15 de julio de 2026
CERRO SOMBRERO AVANZA HACIA EL RECONOCIMIENTO DE SU SISTEMA DE AGUA POTABLE COMO SERVICIO SANITARIO RURAL
Autoridades técnicas definieron una hoja de ruta para avanzar en la inscripción del municipio en el Registro de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales y fortalecer la infraestructura sanitaria de la comuna.

Durante la jornada del día lunes 13 de julio, se llevó a cabo una reunión de coordinación entre el Subdirector de Servicios Sanitarios Rurales (SSR), de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) del MOP Magallanes, y su equipo técnico, junto con los Directos de la Secretaría Comunal de Planificación y de Obras Municipales de la Municipalidad de Primavera, con la finalidad de elaborar un plan de trabajo conjunto que permita avanzar en la inscripción del municipio en el Registro de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales.
En la instancia se revisó la infraestructura sanitaria actualmente existente en Cerro Sombrero y la factibilidad de que el sistema de agua potable pueda ser reconocido y regularizado como un Servicio Sanitario Rural, anteriormente conocido como APR. Para ello, se analizaron los principales requisitos técnicos y normativos que deberán cumplirse, además del área que abarcaría el sistema, la población beneficiaria, la cantidad de arranques y las unidades de consumo domiciliario asociadas.
Asimismo, se abordaron los plazos estimados, las etapas del proceso y los distintos organismos que deberán participar para avanzar de manera coordinada.
Este trabajo constituye un hito relevante para la comuna, ya que la regularización del sistema sanitario permitirá avanzar posteriormente en otros proyectos destinados a mejorar, normalizar y fortalecer los servicios básicos de la localidad, así como también, potenciar la infraestructura y equipamiento existente, permitiendo un crecimiento sostenido de la localidad, y entregando mayor seguridad y mejores condiciones para las familias de Cerro Sombrero.
Los jueces concluyeron que no logró acreditarse que los acusados hubieran actuado con negligencia, imprudencia o infracción a los reglamentos en el ejercicio de sus funciones.
Los jueces concluyeron que no logró acreditarse que los acusados hubieran actuado con negligencia, imprudencia o infracción a los reglamentos en el ejercicio de sus funciones.











































































































































































