido proceso.

 

El seremi de Vivienda y Urbanismo, Marco Uribe Saldivia, subrayó que “la adquisición del ex Club Hípico no sólo se encuentra dentro del marco legal, sino que representa una inversión estratégica para el desarrollo urbano de Punta Arenas. Rechazamos tajantemente cualquier insinuación de irregularidad o falta de transparencia en este proceso”.

 

La autoridad explicó que la declaración de utilidad pública, el decreto ministerial que aprueba el programa de expropiaciones, el nombramiento de peritos, las resoluciones administrativas y todos los actos asociados al proceso son públicos, y formalizados con el mayor estándar normativo.


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