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23 de enero de 2026

LEY DE SEGURIDAD NUCLEAR: APRUEBAN INDICACIÓN PARA REDUCIR PLAZOS DE AUTORIZACIONES DE SERVICIOS DE SALUD CRÍTICOS

​El articulado que modifica la Ley N° 18.302 tiene por objeto actualizar el régimen de autorizaciones que otorga la Comisión Chilena de Energía Nuclear, incorporando plazos máximos más acotados. De esta forma, se garantiza a hospitales, clínicas y centros especializados que puedan acceder oportunamente a tecnología indispensable para sus pacientes.

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El Ejecutivo incorporó una indicación para modificar la Ley de Seguridad Nuclear (N° 18.302) respecto de los plazos de tramitación de autorizaciones, en el proyecto de reajuste de remuneraciones del sector público, la cual fue aprobada tanto por el Senado como por la Cámara de Diputados en tercer trámite, y despachada a Ley para su revisión en el Tribunal Constitucional. Este artículo tiene como objeto actualizar el régimen de autorizaciones que otorga la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CChEN), incorporando reglas claras para la tramitación de proyectos sanitarios que permitan asegurar la continuidad en tratamientos o servicios de salud críticos.

Dicha indicación, que cuenta con la validación técnica de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, actualiza la normativa para dar mayor certeza jurídica y mejorar la gestión regulatoria sin comprometer los altos estándares de seguridad nuclear que exige la legislación internacional. De esta forma se establecen límites de tramitación de los permisos para la instalación de equipos radiactivos dependiendo del tamaño del proyecto, pasando de plazos que actualmente van entre los 60 a 240 días hábiles, a plazos que irían entre 30 a 60 días para autorizaciones de instalaciones radiactivas de primera categoría de complejidad estándar (ej. radioterapia convencional).

Asimismo, fija como plazo máximo 30 días para resolver las solicitudes de autorización especial para que determinado número de personas pueda trabajar y realizar funciones en cada instalación, planta, centro, laboratorio o equipo nuclear o radioactivo, según condiciones físicas, síquicas y profesionales; 40 días para instalaciones radiactivas de primera categoría de complejidad estándar como cierre definitivo o temporal, importación, exportación, etc.; 120 días para trámites asociados a instalaciones de alta complejidad (cierre, transporte, importación), dependiendo del tipo de material; y hasta 240 días para instalaciones de alta complejidad (incluyendo sanitarias como ciclotrones).

La aprobación de la indicación fue valorada por el biministro de Economía, Fomento, Turismo y Energía, Álvaro García. "Este avance legislativo es una señal concreta de que el Estado puede modernizar su regulación sin renunciar a los máximos estándares de seguridad. Al reducir los plazos y priorizar las autorizaciones con fines sanitarios, estamos dando respuesta efectiva a necesidades críticas del sistema de salud, asegurando que hospitales y centros especializados accedan oportunamente a tecnología indispensablepara sus pacientes. Este es un avance que combina rigor técnico, eficiencia y protección de la salud pública", remarcó la autoridad.

Además el articulado habilita a la CChEN a aplicar el principio de celeridad para adelantar la tramitación de estos permisos cuando sea necesario, sin alterar las exigencias técnicas ni los controles de seguridad, los cuales se mantienen íntegros, y garantiza que los hospitales, clínicas y centros especializados puedan acceder oportunamente a tecnología nuclear indispensable para sus pacientes.

La propuesta se enmarca en la implementación de la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales (LMAS), que incorporó plazos, reglas de suspensión y el silencio administrativo en el artículo 115, aplicables también a la Ley de Seguridad Nuclear. Este proyecto precisa y ajusta esas modificaciones para el ámbito particular de las autorizaciones radiactivas, reforzando el principio de seguridad por sobre la simple celeridad y evitando interpretaciones que pudieran afectar el control de instalaciones de alto riesgo.

En esa línea, la indicación del Ejecutivo del Ministerio de Economía, trabajada con CChEN, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Energía, armoniza la LMAS con las necesidades sanitarias, permitiendo mayor rapidez donde corresponde, sin debilitar los estándares de protección de la salud y del medio ambiente.

Cabe recordar que, en paralelo, el lunes en la comisión de Salud del Senado, instancia liderada por el senador Iván Flores, se aprobó por unanimidad la misma indicación presentada al proyecto de ley para modificar la Ley de Seguridad Nuclear.


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