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22 de marzo de 2024

EN MAGALLANES SE INICIA SOCIALIZACIÓN DE REGLAMENTO PARA ATENCIONES CON PERTINENCIA CULTURAL EN SALUD

​Este Reglamento se aprobó en diciembre pasado y ahora ha comenzado el proceso de socialización e implementación.

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​Hace siete años se inició a nivel nacional la elaboración de un reglamento que considerara el derecho de las personas pertenecientes a los pueblos indígenas a recibir una atención de salud con pertinencia cultural (contenido en el artículo 7 de la Ley N°20.584). Este proceso consideró un esfuerzo nacional que involucró un dialogo con las Comunidades y Asociaciones Indígenas a lo largo del país. Magallanes no fue a excepción, desde la Seremi y el Servicio de Salud se trabajó coordinada y territorialmente con las provincias de Magallanes, Última Esperanza, Tierra del Fuego y Antártica Chilena.
Susan Mayor, referente de la Seremi de Salud Magallanes, explicó que esta semana se recibió la visita de un equipo Ministerial que está trabajando en la difusión del reglamento, el cual comenzó a regir en diciembre del 2023. “Primero tuvimos una jornada con equipos de salud, con directivos, con funcionarios para difundir este reglamento y todos los componentes que en él vienen y luego una jornada con comunidades, asociaciones de personas de pueblos indígenas, para difundir este mismo reglamento, para que conozcan y puedan también, de una forma, exigir su derecho en la en la red de salud pública”, señaló.



El Decreto N°21 que aprueba este reglamento fija procedimientos generales y directrices que deberán ejecutar los prestadores institucionales públicos, en la aplicación de un modelo de salud intercultural validado ante las comunidades indígenas, resguardando el pleno y efectivo derecho de los pueblos indígenas a través de sus propias instituciones representativas, en el marco del Convenio Nº169.
La asesora del Gabinete del Ministerio de Salud en materia de salud y pueblos indígenas, Jimena Pichinao, sostuvo que el objetivo de la visita es socializar la implementación del reglamento del Art. N°7 que mandata pertenencia cultural a la atención de salud de las personas pertenecientes a pueblos indígenas. “Este es un reglamento que es una deuda pendiente con pueblos indígenas en un proceso de consulta y participación indígena realizado hace más de siete años, casi nueve años ya, y que viene a dar pertinencia cultural, digamos, a la atención que se recibe en los establecimientos de salud”, detalló.
Agregó que “nos interesa comunicar a nuestros funcionarios esta obligatoriedad para adecuar las prácticas, digamos, de atención que se hacen dirigida a la población indígena, pero también a las organizaciones que participaron de este proceso, a los dirigentes que participaron de un compromiso, valga la redundancia, que viene de hace mucho rato, y que tiene como finalidad asegurar este derecho a la salud”.
La referente nacional, señaló, que después de esta etapa de socialización, viene todo el proceso de implementación y de desarrollo de este reglamento al interior de los establecimientos de salud. “Este es un desafío mucho mayor que va a requerir del liderazgo de la Autoridad Sanitaria, de los directores de Servicio y autoridades locales, sobre todo, de los directores de los centros de salud, porque son los prestadores institucionales públicos los que están mandatados a cumplir este reglamento. Y en ello el proceso de participación que se lleve adelante con organizaciones indígenas va a ser medular, porque en el fondo es con participación que se construyen los modelos de salud intercultural y se adecuan las prácticas del establecimiento. A su vez, queremos dejar como presente sobre la mesa que esta es una tarea que compromete al sector salud en general y no solamente a un programa”.








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